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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 264-2016-PCM Declaran concluido proceso de efectivización de la
12/23/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 264-2016-PCM Declaran concluido proceso de efectivización de la
Declaran concluido proceso de efectivización de la transferencia de funciones sectoriales en materia ambiental y de ordenamiento territorial, a los Gobiernos Regionales del Callao, Huánuco, Arequipa y Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2016-PCM Lima, 19 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe Nº 256-2016-PCM/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias Sectoriales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2016-PCM
Lima, 19 de diciembre de 2016
VISTO:
El Informe Nº 256-2016-PCM/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias Sectoriales de la Presidencia del Consejo de Ministros, referido al proceso de transferencia de funciones sectoriales, comprendidas en el artículo 53, literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), de la Ley Nº 27867
- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia ambiental y de ordenamiento territorial, a los Gobiernos Regionales del Callao, Huánuco, Arequipa y Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 53 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902; establece las funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, objeto de transferencia a los Gobiernos Regionales;
Que, el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM - Decreto Supremo que aprueba el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos regionales y Locales del año 2009", y otras disposiciones para el desarrollo del proceso de descentralización; dispone que la transferencia de las funciones del artículo 53 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, referida a materia ambiental y de ordenamiento territorial, es responsabilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación con el Ministerio del Ambiente;
Que, la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD (aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD), la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD (aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD), la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD (aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/ SD), y la Directiva Nº 004-2009-PCM/SD (aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 059-2009-PCM/SD); establecen el procedimiento de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales que se encuentren previstos en los Planes Anuales de Transferencia;
607490 NORMAS LEGALES
Viernes 23 de diciembre de 2016 / El Peruano Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 085-2016-PCM, se conformó la Comisión Sectorial de Transferencia de competencias sectoriales de la Presidencia del Consejo de Ministros, presidida por el/la Secretario/a General de la Presidencia del Consejo de Ministros;
asimismo, se dispuso que la citada Comisión Sectorial de Transferencia cuente con el apoyo de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, actuando como Secretaría Técnica;
Que, la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente fue conformada mediante la Resolución Ministerial Nº 086-2009-MINAM, y modificatorias;
Que, tanto el Gobierno Regional del Callao, de Huánuco, de Arequipa y de Lima, conformaron sus Comisiones Regionales de Transferencia, mediante: (i) la Resolución Ejecutiva Regional Nº 190, y modificatoria; (ii) la Resolución Ejecutiva Regional Nº 554-2015-GRH/GR, y modificatorias; (iii) la Resolución Ejecutiva Regional Nº 217-2011-GRA/PR; y, (iv) la Resolución Ejecutiva Regional Nº 380-2007-PRES, respectivamente; encargadas de recibir las funciones sectoriales que transfieran los sectores del Gobierno Nacional;
Que, el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales con enfoque de Gestión Descentralizada de la Presidencia del Consejo de Ministros, de los años 2015 y 2016, fueron aprobados mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 050-2015-PCM y Nº 045-2016-PCM, y modificatoria, respectivamente; documentos que consideran acciones conducentes a la culminación del proceso de transferencia de funciones sectoriales comprendidas en el artículo 53 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia ambiental y de ordenamiento territorial;
Que, el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Ambiental Descentralizada del Ministerio del Ambiente, de los años 2015 y 2016, fueron aprobados mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 247-2015-MINAM y Nº 146-2016-MINAM, respectivamente;
Que, los Gobiernos Regionales del Callao, de Huánuco, de Arequipa y de Lima, fueron acreditados para la transferencia de las funciones sectoriales, referidas a los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), del artículo 53 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, mediante: (i) las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 018 y 054-2007-PCM/ SD, y Nº 002 y 018-2008-PCM/SD; (ii) la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2007-PCM/SD; (iii) las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 018 y Nº 044-2007-PCM/SD; y, (iv) la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 051-2007-PCM/SD, respectivamente;
Que, la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias Sectoriales de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y los Gobiernos Regionales del Callao, Huánuco, Arequipa y Lima, mediante sus respectivos representantes, han suscrito y visado las Actas de Entrega y Recepción, así como las Actas Sustentatorias Nº 1 al Nº 5, e Informe final; de acuerdo al procedimiento de transferencia de funciones sectoriales, según las Directivas emitidas por la Secretaría de Descentralización, antes mencionadas;
Que, corresponde emitir la resolución ministerial para comunicar que se está dando por concluida la transferencia de funciones sectoriales comprendidas en el artículo 53, literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia ambiental y de ordenamiento territorial, a los Gobiernos Regionales del Callao, Huánuco, Arequipa y Lima; de conformidad con las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 003 y 025-2007-PCM/SD, así como Nº 044-2008-PCM/SD y Nº 059-2009-PCM/SD, en lo que corresponda;
Con los vistos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales, comprendidas en el artículo 53, literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia ambiental y de ordenamiento territorial, a los Gobiernos Regionales del Callao, Huánuco, Arequipa y Lima.
Artículo 2.- Publicar la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano y, en la misma fecha, en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 153-2015-PCM, de fecha 12 de junio de 2015.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución ministerial a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias Sectoriales de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio del Ambiente, y a la Comisión Regional de Transferencia de los Gobiernos Regionales del Callao, Huánuco, Arequipa y Lima, para conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
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