11/10/2016

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 781-2016-SUCAMEC Aprueban Directiva denominada "Clasificación,

Aprueban Directiva denominada "Clasificación, características técnicas y denominación genérica de productos pirotécnicos y sus materiales relacionados" RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 781-2016-SUCAMEC Lima, 4 de noviembre de 2016 VISTO: El Informe Técnico Nº 718-2016-SUCAMEC-GEPP del 13 de octubre de 2016, de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil; el Informe Técnico Nº 100-2016-SUCAMEC-OGPP, de fecha 31 de octubre de 2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe
Aprueban Directiva denominada "Clasificación, características técnicas y denominación genérica de productos pirotécnicos y sus materiales relacionados"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 781-2016-SUCAMEC
Lima, 4 de noviembre de 2016
VISTO: El Informe Técnico Nº 718-2016-SUCAMEC-GEPP del 13 de octubre de 2016, de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil; el Informe Técnico Nº 100-2016-SUCAMEC-OGPP, de fecha 31 de octubre de 2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 308-2016-SUCAMEC-OGAJ del 3 de noviembre de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;

Que, el literal h) del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1127 y el literal j) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establecen como una de las funciones del Superintendente Nacional, emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia;

Que, por Resolución de Superintendencia Nº 564-2016-SUCAMEC, de fecha 4 de agosto de 2016, la Superintendencia Nacional dispuso la conformación de grupos de trabajo especializados de carácter público-privado, con el objetivo de identificar la problemática común a cada sector, así como propiciar la articulación y ejecución de acciones destinadas a agilizar los trámites y hacer más efectivas las acciones de control y fiscalización, dentro de los cuales se encuentra el Grupo de trabajo especializado en materia de productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil (en lo sucesivo Grupo de trabajo);

Que, el numeral 260.2 del artículo 260 del Reglamento de la Ley Nº 30299 - Ley de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2016-IN, se precisa que "La SUCAMEC establece la clasificación detallada de estos 603912 NORMAS LEGALES
Jueves 10 de noviembre de 2016 / El Peruano productos pirotécnicos en función a sus características y peligrosidad en la correspondiente Directiva aprobada mediante Resolución de Superintendencia, en la cual también se indica las características principales de los productos prohibidos";

Que, a través del Informe Técnico Nº 718-2016-SUCAMEC-GEPP del 13 de octubre de 2016, la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil (en adelante la GEPP), emite opinión técnica sobre las propuestas modificatorias efectuadas por el Grupo de trabajo sobre el proyecto de directiva denominado "Clasificación, características técnicas y denominación genérica de productos pirotécnicos y sus materiales relacionados"; el mismo que fue remitido a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (en lo sucesivo la OGPP) con el Memorando Nº 1602-2016-SUCAMEC-GEPP, de fecha 13 de octubre del presente año, a fin de que ésta emita opinión técnica correspondiente;

Que, con Informe Técnico Nº 100-2016-SUCAMEC-OGPP, de fecha 31 de octubre de 2016, la OGPP
concluye que el citado proyecto de directiva se encuentra técnicamente viable de aprobación por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 001-2014-SUCAMEC
"Lineamientos para la formulación y uso de documentos oficiales en la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil";

Que, mediante Informe Legal Nº 308-2016-SUCAMEC-OGAJ del 3 de noviembre de 2016, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina favorablemente sobre el proyecto de directiva, toda vez que ha sido elaborado conforme a la normatividad vigente; asimismo, recomienda su aprobación y publicación en el Diario Oficial El Peruano por tratarse de una norma de carácter general, cuyo texto se deriva de un mandato general, objetivo y obligatorio para la SUCAMEC y los administrados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Que, el proyecto de directiva "Clasificación, características técnicas y denominación genérica de productos pirotécnicos y sus materiales relacionados", tiene como finalidad facilitar la identificación de los productos pirotécnicos o materiales relacionados de uso civil, optimizando las actividades de evaluación, control y fiscalización de estos bienes a cargo de la SUCAMEC; así como, propiciar la predictibilidad, uniformidad y celeridad en la actuación administrativa de la entidad en beneficio de los administrados;

Con el visado del Gerente de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127 - Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 004-2016-SUCAMEC, denominada "Clasificación, características técnicas y denominación genérica de productos pirotécnicos y sus materiales relacionados", la misma que en anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- La Directiva aprobada en el artículo 1 de la presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación.

Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RUBEN ORLANDO RODRIGUEZ RABANAL
Superintendente Nacional

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