7/14/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0324-2016-MINAGRI

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0324-2016-MINAGRI Lima, 13 de julio de 2016 VISTO: El Expediente sobre Pedido de Reconversión Productiva Nº 210-2016-PRP, iniciado por la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS, AGROINDUSTRIALES Y AGROEXPORTADORES DE CACAO ECOLÓGICO MONTERRICO - VRAEM", el Informe Final PRP Nº 006-2016-MINAGRI - PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0324-2016-MINAGRI
Lima, 13 de julio de 2016
VISTO:

El Expediente sobre Pedido de Reconversión Productiva Nº 210-2016-PRP, iniciado por la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS,
AGROINDUSTRIALES Y AGROEXPORTADORES DE
CACAO ECOLÓGICO MONTERRICO - VRAEM", el Informe Final PRP Nº 006-2016-MINAGRI - PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0297-2014-MINAGRI, se aprobó la constitución de los Centros Regionales de Innovación Agroempresarial - CRIAS, entes que tienen por finalidad mejorar la inclusión de los productores en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - VRAEM, a los servicios que brinda el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios de eficiencia, eficacia y sostenibilidad, articulando a las dependencias del Ministerio y los servicios que estas brindan, en búsqueda de incrementar la capacidad empresarial de los productores;

Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, en adelante EL PROGRAMA, como Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego, con el objeto de elevar la competitividad de la producción agraria de los medianos y pequeños productores, a través del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales adecuadas; dispositivo prorrogado en su vigencia por la Ley Nº 30462;

Que, mediante la Ley Nº 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, se declara de interés nacional y carácter prioritario la Reconversión Productiva Agropecuaria en el país, como política permanente del Estado en los tres niveles de gobierno;

Que, el artículo 2 de la Ley Nº 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, dispone que la Reconversión Productiva Agropecuaria es el cambio o transformación voluntaria hacia una producción agropecuaria diferente a la actual; busca innovar y agregar valor a la producción mediante la utilización de sistemas tecnológicos eficientes en toda cadena productiva;

Que, asimismo, el artículo 7 de la acotada Ley Nº 29736, señala que son beneficiarios de la Reconversión Productiva Agropecuaria las personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad agropecuaria en el país que se incorporen a un programa o un proyecto determinado;

Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley Nº 29736, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2014-MINAGRI, señala que podrán participar en los programas o proyectos de Reconversión Productiva Agropecuaria aquellos productores que reúnan los siguientes requisitos:
a) persona natural o jurídica; b) contar con documentos expedidos por la autoridad competente, que acredite la condición de propietario o posesionario del predio; y c)
tener el predio bajo producción agropecuaria;

Que, mediante solicitud de fecha 16 de mayo de 2016, la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS,
AGROINDUSTRIALES Y AGROEXPORTADORES DE
CACAO ECOLÓGICO MONTERRICO - VRAEM", ha formulado a favor de los once (11) productores agrarios que se detallan en el siguiente considerando, Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria para la "Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM", para la instalación y producción de Cacao en once (11)
hectáreas, cuyo expediente signado como Pedido de Reconversión Productiva Nº 210-2016-PRP cuenta con la opinión favorable de las Unidades de Promoción y de Negocios del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, las mismas que se encuentran contenidas en el Informe de Formulación de PRP Nº 0006-2016-MINAGRI-PCC/UP, y el Informe de Evaluación PRP Nº 027-2016-MINAGRI-PCC-UN, sustentado en el Informe Técnico PRP Nº 0006-2016-MINAGRI-PCC-UN/WRA;

Que, los once (11) productores agrarios, referidos en 592904 NORMAS LEGALES
Jueves 14 de julio de 2016 / El Peruano el considerando precedente; y, que han cumplido con presentar el Compromiso de Reconversión Productiva Agraria, Constancia de Posesión y Documento Nacional de Identidad, son los siguientes:

1 CURO AGUILAR MARIBEL
2 CASTILLO CRISOSTOMO PORFIRIO
3 CÁRDENAS FLORES MAURO
4 LÓPEZ HUAMAN NORMA
5 FIGUEROA NAVARRO EDGAR RUBEN
6 FIGUEROA NAVARRO JERRY FRANKLIN
7 FIGUEROA NAVARRO NELBA
8 NAVARRO PÉREZ PAULINA
9 TOMAYLLA QUIHUI NORMA
10 CASTILLO QUISPE ABRAHAM
11 FIGUEROA TOMAYLLA LIZETH KAROL
Que, en el Informe de Evaluación PRP Nº 027-2016-MINAGRI-PCC-UN, sustentado en el Informe Técnico PRP Nº 0006-2016-MINAGRI-PCC-UN/WRA, se determina el monto total que cofinancian EL PROGRAMA
y LA ORGANIZACIÓN, para la ejecución de PRP, siendo distribuido de acuerdo al detalle siguiente:

Rubro Financiamiento
MINAGRI (Componente No Reembolsable)
Contrapartida de la Organización (Componente Reembolsable)
Total S/ Proyecto de Reconversión Productiva Agropecuaria
S/ 308 860,75 (80%)
S/ 77 215,19 (20%)
S/ 386 075,94
Gestión de la parcela S/ 257 400,00 S/ 257 400,00
Monto Total S/ S/ 566 260,75 S/ 77 215,19 S/ 643 475,94
Gestión de la parcela (S/ 650/mes X Nº de hectáreas X 36 mes).

Que, en atención a dicho sustento técnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de su Informe Final PRP Nº 006-2016-MINAGRI
- PCC, emite opinión favorable por la aprobación del Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su correspondiente financiamiento, el mismo que ha sido tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los nuevos "Lineamientos Específicos para la atención del Ministerio de Agricultura y Riego a los pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM" aprobados por Resolución Ministerial Nº 0695-2014-MINAGRI;

Estando a la opinión emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego mediante el Informe Nº 798-2016-MINAGRI-OGAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizaciones y Funciones de Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, en cuanto a su denominación; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; el Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, prorrogado en su vigencia por la Ley Nº 30462; la Ley Nº 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial Nº 0695-2014-MINAGRI, que aprueba los nuevos "Lineamientos Específicos para la atención del MINAGRI
a los Pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y de Financiamiento del Plan de Negocios.

Aprobar el Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria, presentado por la "ASOCIACIÓN
DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS,
AGROINDUSTRIALES Y AGROEXPORTADORES DE
CACAO ECOLÓGICO MONTERRICO - VRAEM", a favor de los once (11) miembros que se detallan en el noveno considerando de la presente Resolución, respecto del mismo número de predios que conducen, ubicados en el Distrito de Samugari, Provincia de La Mar, Departamento de Ayacucho, contenido en el proyecto de "Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM" para la instalación y producción de Cacao en once (11) hectáreas, incluido su financiamiento, elaborado por el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego.

Artículo 2.- Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agraria Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, para la respectiva notificación de la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS,
AGROINDUSTRIALES Y AGROEXPORTADORES
DE CACAO ECOLÓGICO MONTERRICO - VRAEM"
a fin que suscriban con este el respectivo Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria del predio señalado en el artículo 1 precedente, para cuyo efecto se le delega la representación del Ministerio de Agricultura y Riego.

Artículo 3º.- Acciones de supervisión, seguimiento y coordinación Disponer, según sus competencias, que el Centro Regional de Innovación Agroempresarial - CRIA Pichari y el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de "Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM", para la instalación y producción de Cacao en once (11) Hectáreas de los predios antes mencionados pertenecientes a los once (11) productores de la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS,
AGROINDUSTRIALES Y AGROEXPORTADORES
DE CACAO ECOLOGICO MONTERRICO - VRAEM", referidos en el noveno considerado de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego

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