11/06/2016

DECRETO SUPREMO N° 301-2016-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores DECRETO SUPREMO Nº 301-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores
DECRETO SUPREMO Nº 301-2016-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 008:

Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece que esta entidad es un organismo del Poder Ejecutivo cuyo ámbito de acción es el Sector Relaciones Exteriores, tiene personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; asimismo, dispone que dicho Ministerio ejerce las funciones rectoras, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional y en el ámbito internacional, conforme a la Constitución Política del Perú;

Que, debido al entorno económico y monetario internacional, el Tipo de Cambio Promedio ha venido sufriendo fl uctuaciones que han afectado la programación del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores en el presente ejercicio fiscal; por lo que dicho Ministerio a través del OF. "RE" (OPP) Nº 2-5/41, solicita recursos adicionales, con la finalidad de cubrir la variación cambiaria del gasto de funcionamiento de los diferentes órganos del servicio al exterior; el mismo que se encuentra sustentado a través del OF. "RE" (OPP) Nº 2-5-C/75 suscrito por el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF , establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito suplementario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, los recursos para atender el requerimiento señalado en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que, resulta necesario autorizar una trasferencia de partidas, hasta 603711 NORMAS LEGALES
Domingo 6 de noviembre de 2016
El Peruano / por la suma de VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS
TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA
Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 27 738 752,00) a favor del citado pliego, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de VEINTISIETE MILLONES
SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS
CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 27 738
752,00), a favor del pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, para atender los gastos que demanden los fines descritos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 27 738 752,00
-------------------- TOTAL EGRESOS 27 738 752,00
===========
A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores UNIDAD EJECUTORA 001 : Secretaria General PROGRAMA PRESUPUESTAL 0062 : Optimización de la Política de Protección y Atención a las Comunidades Peruanas en el Exterior PRODUCTO 3000144 : Personas Reciben Servicios Consulares en el Exterior En Soles ACTIVIDAD 5004339 : Atención de Tramites Consulares y Difusión de Derechos y Deberes de los Migrantes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 15 886 726,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0133 : Fortalecimiento de la Política Exterior y de la Acción Diplomática PRODUCTO 3000710 : Estado Representado e Intereses Nacionales Defendidos ACTIVIDAD 5005219 : Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 9 894 962,00
ACTIVIDAD 5005220 : Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 957 064,00
------------------- TOTAL EGRESOS 27 738 752,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Aplicación del Decreto Supremo Nº 272-2016-EF
Modifíquese el límite para autorización de compromisos aprobados para el Sector Relaciones Exteriores, en el Anexo del Decreto Supremo Nº 272-2016-EF, el mismo que queda en NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO
MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL
SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 944 738 752,00).

El titular del pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores modifica, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la vigencia del presente Decreto Supremo, la resolución emitida en el marco del numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 272-2016-EF, teniendo en cuenta el límite de gasto modificado de conformidad con el presente artículo. Asimismo, la Dirección General de Presupuesto Público queda facultada a actualizar la Programación de Compromisos Anual (PCA) del pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, teniendo en cuenta el monto de la transferencia de partidas autorizada en el presente Decreto Supremo Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ
Segunda Vicepresidenta de la República Encargada del Despacho de la Presidencia de la República
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas

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