7/02/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 144-2016-MIMP Aprueban índices de distribución de los recursos del

Aprueban índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 144-2016-MIMP Lima, 30 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 27470 - Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, modificado por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30114, señala que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) aprueba, mediante
Aprueban índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 144-2016-MIMP
Lima, 30 de junio de 2016
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 27470
- Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, modificado por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30114, señala que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) aprueba, mediante resolución ministerial, los índices de distribución de los recursos aplicables a partir del año 2015, que se destinan a financiar el Programa del Vaso de Leche de las municipalidades distritales en el ámbito nacional, debiendo considerar entre los criterios de distribución, principalmente, el índice de pobreza conjuntamente con el demográfico y de acuerdo con los beneficiarios a ser atendidos;

Que, con Resolución Ministerial Nº 140-2015-MIMP
se aprobó como índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2016, los mismos que fueron aplicados en el Año Fiscal 2015, actualizado en el extremo referido a la creación de nuevos distritos, según Anexo adjunto a la citada Resolución;

Que, mediante los Oficios Nºs 565, 570 y 736-2016-MIMP/SG, la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables comunica los índices de distribución, aplicables a partir del año 2016, del Programa del Vaso de Leche a ser considerados en el presupuesto de las municipalidades de los distritos recientemente creados por las Leyes Nºs 30295, 30221, 30278, 30280, 30265 y 30279, así como para las provincias y distritos de donde dichos distritos se han separado geográficamente;

Que, en mérito de lo antes señalado, con Decreto Supremo Nº 138-2016-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, a favor de la Municipalidad Provincial de Andahuaylas, la Municipalidad Distrital de José María Arguedas, la Municipalidad Provincial de Huanta, la Municipalidad Distrital de Uchuraccay, la Municipalidad Distrital de Colcabamba, la Municipalidad Distrital de Quichuas, la Municipalidad Distrital de Andaymarca, la Municipalidad Distrital de Vilcabamba, la Municipalidad Distrital de Inkawasi y la Municipalidad Distrital de Villa Virgen para atender el financiamiento del Programa del Vaso de Leche;

Que, mediante Oficio Nº 3344-2016-EF/50.07, la Dirección General de Presupuesto Público comunicó al Ministerio de la Mujer y Poblaciones el monto presupuestal del Programa del Vaso de Leche en el Presupuesto Inicial de Apertura del Año Fiscal 2017 de los Gobiernos Locales, que se financian con recursos ordinarios, el cual asciende a la suma de TRESCIENTOS
SESENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 363
000 000,00), por lo que solicitó la remisión de los índices de distribución, teniendo en cuenta las municipalidades creadas recientemente;

Que, con Nota Nº 163-2016-MIMP/OGMEPGD, la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada hizo suyo el Informe Nº 016-2016-MIMP/OGMEPGD-OMEP-JFDM de la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas, mediante el cual se señala que de la información proporcionada por las instancias involucradas se advierte que los indicadores para la elaboración del índice no necesariamente refl ejarían una realidad distinta de las necesidades de la población objetivo del Programa del Vaso de Leche, por lo que estando a la solicitud del Ministerio de Economía y Finanzas respecto a la remisión de los indicadores de distribución del citado Programa para el año 2017 propone que los índices de distribución para el Año Fiscal 2017 sean los mismos aplicados en el Año Fiscal 2016, actualizándose solo aquellos distritos que fueron creados recientemente;

Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar como índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2017, aquellos aplicados en el Año Fiscal 2016, actualizado para aquellos distritos que fueron creados recientemente;

Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27470 - Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, el Decreto Legislativo Nº 1098
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP , y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar como índices de distribución de los recursos del Programa Vaso de Leche para el Año Fiscal 2017, los mismos que fueron aplicados en el Año Fiscal 2016, actualizado para aquellos distritos que fueron creados recientemente, los que como Anexo adjunto forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARCELA HUAITA ALEGRE
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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