6/03/2016

RESOLUCIÓN SBS N° 3104-2016 Modifican el procedimiento N° 43 "Autorización para la transferencia de

Modifican el procedimiento Nº 43 "Autorización para la transferencia de acciones por encima del 10% del capital social para empresas del Sistema Financiero, de Seguros y ETF", en el TUPA de la SBS RESOLUCIÓN SBS Nº 3104-2016 Lima, 2 de junio de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe Nº 026-2016-DOC, relacionado con la modificación del procedimiento administrativo Nº 43 "Autorización para la transferencia de acciones
Modifican el procedimiento Nº 43 "Autorización para la transferencia de acciones por encima del 10% del capital social para empresas del Sistema Financiero, de Seguros y ETF", en el TUPA de la SBS
RESOLUCIÓN SBS Nº 3104-2016
Lima, 2 de junio de 2016
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTO:

El Informe Nº 026-2016-DOC, relacionado con la modificación del procedimiento administrativo Nº 43
"Autorización para la transferencia de acciones por encima del 10% del capital social para empresas del Sistema Financiero, de Seguros y ETF", del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia y Memorando de requerimiento Nº 078-2016-SAAFP;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS Nº 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones;

Que, mediante Resolución SBS Nº 6420-2015, se aprobó el Reglamento de adquisición de la propiedad en el capital social de las empresas supervisadas y de los propietarios significativos, el mismo que regula el concepto de propietario significativo e incluye en su alcance a las empresas señaladas en el artículo 16 de la Ley General, a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a las Empresas de Transferencia de Fondos y a las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico;

Que, en mérito del considerando anterior resulta necesario modificar el procedimiento Nº43 del TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; con la finalidad de adecuarlo, tanto respecto de su denominación como de los requisitos aplicables, al Reglamento de adquisición de la propiedad en el capital social de las empresas supervisadas y de los propietarios significativos y establecer explícitamente la posibilidad que tienen los administrados de presentar recursos de reconsideración contra los actos administrativos emitidos por la Superintendencia, a fin de salvaguardar sus derechos;

Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomía funcional que le confiere el artículo 346º de la Ley Nº 26702 y al artículo 38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modificaciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA
institucional; y;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 367º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Modifíquese el procedimiento Nº 43 "Autorización para la transferencia de acciones por encima del 10% del capital social para empresas del Sistema Financiero, de Seguros y ETF", en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-201 1 y sus normas modificatorias, cuyo texto se anexa a la presente resolución y se publica en el portal institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución.

Artículo Tercero.- La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER MARTIN POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e)

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