10/28/2016

RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA N° 457-2016-CG Aprueban los "Lineamientos de Política para el

Aprueban los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2017 - 2019", "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2017 de los Órganos de Control Institucional" y la "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Operativo Institucional 2017 de la Contraloría General de la República" RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA Nº 457-2016-CG Lima, 27 de octubre de 2016 VISTO, la Hoja Informativa Nº 00039-2016-CG/PLAN
Aprueban los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2017 - 2019", "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2017 de los Órganos de Control Institucional" y la "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Operativo Institucional 2017 de la Contraloría General de la República"
RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA Nº 457-2016-CG
Lima, 27 de octubre de 2016
VISTO, la Hoja Informativa Nº 00039-2016-CG/PLAN de la Gerencia Central de Planeamiento, mediante la cual propone la aprobación de los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2017-2019" y los proyectos de "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2017 de los Órganos de Control Institucional" y "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Operativo Institucional 2017 de la Contraloría General de la República";

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, dispone que el ejercicio del control gubernamental se efectúa bajo la autoridad normativa 602852 NORMAS LEGALES
Viernes 28 de octubre de 2016 / El Peruano y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso;

Que, el literal s) del artículo 22º de la citada Ley señala como atribución de este Organismo Superior de Control, dictar las disposiciones necesarias para articular los procesos de control con los Planes y Programas Nacionales, a efecto de visualizar de forma integral su cumplimiento, generando la información pertinente para emitir recomendaciones generales a los Poderes Ejecutivo y Legislativo sobre la administración de recursos del Estado, en función a las metas previstas y alcanzadas;

Que, el literal b) del artículo 32º de la Ley Nº 27785, establece como facultades del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General de la República y de los Órganos del Sistema; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y fl exibilidad;

Que, los Lineamientos de Política constituyen orientaciones para dirigir el accionar de control hacia las áreas de riesgo sensibles a la corrupción o gastos de mayor significación económica e impacto social, de conformidad con los principios que rigen el ejercicio del control gubernamental establecidos en el artículo 9º de la Ley Nº 27785;

Que, el Plan Anual de Control es la herramienta de gestión, a través de la cual la Contraloría General de la República orienta, planifica y evalúa el accionar de los Órganos de Control Institucional, conforme a los objetivos y lineamientos de política institucional impartidos;

Que, los Órganos de Control Institucional formulan el Plan Anual de Control de acuerdo a las disposiciones que sobre la materia emita este Organismo Superior de Control, debiendo coordinar con las unidades orgánicas competentes de la Contraloría General de la República, conforme a lo previsto en el inciso a) del numeral 7.1.7 de la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional", cuya versión actualizada fue aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 353-2015-CG;

Que, el Plan Operativo Institucional es el instrumento de gestión que contiene la programación de actividades de las distintas unidades orgánicas de la Contraloría General a ser ejecutadas en un período anual, orientadas hacia la consecución de los objetivos y metas institucionales, permitiendo la ejecución de los recursos presupuestarios asignados con criterios de eficiencia, eficacia, calidad de gasto y transparencia;

Que, mediante el documento de visto, la Gerencia Central de Planeamiento ha propuesto la aprobación de los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2017-2019" y los proyectos de Directivas:
"Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2017 de los Órganos de Control Institucional" y "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Operativo Institucional 2017 de la Contraloría General de la República";

En uso de las facultades conferidas por el literal s) del artículo 22º y los literales b) y c) del artículo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2017-2019", la Directiva Nº 018-2016-CG/PLAN "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2017 de los Órganos de Control Institucional"
y la Directiva Nº 019-2016-CG/PLAN "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Operativo Institucional 2017 de la Contraloría General de la República", los mismos que en anexo forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Las unidades orgánicas de la Contraloría General, según sus ámbitos y competencias, cautelarán el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a lo resuelto por la presente Resolución.

Artículo Cuarto.- Encargar al Departamento de T ecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR ALARCÓN TEJADA
Contralor General de la República

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