10/19/2016

DECRETO SUPREMO N° 082-2016-RE que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30372 -

Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 DECRETO SUPREMO Nº 082-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016; Que, de conformidad
Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016
DECRETO SUPREMO Nº 082-2016-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016;

Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30372, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo "B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016" podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores;

Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el referido Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo el pago de las cuotas anuales a favor de los siguientes organismos internacionales: (i) Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur - COSAVE; y, (ii)
Organismo Internacional de Sanidad Animal - OIE, por el monto ascendente a S/. 250,544.00; correspondientes al año 2016;

Que, no obstante por tales conceptos correspondería cancelar los siguientes montos: (i) Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur - COSAVE (S/. 190,060.00); y, (ii) Organismo Internacional de Sanidad Animal - OIE (S/. 137,000.00), por la suma total de S/. 327,060.00;
correspondientes al año 2016;

Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor de los Organismos Internacionales indicados en el párrafo precedente debido a que los importes son superiores a los consignados inicialmente;

601917 NORMAS LEGALES
Miércoles 19 de octubre de 2016
El Peruano / En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

DECRETA:

Artículo 1.- Modificación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Pliego Presupuestario 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria, respecto de los siguientes organismos internacionales y montos:

PLIEGO PRESU-PUESTARIO
MONTO (En soles)
PERSONA JURÍDICA
160: SERVICIO
NACIONAL DE SAN-IDAD AGRARIA
190,060.00
COMITÉ DE SANIDAD VEGETAL DEL
CONO SUR - COSAVE
137,00.00
ORGANISMO INTERNACIONAL DE
SANIDAD ANIMAL - OIE
Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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