11/09/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 278-2016-TR Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto "Mejoramiento y

Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo para la inserción laboral formal de los jóvenes en las regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martín y en Lima Metropolitana" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2016-TR Lima, 8 de noviembre de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 702-2016-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, el Oficio Nº 1923-2016-MTPE/3/18 de la Dirección General del Servicio Nacional
Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo para la inserción laboral formal de los jóvenes en las regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martín y en Lima Metropolitana"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2016-TR
Lima, 8 de noviembre de 2016
VISTOS: El Oficio Nº 702-2016-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, el Oficio Nº 1923-2016-MTPE/3/18 de la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo, el Oficio Nº 1014-2016-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico Nº 246-2016-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, el Informe Técnico Nº 074-2016-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización, el Informe Nº 336-2016-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto, y el Informe Nº 3027-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 23 de la Constitución Política del Perú, el Estado debe promover condiciones para el progreso social y económico, mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional en lo siguiente: formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales, en materias de promoción del empleo, información laboral e información del mercado de trabajo, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certificación de competencias laborales, autoempleo, reconversión laboral y migración laboral, entre otras;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 172-2016-EF, de fecha 23 de junio de 2016, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 30 000 000,00 (TREINTA
MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente, el Proyecto "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo para la inserción laboral formal de los jóvenes en las regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martín y en Lima Metropolitana", estableciendo que la Unidad Ejecutora del Proyecto es el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, la cláusula 3.01 del Contrato de Préstamo Nº 3547/OC-PE, suscrito entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, con fecha 28 de junio de 2016, para la financiación y ejecución del Proyecto "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo para la inserción laboral formal de los jóvenes en las regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martín y en Lima Metropolitana", establece las siguientes condiciones especiales previas al primer desembolso: (i) que haya sido aprobado el Manual de Operaciones del Proyecto por el Organismo Ejecutor, con la previa no objeción del Banco, (ii) que se haya presentado evidencia, de que se ha constituido, y conformado con el personal técnico necesario, incluido el Director Ejecutivo del Proyecto, la Unidad Ejecutora (UE), de conformidad con los términos de referencia previamente acordados entre el Banco, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Organismo Ejecutor y; (iii) que se hayan suscrito al menos tres (3) Convenios de Cooperación entre el Prestatario, actuando a través del Organismo Ejecutor, y los Gobiernos Regionales, mediante el cual se especificarán los roles y las responsabilidades de cada una de las partes;

Que, en ese contexto, mediante Resolución Ministerial Nº 205-2016-TR, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 007: Programa para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo "FORTALECE PERU" en el Pliego 012 Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, mediante documento de vistos, la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo remite la propuesta del Manual de Operaciones del Proyecto "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo para la inserción laboral formal de los jóvenes en las regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martín y en Lima Metropolitana";

Que, a través del Oficio 1014-2016-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión 603821 NORMAS LEGALES
Miércoles 9 de noviembre de 2016
El Peruano / favorable a la propuesta del Manual de Operaciones del referido Proyecto;

Que, a través de la Carta Nº 2174/2016, de fecha 27 de octubre de 2016, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID comunica a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo, la no objeción del Banco a la propuesta del Manual de Operaciones del Proyecto "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo para la Inserción Laboral Formal de los Jóvenes en las regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, la Libertad, Piura, San Martín y en Lima Metropolitana";

Que, en atención a lo expuesto, resulta pertinente aprobar la referida propuesta del Manual de Operaciones, formulado por la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo, con el objetivo de proporcionar el marco conceptual y los criterios técnicos para la operación del Proyecto de Inversión Pública denominado "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo para la Inserción Laboral Formal de los Jóvenes en las regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, la Libertad, Piura, San Martín y en Lima Metropolitana";

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; y, la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01
Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificatorias;

RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo para la inserción laboral formal de los jóvenes en las regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martín y en Lima Metropolitana", que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y del anexo a que se refiere el artículo precedente, en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www. trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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