11/24/2016

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 213-2016-JUS

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 213-2016-JUS Lima, 23 de noviembre de 2016 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 011-2016/ COE-TC, del 25 de enero de 2016, sobre la solicitud de extradición activa a los Estados Unidos de América de la ciudadana peruana SARA SAAVEDRA ROBLES, formulada por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34 del Texto Único

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 213-2016-JUS
Lima, 23 de noviembre de 2016
VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 011-2016/ COE-TC, del 25 de enero de 2016, sobre la solicitud de extradición activa a los Estados Unidos de América de la ciudadana peruana SARA SAAVEDRA ROBLES, formulada por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 04 de noviembre de 2015, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana SARA
SAAVEDRA ROBLES, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos contra la Administración Pública, en las modalidades de Peculado y Malversación de Fondos, en agravio del Estado (Expediente Nº 125-2015);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 011-2016/COE-TC, del 25 de enero de 2016, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición activa;

De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en la ciudad de Lima el 25 de julio del 2001 y vigente desde el 25 de agosto de 2003;

En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana SARA SAAVEDRA
ROBLES, formulada por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos contra la Administración Pública - en las modalidades de Peculado y Malversación de Fondos, en agravio del Estado y disponer su presentación por vía diplomática a los Estados Unidos de América de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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