12/06/2016

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 180-2016-CONCYTEC-P 605945 NORMAS LEGALES Martes 6 de diciembre de

Aprueban transferencia financiera a la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 180-2016-CONCYTEC-P Lima, 2 de diciembre de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 036- 2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 314 -2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los
Aprueban transferencia financiera a la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 180-2016-CONCYTEC-P
Lima, 2 de diciembre de 2016
VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 036- 2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 314
-2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 289-2016-CONCYTEC-OGPP y Nº 016-2016-CONCYTEC-OGAJ-CRT, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, modificada a través de la Resolución de Presidencia Nº 062-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016 -CONCYTEC-OGPP
"Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016" (en adelante, la Directiva);

Que, mediante Oficio Nº 314-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de una transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 419,249.38, a favor de los ganadores del Concurso del Esquema Financiera denominado EF
030 "Centros de Excelencia", Convocatoria 2015-II - Segunda Fase, y del Concurso del Esquema Financiero denominado E0 41 "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada", Convocatoria 2016-I, conforme a lo dispuesto en las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 085 y Nº 114-2016-FONDECYT-DE, respectivamente;

Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 036-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar una transferencia financiera por un monto total de S/ 67,540.00, a favor 605946 NORMAS LEGALES
Martes 6 de diciembre de 2016 / El Peruano de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco (S/ 67,540.00); así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 351,709.38, a favor de Hersil S.A.

Laboratorios Industriales Farmacéuticos (S/ 50,000.00), de la Central de Cooperativas Agrarias Cafetaleras de los Valles de Sandia Ltda. (S/ 49,980.00), de OVOSUR S.A. (S/ 50,000.00), de Camposol S.A. (S/ 49,584.75), de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (S/ 73,196.63), y de la Fundación San Marcos para el Desarrollo de la Ciencia y la Cultura (S/ 78,948.00), para cofinanciar los proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario Nº 0000000207 y Nº 0000001001, copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 085 y Nº 114-2016-FONDECYT-DE, y copia de los Convenios de Financiamiento Nº 018, Nº 019, Nº 120, Nº 123, Nº 124, Nº 125 y Nº 126-2016-FONDECYT;

Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 036-2016-FONDECYT-UPP-UAJ -USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados Convenios de Financiamiento, y en la normativa vigente sobre la materia;

Que, mediante Informe Nº 289-2016-CONCYTEC-OGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que la aprobación de la transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT se enmarcan en la Directiva y cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidas hasta por el importe total de S/ 419,249.38, con la cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 036-2016-FONDECYT
-UPP-UAJ-USM;

Que, el Informe Nº 016-2016-CONCYTEC-OGAJ-CRT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído Nº 028-2016 -CONCYTEC-OGAJ, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 036 -2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 289-2016-CONCYTEC-OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva;

Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT , del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar una transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por la suma total de S/ 419,249.38 (Cuatrocientos Diecinueve Mil Doscientos Cuarenta y Nueve y 38/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:

Nº Tipo de Cofinanciamiento Programa o proyecto Programa o proyecto Institución Monto aprobado S/ (En Soles)
Monto Total S/ (En Soles)
1
Transferencias Financieras Proyecto "Determinación del grado de corrosión y composición química de artefactos Inkas mediante métodos electroquímicos"
Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 67,540.00 67,540.00
2
subvenciones a personas jurídicas privadas Proyecto "Centro de Innovación en Productos Naturales del Perú (CEINPRONA)"
Hersil S.A. Laboratorios Industriales Farmacéuticos 50,000.00 50,000.00
Proyecto "Centro de Investigación e Innovación en Cafés de Excelencia"
Central de Cooperativas Agrarias Cafetaleras de los Valles de Sandia Ltda.

49,980.00 49,980.00
Proyecto "Centro de Investigación Agroindustrial" OVOSUR S.A. 50,000.00 50,000.00
Proyecto "Centro de Innovación Agroindustrial del Norte (CIAN)" Camposol S.A. 49,584.75 49,584.75
Proyecto "Modulación de la vía de NF-KB en células de pacientes Infectados por HTLV-1 como blanco para el tratamiento de paraparesia espástica tropical"
Universidad Peruana Cayetano Heredia 73,196.63 73,196.63
Proyecto "Un novedoso método en orina para el diagnóstico de Tuberculosis activa mediante la detección del Antígeno ESAT-6, utilizando nanopartículas de Hidrogel en pacientes con co-infección VIH
Fundación San Marcos para el Desarrollo de la Ciencia y la Cultura 78,948.00 78,948.00
Monto Total S/ 419,249.38
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC;
así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA ORJEDA
Presidente

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