10/10/2016

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 153-2016-CONCYTEC-P Aprueban subvención a favor de la Academia

Aprueban subvención a favor de la Academia Nacional de Ciencias RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 153-2016-CONCYTEC-P Lima, 4 de octubre de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 027-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 239 -2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 239-2016-CONCYTEC-OGPP y Nº 200-2016-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que,
Aprueban subvención a favor de la Academia Nacional de Ciencias
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 153-2016-CONCYTEC-P
Lima, 4 de octubre de 2016
VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 027-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 239
-2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 239-2016-CONCYTEC-OGPP y Nº 200-2016-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, modificada a través de la Resolución de Presidencia Nº 062-2016-CONCYTEC-P , se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016" (en adelante, la Directiva);

Que, mediante Oficio Nº 239-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de una subvención a persona jurídica privada por un monto total de S/ 84,450.00, en el marco del Convenio Específico de Subvención de Cooperación Interinstitucional suscrito entre la Academia Nacional de Ciencias y el FONDECYT;

Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 027-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar una subvención a persona jurídica privada por un monto total de S/ 84,450.00, a favor de la Academia Nacional de Ciencias, para cofinanciar los programas en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI)
señalados en el referido Informe Técnico Legal.

Los referidos órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000700, y copia del Convenio Específico de Subvención de Cooperación Interinstitucional;

Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar el desembolso solicitado en el Informe Técnico Legal Nº 027-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el citado Convenio Específico de Subvención de Cooperación Interinstitucional y en la normativa vigente sobre la materia;

Que, mediante Informe Nº 239-2016-CONCYTEC-OGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que la aprobación de la subvención a favor de persona jurídica privada solicitada por el FONDECYT se enmarca en la Directiva y cuenta con disponibilidad presupuestal para ser atendida hasta por el importe total de S/ 84,450.00 , con la cual se cofinanciarán los programas en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 027-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM;

Que, con el Informe Nº 200-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 027-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 239-2016-CONCYTEC-OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva;

Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del
FONDECYT;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar una subvención a favor de persona jurídica privada por la suma total de S/ 84,450.00 (Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y 00/100
Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:

Nº Tipo de Cofinanciamiento Programa o proyecto Programa o proyecto Institución Monto aprobado S/ (En Soles)
Monto T otal S/ (En Soles)
1
Subvenciones a personas jurídicas privadas Programas "Promoción y Reconocimiento al desarrollo de las actividades de I+D+i" y "Jornada sobre Innovación Tecnológica"
Academia Nacional de Ciencias 84,450.00 84,450.00
Monto Total S/ 84,450.00
601283 NORMAS LEGALES
Lunes 10 de octubre de 2016
El Peruano / Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA ORJEDA
Presidente

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