11/01/2016

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 151-2016/JNAC/RENIEC Incorporan Oficina de Registros del Estado Civil que

Incorporan Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque al RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 151-2016/JNAC/RENIEC Lima, 31 de octubre de 2016 VISTOS: El Memorando Nº 002060-2016/GPP/RENIEC (25MAY2016), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 000051-2016/GPP/SGPL/ RENIEC (25MAY2016), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorando Nº 001660-2016/GOR/
Incorporan Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque al RENIEC
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 151-2016/JNAC/RENIEC
Lima, 31 de octubre de 2016
VISTOS:

El Memorando Nº 002060-2016/GPP/RENIEC (25MAY2016), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 000051-2016/GPP/SGPL/ RENIEC (25MAY2016), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorando Nº 001660-2016/GOR/ RENIEC (17AGO2016), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe Nº 000392-2016/ GPRC/SGIRC/RENIEC (09SEP2016), emitido por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, y el Informe Nº 000082-2016/GPRC/RENIEC (19OCT2016), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;

CONSIDERANDO:

Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican la capacidad y estado civil;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF, se delegó a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM;

Que, con Resolución Jefatural Nº 520-2007-JNAC/ RENIEC (14JUN2007), se revocó las facultades comprendidas en el artículo 44º (literales a, b, c, e, y o) de la Ley Nº 26497, conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque;

Que, por el gran volumen de acervo documentario (Libros de Actas), se realizará la transferencia de los Libros Formato RENIEC y títulos archivados, correspondientes al periodo de Febrero de 1997 - hasta la fecha de revocatoria parcial (Junio2007);

Que, mediante el Informe de vistos, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles en su calidad de encargada del proceso de incorporación de las Oficinas de Registros del Estado Civil, propone la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimientos, Matrimonio y Defunción que comprende a los libros de Actas Formato RENIEC y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de Febrero de 1997 - hasta la fecha de revocatoria parcial (Junio2007); propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;

603228 NORMAS LEGALES
Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano Que, a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales, emiten opinión favorable respecto a la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque;

Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, respecto al acervo documentario Formato RENIEC, relativo a la sección de Nacimientos, Matrimonio y Defunción que comprende a los libros de Actas Formato RENIEC y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de Febrero de 1997 - hasta la fecha de revocatoria parcial (Junio2007);
así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; conservando la citada Oficina de Registros del Estado Civil la delegación de las facultades registrales a que se hace referencia en la Resolución Jefatural Nº 520-2007-JNAC/RENIEC (14JUN2007), en lo que respecta al acervo documentario relativo a la sección de Nacimientos, Matrimonio y Defunción, del periodo no comprendido en la presente Resolución Jefatural;

Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016); la Resolución Jefatural Nº 108-2016/JNAC/RENIEC (19AGO2016); la Resolución Jefatural Nº 133-2016/ JNAC/RENIEC (30SEP2016) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- INCORPORAR la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, respecto al acervo documentario, relativo a la sección de Nacimientos, Matrimonio y Defunción que comprende a los libros de Actas de Formato RENIEC y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de Febrero de 1997 - hasta la fecha de revocatoria parcial (Junio2007); así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 04 de Noviembre del 2016.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, mantenga la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales l), m), n), y q) del artículo 44º de la Ley Nº 26497; a que hace referencia la Resolución Jefatural Nº 520-2007-JNAC/RENIEC de fecha 14 de Junio de 2007, en lo que respecta al acervo documentario relativo a las secciones de Nacimientos, Matrimonio y Defunción del periodo no comprendido en la presente Resolución Jefatural; quedando facultada a expedir copias certificadas de dicho acervo documentario.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, para el traslado del acervo documentario relativo a la sección de Nacimientos Matrimonio y Defunción que comprende a los libros de Actas Formato RENIEC y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de Febrero de 1997 - hasta la fecha de revocatoria parcial (Junio2007), así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera, al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y el artículo primero precedente.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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