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DECRETO SUPREMO N° 357-2016-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
12/22/2016
DECRETO SUPREMO N° 357-2016-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del pliego Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas DECRETO SUPREMO Nº 357-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, mediante Decreto
DECRETO SUPREMO Nº 357-2016-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 012:
Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 824 se constituyó la Comisión de Lucha contra el Consumo de Drogas, "Contradrogas", la misma que de conformidad con el artículo 2 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM, a partir de la vigencia del citado dispositivo su nueva denominación es Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -"DEVIDA";
Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2016-PCM
se aprueba la adscripción de organismos públicos y la modificación de la dependencia, adscripción o fusión de instancias de la Presidencia del Consejo de Ministros a diversos ministerios; aprobándose en el artículo 3 de la mencionada norma, la modificación de la dependencia o adscripción de Comisiones de la Presidencia del Consejo de Ministros a diversos Ministerios y Organismos Públicos, el cual en su literal d) dispone la adscripción de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro CODEVRAEM y la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en la Zonal del Huallaga CODEHUALLAGA a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;
Que, la Décima Tercera Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se requieran realizar como consecuencia de la fusión de direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos públicos y comisiones, así como las transferencias de funciones que se efectúen entre entidades del Poder Ejecutivo como parte de la reforma de la estructura del Estado, de acuerdo con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, mediante Oficio Nº 662-2016-DV-SG la Secretaria General de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, por especial encargo de su Presidenta Ejecutiva solicita una Transferencia de Partidas hasta por la suma de UN
MILLON CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS
607294 NORMAS LEGALES
Jueves 22 de diciembre de 2016 / El Peruano
CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 1 044 846,00) del pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros a favor del pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 061-2016-PCM; la misma que se encuentra sustentada en el Acta Nº 06
- Acta de Reunión de la Comisión de Transferencia para la Modificación de la Dependencia o Adscripción de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en la Zona del VRAEM - CODEVRAEM
y en la Zona del Huallaga - CODEHUALLAGA a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de fecha 25 de Octubre de 2016, en la cual la comisión encargada del proceso de transferencia acordó, entre otros, el monto de transferencia presupuestal, así como la estructura funcional programática a utilizar;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 272-2016-EF
se aprobaron medidas para la priorización de gasto público efectivo y el cumplimiento de metas fiscales en el año fiscal 2016, estableciéndose, entre otros, límites para autorización de compromisos en Sectores del Poder Ejecutivo, y mediante Decreto Supremo Nº 304-2016-EF se aprobaron disposiciones complementarias a dichas medidas; en ese sentido, resulta necesario para la aplicación de la presente norma, modificar los límites para autorización de compromisos de los pliegos involucrados en la misma, conforme a los montos que se aprueban en el presente decreto supremo;
Que, en el marco de lo antes señalado, el Director de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Oficio Nº 348-2016-PCM/OGPP, señala que cuenta con límites para autorización de compromisos, los cuales podrían ser asignados al pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;
Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de UN MILLON CUARENTA
Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y
00/100 SOLES (S/ 1 044 846,00) del pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros a favor del pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 061-2016-PCM y la Décima Tercera Disposición Transitoria del T exto Único Ordenado de la Ley Nº 28411;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Décima Tercera Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 061-2016-PCM;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de UN MILLON CUARENTA Y CUATRO
MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100
SOLES (S/ 1 044 846,00) del pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros a favor del pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 Secretaria General - PCM
En Soles
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000626 : Coordinación de Políticas, Programas Integrales e Intersectoriales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3. Bienes y Servicios 1 044 846,00
------------------- TOTAL EGRESOS 1 044 846,00
===========
A LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 012 : Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -
DEVIDA
UNIDAD EJECUTORA 001 : Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -
DEVIDA
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000626 : Coordinación de Políticas, Programas Integrales e Intersectoriales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3. Bienes y Servicios 1 044 846,00
------------------- TOTAL EGRESOS 1 044 846,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos, habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05)
días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Aplicación del Decreto Supremo Nº 272-2016-EF
La Transferencia de Partidas autorizada mediante el presente Decreto Supremo, se encuentra sujeta al límite para la autorización de compromisos aprobado para el Sector Presidencia del Consejo de Ministros mediante el Anexo del Decreto Supremo Nº 272-2016-EF y sus modificatorias.
Los titulares de los pliegos de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, realizarán las modificaciones a la desagregación de límites de gasto de sus respectivos pliegos, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 304-2016-EF.
607295 NORMAS LEGALES
Jueves 22 de diciembre de 2016
El Peruano / Artículo 5- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
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