10/23/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0943/RE-2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0943/RE-2016 Lima, 21 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores y la XLVIII Reunión de Altos Funcionarios de CELAC-UE, que se llevará a cabo en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 24 al 26 de octubre de 2016; Que, la República Dominicana, en su condición de Presidencia Pro Témpore de la CELAC, es el anfitrión de esta importante cumbre, y la misma contará con la participación de 61 países, 33 correspondientes a CELAC y
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0943/RE-2016
Lima, 21 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:

Que, la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores y la XLVIII Reunión de Altos Funcionarios de CELAC-UE, que se llevará a cabo en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 24 al 26 de octubre de 2016;

Que, la República Dominicana, en su condición de Presidencia Pro Témpore de la CELAC, es el anfitrión de esta importante cumbre, y la misma contará con la participación de 61 países, 33 correspondientes a CELAC
y 28 a la Unión Europea; teniendo como lema ¨El futuro de la asociación birregional ¨ ;

Que, la importancia de participar en las reuniones del Foro CELAC-UE, radica en que examinará cómo fortalecer el futuro de la relación birregional y en ella participarán, en total, 61 Delegaciones presididas por los 33 Cancilleres de América Latina y el Caribe, y los 28
Cancilleres de la Unión Europea, así como los Directores de las instituciones de la Unión Europea;

Que, se estima importante la participación de un funcionario diplomático del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.º
3857, del Despacho Viceministerial, de 18 de octubre de 2016; la Memoranda (DGM) N.º DGM0910/2016, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 18 de octubre de 2016; y (OPR) N.º OPR0295/2016, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 20 de octubre de 2016, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, Asesor Principal del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores y nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Bélgica, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 24 al 26 de octubre de 2016, para participar en la referida reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15)
días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje aéreo clase económica
US$
Viáticos por día
US$
Nº de días Total viáticos
US$
Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel 1 378,00 430,00 3 1 290,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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