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RESOLUCIÓN N° 035-2016/SBN Constituyen el Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gestión de la
4/14/2016
RESOLUCIÓN N° 035-2016/SBN Constituyen el Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gestión de la
Constituyen el Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gestión de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN por el período 2011-2016 RESOLUCIÓN Nº 035-2016/SBN San Isidro, 7 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM se convocó a Elecciones Generales a realizarse el día domingo 10 de abril de 2016, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como Congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que,
RESOLUCIÓN Nº 035-2016/SBN
San Isidro, 7 de abril de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM se convocó a Elecciones Generales a realizarse el día domingo 10 de abril de 2016, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como Congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino;
Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, se aprobó la Directiva Nº 003-2016-CG/ GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", vigente a partir del día 21 de marzo de 2016, la misma que establece las disposiciones preventivas necesarias para el correcto, eficiente y oportuno desarrollo del proceso de transferencia de gestión de las entidades del Gobierno Nacional, respecto al cumplimiento por parte de sus Titulares de los objetivos institucionales y de los temas regulados por los Entes Rectores de los Sistemas Administrativos previstos en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, a efectos de asegurar la continuidad en la prestación del servicio público, promoviendo una cultura de probidad, honestidad y transparencia de la gestión pública, en beneficio de la ciudadanía;
Que, con el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, se aprobaron los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el período 2011-2016, cuyo objeto es regular el procedimiento y las formalidades que deben adoptar las entidades del poder ejecutivo durante la transferencia de gestión al gobierno electo para el período 2016-2021, garantizando un proceso ordenado y transparente de cambio de gestión;
Que, los Lineamientos, aprobados por el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM establecen que el informe sectorial para la Transferencia de Gobierno por el período 2011-2016 comprende los informes del Ministerio y de sus entidades adscritas; siendo que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA se adscribió a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, el artículo 5º de los referidos Lineamientos dispone que las entidades públicas del Poder Ejecutivo constituyen formalmente un Grupo de Trabajo encargado de elaborar un informe para la transferencia de gestión, de acuerdo a las disposiciones específicas emitidas por la Contraloría General de la República;
Que, el numeral 7.1 de la Directiva Nº 003-2016-CG/ GPROD dispone que, el Ministro y los Titulares de las entidades adscritas al Ministerio deben constituir formalmente sus Grupos de Trabajo con la antelación necesaria a la fecha del término del período de Gobierno Nacional;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 078-2016-VIVIENDA se aprobó la Directiva General Nº 002-2016-VIVIENDA-DM "Lineamientos para la elaboración y presentación del Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno del período 2011 - 2016 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y los Informes para la Transferencia de Gestión del Ministerio, sus organismos públicos adscritos y entidades adscritas";
Que, estando a lo expuesto, resulta necesario constituir el Grupo de Trabajo para la elaboración del Informe de Transferencia de Gestión de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN (período 2011-2016), encargada de coordinar el proceso de transferencia con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y las Autoridades Entrantes para el período 2016-2021, implementando las acciones establecidas en la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD, aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, así como los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, aprobados por el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, y la Directiva General Nº 002-2016-VIVIENDA-DM, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 078-2016-VIVIENDA;
Con los visados de la Secretaría General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración y Finanzas y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, que aprueba la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD; el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo; la Resolución Ministerial Nº 078-2015-VIVIENDA, que aprueba la Directiva General Nº 002-2016-VIVIENDA-DM; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Constituir el Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gestión de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, encargado de la elaboración del Informe para la Trasferencia de Gestión por el período 2011-2016, el cual estará conformado por los miembros siguientes:
a) El (la) Secretario (a) General de la SBN, en calidad de Presidente.
b) El (la) Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en calidad de Vicepresidente.
c) El (la) Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, en calidad de miembro.
d) El (la) Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas, en calidad de secretario (a).
Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo se instalará en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles, contados 583195 NORMAS LEGALES
Jueves 14 de abril de 2016
El Peruano / a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución.
Artículo 3º.- El Grupo de Trabajo constituido a través de la presente Resolución, tiene las funciones siguientes:
a) Elaborar el Informe para la Transferencia de Gestión de la SBN de acuerdo a la normatividad vigente.
b) Realizar las coordinaciones necesarias a fin de elaborar oportunamente el Informe de Transferencia de Gestión.
c) Requerir, coordinar y exigir a cada órgano y/o unidad orgánica de la SBN dentro del ámbito de su competencia, la elaboración de los informes en los cuales se detalle el estado de la gestión durante el período comprendido del 29 de julio 2011 al 30 de junio 2016.
d) Organizar un expediente en donde se deje constancia de las personas designadas por la Autoridad Entrante para la Transferencia de Gestión; asimismo, que contenga las actas de reuniones, coordinaciones e información suministrada correspondiente.
e) Coordinar, supervisar y verificar que los archivos documentarios, expedientes, dispositivos legales y bienes asignados, estén debidamente ordenados, clasificados e inventariados, para su entrega a la Autoridad Entrante.
f) Convocar al Órgano de Control Institucional para que ejerza el control de los actos realizados por el Grupo de Trabajo o Comisión de Trasferencia, según estime pertinente.
g) Coordinar el proceso de Transferencia de Gestión con las Autoridades Entrantes del período 2016-2021, así como todas las acciones que sean necesarias con la Comisión de Transferencia constituida por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
h) Efectuar las acciones y gestiones respectivas conforme a las disposiciones establecidas para la Transferencia de Gestión del período 2011-2016 conforme a la normatividad vigente.
i) Realizar la coordinación y remitir la información correspondiente al Grupo de Trabajo conformado para la elaboración del Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
j) Otras que sean dispuestas por el Titular de la Entidad.
Artículo 4º.- Para el desarrollo de sus actividades y cumplimiento cabal y oportuno de sus funciones, el Grupo de Trabajo constituido por la presente Resolución, podrá solicitar la colaboración y el asesoramiento de la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, así como a la Dirección de Normas y Registro, y demás órganos y unidades orgánicas de la SBN, las cuales quedan obligadas a brindar la información y atender los requerimientos que les formule el Grupo de Trabajo en el plazo otorgado para tal efecto, con la finalidad de coadyuvar con las funciones encomendadas a este último, en el marco de lo dispuesto por la presente Resolución.
Artículo 5º.- El Grupo de Trabajo constituido a través de la presente Resolución formará parte de la Comisión de Transferencia de Gestión, de conformidad con las normas legales señaladas en los fundamentos de la presente Resolución.
Artículo 6º.- El Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gestión de la SBN, encargado de la elaboración del Informe para la Trasferencia de Gestión por el período 2011-2016 tiene vigencia hasta el 27 de julio de 2016.
Artículo 7º.- Notificar la presente Resolución a los integrantes del Grupo de Trabajo señalados en el artículo 1º de la presente Resolución, así como a todos los órganos y unidades orgánicas de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, y al Órgano de Control Institucional de la SBN, para los fines pertinentes.
Artículo 8º.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas que disponga la publicación de la presente Resolución en la página web institucional (www.sbn.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS PAIRAZAMAN TORRES
Superintendente
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