11/23/2016

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 307-2016/SUNAT Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones

Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones para los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 307-2016/SUNAT Lima, 22 de noviembre de 2016 604891 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de noviembre de 2016 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT y normas modificatorias, los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y los
Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones para los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 307-2016/SUNAT
Lima, 22 de noviembre de 2016
604891 NORMAS LEGALES
Miércoles 23 de noviembre de 2016
El Peruano /
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT y normas modificatorias, los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y los principales contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales y Oficinas Zonales, deben cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales únicamente en los lugares señalados expresamente para cada dependencia en el anexo Nº 3 de la citada resolución o a través de SUNAT
Virtual o en los Bancos habilitados utilizando el Número de Pago SUNAT - NPS para el pago de sus obligaciones tributarias, sin perjuicio de lo señalado en el literal b) del inciso 4.2 de la Resolución de Superintendencia Nº 165-2016/SUNAT;

Que resulta necesario modificar el precitado anexo en cuanto al lugar de cumplimiento de obligaciones tributarias formales y sustanciales de los contribuyentes que pertenecen al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, fijado en el local de la Avenida Garcilazo de la Vega Nº 1472, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima toda vez que este se trasladará, a partir del 1 de diciembre de 2016, al local ubicado en la Avenida Paseo de la República números 4728-4730, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14º del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general", aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario, en la medida que la designación del lugar de pago es potestad de la Administración Tributaria, conforme a lo establecido en el artículo 29º del Código Tributario;

En uso de las facultades conferidas por los artículos 29º y 88º del Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias; el artículo 5º de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modificatoria; el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias; y el inciso o) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/ SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único. Modificación de lugar de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales para los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales Sustitúyase la fila correspondiente a la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales del anexo Nº 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT y normas modificatorias, por el texto siguiente:
"ANEXO Nº 3
DEPENDENCIA
LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES FORMALES Y
SUSTANCIALES
INTENDENCIA
DE PRINCIPALES
CONTRIBUYENTES
NACIONALES
- Avenida Paseo de la República númer-os 4728-4730, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima. (...)".

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Vigencia La presente resolución entra en vigencia el 1 de diciembre de 2016.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA
Superintendente Nacional

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