10/20/2016

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 143 -2016-P-CNM Modifican Reglamento de

Modifican Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de la Magistratura RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 143 -2016-P-CNM San Isidro, 17 de octubre de 2016 VISTOS: El Informe N.º 074-2016-OPCT/CNM de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica sobre la modificación del Reglamento de Organización y Funciones y los Informes N.os 076-2016-OAJ/CNM de la Oficina de Asesoría Jurídica y N.º 388-2016-AAUTD/CNM del Área de Atención al Usuario y Trámite Documentario; CONSIDERANDO: Que,
Modifican Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de la Magistratura
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 143 -2016-P-CNM
San Isidro, 17 de octubre de 2016
VISTOS:

El Informe N.º 074-2016-OPCT/CNM de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica sobre la modificación del Reglamento de Organización y Funciones y los Informes N.os 076-2016-OAJ/CNM de la Oficina de Asesoría Jurídica y N.º 388-2016-AAUTD/CNM del Área de Atención al Usuario y Trámite Documentario;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N.º 25323, «Crean el Sistema Nacional de Archivos», que tiene por finalidad integrar estructural, normativa y funcionalmente los archivos de las entidades públicas existentes en el ámbito nacional, mediante la aplicación de principios, normas, técnicas y métodos de archivo, garantizando con ello la defensa, conservación, organización y servicio del «Patrimonio Documental de la Nación» y se encuentra integrado por i)
el Archivo General de la Nación, órgano rector y central del citado Sistema, ii) los Archivos Regionales y iii)
los Archivos Públicos, entre los cuales se encuentra el Consejo Nacional de la Magistratura;

Que, el artículo 29 del Reglamento de la Ley N.º 25323, que crea el Sistema Nacional de Archivos, aprobado por Decreto Supremo N.º 008-92-JUS, establece que los Archivos integrantes del Sistema Nacional de Archivos están obligados a cumplir las directivas, normas, disposiciones y lineamientos de política dictados por el órgano rector del Sistema;

Que, las «Normas Generales del Sistema Nacional de Archivos para el Sector Público Nacional», aprobadas por el Archivo General de la Nación mediante Resolución Jefatural N.º 073-85/AGN-J, señalan que las entidades del Sector Público integrantes de dicho Sistema, deben establecer un Órgano de Administración de Archivos, responsable de planificar, organizar, dirigir, normar, coordinar, ejecutar y controlar las actividades archivísticas a nivel institucional, así como de la conservación y uso de la documentación proveniente de los archivos de gestión y periféricos, e intervenir en la transferencia y eliminación de documentos en coordinación con el Archivo General de la Nación;

Que, siendo parte del Sistema Nacional de Archivos, y con el objeto de cumplir con la normatividad archivística vigente y alinear las actividades del Consejo Nacional de la Magistratura a las políticas emitidas por el Archivo General de la Nación, resulta necesario contar formalmente con un Órgano de Administración de Archivos 602007 NORMAS LEGALES
Jueves 20 de octubre de 2016
El Peruano / que cuente con las siguientes funciones específicas: (i)
desarrollar las normas técnicas sobre los procedimientos técnico-archivísticos en los diferentes niveles de archivo de la entidad; (ii) implementar normas, lineamientos y procedimientos en materia archivística; (iii) velar por el cumplimiento y desarrollo de la normatividad del Sistema Institucional de Archivo, y (iv) asesorar, supervisar y evaluar el funcionamiento de los integrantes del Sistema Institucional de Archivo;

Que, si bien, conforme a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución N.º 156-2015-P-CNM y modificado por Resoluciones N.os 215-2015-P-CNM y 102-2016-P-CNM, el Área de Atención al Usuario y Trámite Documentario tiene entre sus funciones, las de organizar, coordinar y ejecutar los procedimientos de gestión documentaria y archivo, además de planear, dirigir, coordinar los procesos de transferencia, organización, inventario, conservación y eliminación de la documentación del archivo; haciendo, por tanto, las veces de Órgano de Administración de Archivos de la institución no se constituye formalmente en éste;

Que, por su parte, la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica a través su Informe N.º 074-2016-OPCT/CNM, propone modificar los artículos 23 y 24 del Reglamento de Organización y Funciones, aclarando que al tratarse de una modificación de carácter parcial, que no representa cambios en la estructura orgánica o en el presupuesto aprobado de operación y funcionamiento para la entidad, cumple con los presupuestos establecidos en los «Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones -ROF- por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 043-2006-PCM;

Que, en atención a las consideraciones precedentemente expuestas, resulta necesario emitir el acto administrativo que modifique el Reglamento de Organización y Funciones institucional, a fin de reconocer al Área de Atención al Usuario y Trámite Documentario como el Órgano de Administración de Archivos del Consejo Nacional de la Magistratura;

De conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley N.º 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, el Decreto Supremo N.º 043-2006-PCM, que aprueba los «Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones -ROF- por parte de las entidades de la Administración Pública, el literal m) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por la Resolución N.º
156-2015-P-CNM y modificado por las Resoluciones N.os 215-2015-P-CNM y 102-2016-P-CNM, y con el visado del Director General y de los Jefes de las Oficinas de Administración y Finanzas, Asesoría Jurídica y Planificación y Cooperación Técnica;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar los artículos 23 y 24 del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por la Resolución N.º 156-2015-P-CNM y modificado por las Resoluciones N.os 215-2015-P-CNM y 102-2016-P-CNM, los mismos que quedan redactados con el siguiente texto:

Artículo 23.- Área de Atención al Usuario y Trámite Documentario El Área de Atención al Usuario y Trámite Documentario es una unidad orgánica de apoyo que depende de la Dirección General y tiene por función orientar y atender a los usuarios de los servicios que brinda el Consejo, así como la recepción, el registro y la distribución de la documentación que ingresa y se despacha del Consejo, además se constituye en el Órgano de Administración de Archivos de la institución, conforme a las normas de la materia.

Artículo 24º.- Funciones del Área de Atención al Usuario y Trámite Documentario Son funciones del Área de Atención al Usuario y Trámite Documentario: (...)
h) Desarrollar las normas técnicas sobre los procedimientos técnico-archivísticos en los diferentes niveles de archivo de la entidad.
i) Implementar normas, lineamientos y procedimientos en materia archivística.
j) Velar por el cumplimiento y desarrollo de la normatividad del Sistema Institucional de Archivos.
k) Asesorar, supervisar y evaluar el funcionamiento de los integrantes del Sistema Institucional de Archivos.
l) Realizar otras funciones que le asigne la Dirección General.

Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano" y en el portal de transparencia de la página electrónica del Consejo Nacional de la Magistratura (www.cnm.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUIDO AGUILA GRADOS
Presidente

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