7/02/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 246-2016-MC Disponen el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional

Disponen el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 8 de julio de 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 246-2016-MC Lima, 28 de junio de 2016 VISTOS: el Memorando Nº 205-2016-MC-PEN-MB-D de fecha 10 de junio de 2016, del Director del Museo Arqueológico Nacional Brüning; el Informe Nº 066-2016-DE-UE005-PENL-VMPCIC/MC de fecha 13 de junio de 2016, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque; el Informe Nº 000175-2016/DGM/VMPCIC/MC de fecha 20 de junio de 2016, del Director
Disponen el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 8 de julio de 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 246-2016-MC
Lima, 28 de junio de 2016
VISTOS: el Memorando Nº 205-2016-MC-PEN-MB-D de fecha 10 de junio de 2016, del Director del Museo Arqueológico Nacional Brüning; el Informe Nº 066-2016-DE-UE005-PENL-VMPCIC/MC de fecha 13 de junio de 2016, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque; el Informe Nº 000175-2016/DGM/VMPCIC/MC de fecha 20 de junio de 2016, del Director General de Museos, y el Proveído Nº 004161-2016/VMPCIC/MC de fecha 23 de junio de 2016, del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que el Sector Cultura debe velar por la promoción y difusión en la ciudadanía de la importancia y significado del Patrimonio Cultural de la Nación como fundamento y expresión de nuestra identidad nacional;

Que, mediante Ley Nº 29565, se crea el Ministerio de Cultura como Organismo del Poder Ejecutivo, ejerciendo diversas funciones, entre las que destaca la promoción del Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7º de la antes citada Ley, es función del Ministerio de Cultura, la promoción del Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, en aplicación del artículo 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones 591501 NORMAS LEGALES
Sábado 2 de julio de 2016
El Peruano / aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura promover el acceso al Patrimonio Material e Inmaterial de la Nación;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 469-2015-MC, de fecha 29 de diciembre de 2015, modificada con Resolución Ministerial Nº 114-2016-MC de fecha 18 de marzo de 2016, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2016, el cual entre otros, contiene los valores del boletaje de ingreso a los Museos a nivel nacional;

Que, el artículo 34 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que, con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR
o al Órgano Regional competente para su difusión;

Que, asimismo el numeral 32.2 del artículo 32 del Decreto Supremo Nº 003-2010-MICETUR dispone que el Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura) y demás entidades públicas encargadas de la administración de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación vinculados a la actividad turística, así como las entidades encargadas de la administración de las áreas naturales de alcance nacional o regional, deben comunicar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo las tarifas promocionales a que se refiere el artículo 34 de la Ley citada en el considerando precedente, cuando menos con quince (15) días calendario de anticipación a la fecha de inicio de las campañas de difusión de dichas tarifas, indicando sus condiciones y periodo de vigencia;

Que, mediante Informe Nº 066-2016-DE-UE005-PENL-VMPCIC-MC de fecha 13 de junio de 2016, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque, remite la solicitud efectuada por el Director del Museo Arqueológico Nacional Brüning, para que se disponga el ingreso libre a dicho museo el día 08 de julio, en el marco del programa de actividades de celebración del nonagésimo quinto aniversario del mismo;

Que, a través del Informe Nº 000175-2016/DGM/ VMPCIC/MC, de fecha 20 de junio de 2016, la Dirección General de Museos brinda su conformidad a la solicitud de facilitar el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 08 de julio de 2016, en el marco de las actividades de celebración del aniversario de dicho museo, a fin de motivar el interés de la población y celebrar dicho acontecimiento como un acto de promoción cultural;

Que, bajo ese contexto y siendo atribución del Ministerio de Cultura, disponer acciones para fomentar el acceso a la cultura y difundir la expresión de nuestra identidad nacional, resulta conveniente establecer una tarifa promocional de S/. 0.00 (Cero Soles), que permita el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 08 de julio de 2016, debiéndose además comunicar dicha disposición al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Secretaria General, del Director General de la Dirección General de Museos y de la Directora General designada temporalmente de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, que crea el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo
Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 08 de julio de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2º.- La Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque en coordinación con la Dirección del Museo Arqueológico Nacional Brüning dispondrán las acciones correspondientes, para el cumplimiento de lo establecido en la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura

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