5/24/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 196-2016-PRODUCE Aprueban Lineamientos Generales de la Política Nacional

Aprueban Lineamientos Generales de la Política Nacional para la Competitividad de Mercados de Abastos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2016-PRODUCE Lima, 23 de mayo de 2016 VISTOS: El Informe Nº 015-2016-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPR/DIPODEPROF-lgarciad de la Dirección General de Políticas y Regulación y el Informe Nº 059-2016-PRODUCE/OGAJ-rburneo de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción,
Aprueban Lineamientos Generales de la Política Nacional para la Competitividad de Mercados de Abastos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2016-PRODUCE
Lima, 23 de mayo de 2016
VISTOS: El Informe Nº 015-2016-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPR/DIPODEPROF-lgarciad de la Dirección General de Políticas y Regulación y el Informe Nº 059-2016-PRODUCE/OGAJ-rburneo de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, señala como función rectora el formular, planear dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial en materia de comercio interno, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
así como, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las dichas políticas;

Que, asimismo, los artículos 3 y 6 del referido Decreto Legislativo disponen que el Ministerio de la Producción es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de comercio interno en el ámbito de su jurisdicción;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el título V, capítulo I, artículo 73, materias de Competencias Municipal, califica al abastecimiento y la comercialización de productos y servicios, como servicios públicos locales;

Que, la Ley Nº 28026, Ley del sistema de mercados mayoristas de alimentos, establece que debe clasificarse como servicio público prioritario la actividad básica de la empresa operadora del mercado mayorista, definida como el conjunto de servicios específicos que presta para facilitar la actividad principal del mercado mayorista y los servicios comunes que se brinden para todos los usuarios del mismo;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-PRODUCE se aprobó el Plan Nacional de Diversificación Productiva (PNDP) con la finalidad de generar nuevos motores de crecimiento económico que lleven a la diversificación y la sofisticación económica, la reducción de la dependencia a los precios de materias primas, la mejora de la productividad y el aumento del empleo formal y de calidad junto con el crecimiento económico sostenible de largo plazo;

Que, con Decreto Supremo Nº 051-2014-PCM, se crea la Comisión Multisectorial Permanente para la Diversificación Productiva con el objeto de coordinar la implementación del Plan Nacional de Diversificación Productiva; asegurar su actualización así como alinear esfuerzos a nivel intersectorial y territorial; presidida por el Ministerio de la Producción. La citada Comisión tiene entre sus funciones conformar Grupos Técnicos para áreas específicas, en el marco del objeto y funciones de la Comisión;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 381-2015-PRODUCE, se constituye el Grupo de Trabajo Multisectorial de diversificación productiva en el sector gastronómico - Mesa Ejecutiva Gastronómica, que permitirá facilitar el surgimiento de nuevos motores en la economía e identificar cadenas de valor con potencial demanda en dicho sector;

Que, la citada Mesa Ejecutiva Gastronómica considera en su cadena de valor a los mercados como un eslabón importante para su desarrollo; asimismo, ha identificado que estos presentan barreras que limitan su competitividad, generan ineficiencias en la distribución de alimentos y afectan a consumidores y a la cadena de valor gastronómica;

Que, considerando la situación actual de los mercados de abastos, se requiere aprobar los Lineamientos Generales de la Política Nacional para la Competitividad de Mercados de Abastos que enmarque y promueva acciones concertadas de los tres niveles de gobierno, según sus competencias para lograr el desarrollo de los mercados de abastos;

Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE
e Industria, así como de la Dirección General de Políticas y Regulación y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;
en el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto de la norma La presente Resolución Ministerial tiene por objeto aprobar los Lineamientos Generales de la Política Nacional para la Competitividad de Mercados de Abastos 587875 NORMAS LEGALES
Martes 24 de mayo de 2016
El Peruano / cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación del presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción

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