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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0204-2016-MINAGRI Oficializan el evento denominado "V Congreso Nacional
5/19/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0204-2016-MINAGRI Oficializan el evento denominado "V Congreso Nacional
Oficializan el evento denominado "V Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Ayacucho 2016", a realizarse en el departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0204-2016-MINAGRI Lima, 16 de mayo de 2016 VISTO: El Oficio Nº 742-2016-MINAGRI-DIGNA-DINPE de la Dirección General de Negocios Agrarios, sobre oficialización del evento denominado "V Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Ayacucho 2016"; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0204-2016-MINAGRI
Lima, 16 de mayo de 2016
VISTO:
El Oficio Nº 742-2016-MINAGRI-DIGNA-DINPE de la Dirección General de Negocios Agrarios, sobre oficialización del evento denominado "V Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Ayacucho 2016"; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, señala que el Ministerio de Agricultura y Riego, para el cumplimiento de las competencias compartidas, ejerce, entre otras, las funciones de promover la organización de los productores agrarios, la identificación y estructuración de cadenas productivas y la gestión agraria basada en calidad;
establecer los mecanismos que permite a los productores agrarios acceder a información relevante para el desarrollo competitivo de la actividad agraria; y, desarrollar, promover la investigación, capacitación, extensión y transferencia de tecnología para el desarrollo y modernización del Sector Agricultura y Riego, en coordinación con los sectores e instituciones que corresponda;
Que, el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, en adelante el Reglamento, tiene por finalidad fijar las normas que regulen las acciones de organización, autorización y funcionamiento de las Ferias y Eventos Agropecuarios que se realicen en el territorio nacional;
Que, el artículo 27 del Reglamento, define a los congresos, como eventos científicos, técnicos o académicos sobre intereses comunes relacionados con el desarrollo del Sector Agrario, ahora Sector Agricultura y Riego y, su organización corresponde, entre otros, a las organizaciones representativas de productores agrarios;
siendo indispensable que las citadas instituciones o el Comité Organizador cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 28 del Reglamento, la misma que será autorizado por resolución ministerial a propuesta de la Dirección General de Promoción Agraria, hoy Dirección General de Negocios Agrarios - DIGNA del Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, mediante Oficio Nº 003-2016-CROVCNCCDP/P del Presidente de la Comisión Regional Organizadora del V Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Ayacucho 2016, reconformada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 224-2016-GRA/ GR, solicita la oficialización del evento denominado "V Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Ayacucho 2016", en adelante el evento, a realizarse los días 18 y 19 de mayo de 2016, en el Centro Cultural de la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, sito en el Portal Unión Nº 37, Plaza de Armas, distrito de Huamanga, provincia y departamento de Ayacucho;
Que, mediante el Informe Técnico Nº 003-2016-MINAGRI-DIGNA-DINPE/JRM, acompañado al documento del Visto, la Dirección General de Negocios Agrarios señala que el evento tiene por objetivo, entre otros, generar estrategias multisectoriales con inclusión social para el desarrollo sostenible de la cadena de valor de la alpaca y llama, revalorar la importancia de su crianza y fortalecer la institucionalidad asociativa de los criadores de los diferentes departamentos del país, recomendando la oficialización del mismo;
Que, el primer párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 003-2008-PCM, establece que "La denominación de los Ministerios (...), así como sus siglas y logos institucionales, sólo pueden ser utilizados por las personas naturales, personas jurídicas, entidades, Gobiernos Locales y Regionales, que cuenten con autorización expresa del Titular (...)";
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048
a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; y, la Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, que aprueba el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el evento denominado "V
Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Ayacucho 2016", a realizarse los días 18 y 19 de mayo de 2016, en el Centro Cultural de la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, distrito del mismo nombre, provincia y departamento de Ayacucho.
Artículo 2.- Autorizar a la Comisión Regional Organizadora del V Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Ayacucho 2016, a utilizar el logotipo institucional del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, en el material de promoción y difusión del evento denominado "V Congreso Nacional de Criadores de Camélidos Domésticos del Perú - Ayacucho 2016", oficializado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
587567 NORMAS LEGALES
Jueves 19 de mayo de 2016
El Peruano / Artículo 3.- El Comité Organizador del evento a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, presentará al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, un informe final de su gestión, dentro de los treinta (30) días hábiles, contado desde el día siguiente de finalizado el evento, conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG.
Artículo 4.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego presupuestal del Ministerio de Agricultura y Riego.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
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