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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 241-2016-RE Autorizan al SERFOR a efectuar el pago de cuota a favor de la
11/01/2016
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 241-2016-RE Autorizan al SERFOR a efectuar el pago de cuota a favor de la
Autorizan al SERFOR a efectuar el pago de cuota a favor de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 241-2016-RE Lima, 31 de octubre de 2016 VISTO: El Oficio Nº 454-2016-SERFOR-DE de 19 de octubre de 2016, del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 241-2016-RE
Lima, 31 de octubre de 2016
VISTO:
El Oficio Nº 454-2016-SERFOR-DE de 19 de octubre de 2016, del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT ;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016, siendo que de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 de dicha Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley Nº 28411
- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores;
Que, en el presupuesto del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización Autorizar al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR a efectuar el pago de la cuota ascendente a USD 7 832.69 (Siete mil ochocientos treinta y dos y 69/100 dólares americanos) a favor de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT .
603203 NORMAS LEGALES
Martes 1 de noviembre de 2016
El Peruano / Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecutan con cargo al presupuesto del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.
Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.
Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores 1448563-14
Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Paraguay, en comisión de servicios
{N}RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0959/RE-2016
Lima, 27 de octubre de 2016
VISTA:
La Nota VMAAT/DGCA/N.º 299/2016, de fecha 12 de octubre de 2016, de la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, país que ejerce la Presidencia Pro Témpore de la Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM), mediante la cual ha invitado a nuestro país a participar en la XVI Reunión de la citada Conferencia, que tendrá lugar en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 3 al 4 de noviembre de 2016;
CONSIDERANDO:
Que, la referida Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM), se desarrollará bajo el lema "Hacia el libre tránsito" e incluirá el tratamiento de temas relativos al Seguimiento del Plan Suramericano de Desarrollo Humano de las Migraciones (PSDHM), las migraciones y los procesos de integración regional, el fortalecimiento de la gestión migratoria y la proyección internacional de la región suramericana;
Que, la XV Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM), también permitirá el debate de importantes temas de la agenda migratoria regional como la regularización migratoria, la trata y el tráfico de migrantes, migración y género y las remesas de los migrantes;
Que, el 2 de noviembre de 2016, se ha programado una reunión de Jefes de Delegación para la aprobación de la agenda de la XVI CSM;
Que, considerando la importancia de los temas a tratar, se estima necesaria la participación de funcionarios de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema;
T eniendo en cuenta las Hojas de Trámite (GAC) N.º 3866
y N.º 3957, ambas del Despacho Viceministerial, de 18 y 26 de octubre de 2016, respectivamente; y la Memoranda (DGC) N.º DGC1067/2016 y N.º DGC1104/2016, ambas de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 18 y 26 de octubre de 2016, respectivamente; y (OPR) N.º OPR0311/2016, de la Oficina de Programas y Presupuesto, de 27 de octubre de 2016, que otorga la certificación de crédito presupuestal correspondiente;
De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º
135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Vallejo Martell, Director de Protección y Asistencia al Nacional, y del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Miguel Ángel Gamarra Malca, Jefe de Departamento de Política Migratoria, de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional, ambos de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 2 al 4 de noviembre de 2016, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando la salida del país del 1al 5 de noviembre de 2016;
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0053774 Negociación de Acuerdos Migratorios, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase económica
US$
Viáticos por día
US$
Número de días Total Viáticos
US$
Carlos Manuel Vallejo Martell 970,00 370,00 3 + 1 1 480,00
Miguel Ángel Gamarra Malca 970,00 370,00 3 + 1 1 480,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
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