10/26/2016

RESOLUCIÓN N° 073-2016/SBN Prorrogan plazo concedido a Grupo de Trabajo, señalado en el artículo 3

Prorrogan plazo concedido a Grupo de Trabajo, señalado en el artículo 3 de la Resolución Nº 062-2016/SBN RESOLUCIÓN Nº 073-2016/SBN San Isidro, 19 de octubre de 2016 VISTO: El Informe Nº 001-2016-SBN-GT de fecha 14 de octubre de 2016 emitido por el representante de la Dirección de Normas y Registro, señor Teodosio Daniel Leiva Tovar, miembro titular del Grupo de Trabajo constituido con la Resolución Nº 062-2016/SBN, asimismo el Proveído Nº 125-2016/SBN, y; CONSIDERANDO: Que,
Prorrogan plazo concedido a Grupo de Trabajo, señalado en el artículo 3 de la Resolución Nº 062-2016/SBN
RESOLUCIÓN Nº 073-2016/SBN
San Isidro, 19 de octubre de 2016
VISTO:

El Informe Nº 001-2016-SBN-GT de fecha 14 de octubre de 2016 emitido por el representante de la Dirección de Normas y Registro, señor Teodosio Daniel Leiva Tovar, miembro titular del Grupo de Trabajo constituido con la Resolución Nº 062-2016/SBN, asimismo el Proveído Nº 125-2016/SBN, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Superintendente Nacional de Bienes Estatales es el Titular de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN, y tiene entre sus funciones la de emitir resoluciones en materia de su competencia, a fin de lograr los objetivos institucionales, según lo establecido en el inciso r) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 016-2010-VIVIENDA;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Nº 062-2016/SBN de fecha 5 de setiembre de 2016, se conformó el Grupo de Trabajo con el objetivo de proponer y sustentar una formula normativa sobre seguridad jurídica y lucha contra el tráfico ilegal de inmuebles estates;

Que, asimismo el artículo 3 de la resolución citada en el párrafo precedente estableció que el Grupo de Trabajo elevará su Informe final al Titular de la Entidad, a más tardar el día 15 de octubre de 2016;

Que, con el informe del visto, el señor Teodosio Daniel Leiva Tovar, miembro titular del Grupo de Trabajo, ha solicitado un plazo adicional de 7 días hábiles para la presentación del Informe Final del Grupo de Trabajo, considerando que dicho Grupo de Trabajo ha elaborado un anteproyecto de ley que previamente debe ser consensuado con los órganos de línea y con la Oficina de Asesoría Jurídica;

Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por el miembro titular del Grupo de Trabajo, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

Con los visados de la Secretaría General, y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; y el inciso r) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prorróguese el plazo concedido al Grupo de Trabajo, señalado en el artículo 3 de la Resolución Nº 062-2016/SBN, hasta el 25 de octubre de 2016 para que eleve su Informe final al Titular de la Entidad.

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a los integrantes del Grupo de Trabajo, constituido por la Resolución Nº 062-2016/SBN, para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas que disponga la publicación de la presente Resolución en la página web institucional (www.sbn.gob. pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE LUIS PAIRAZAMAN TORRES
Superintendente

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