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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2016-TR 605715 NORMAS LEGALES Sábado 3 de diciembre de 2016 El
12/03/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2016-TR 605715 NORMAS LEGALES Sábado 3 de diciembre de 2016 El
Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2016-TR Lima, 2 de diciembre de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 1068-2016-MTPE/4.9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico Nº 085-2016-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización y el Informe Nº 3127-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2016-TR
Lima, 2 de diciembre de 2016
VISTOS: El Oficio Nº 1068-2016-MTPE/4.9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico Nº 085-2016-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización y el Informe Nº 3127-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la eliminación o simplificación de los procedimientos podrán aprobarse por resolución ministerial;
Que, asimismo, el numeral 38.5 del artículo 38 de la referida Ley, establece que toda modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o de requisitos, se debe realizar por resolución ministerial del Sector;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 016-2006-TR se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 107-2007-TR, Nº 285-2007-TR, Nº 055-2008-TR, Nº 127-2008-TR, Nº 192-2008-TR, Nº 323-2008-TR, Nº 021-2010-TR,
Nº 262-2010-TR, Nº 014-2011-TR, Nº 029-2013-TR, Nº 089-2013-TR, Nº 107-2013-TR, Nº 249-2014-TR y Nº 009-2016-TR, y los Decretos Supremos Nº 010-2009-TR
y Nº 010-2012-TR;
Que, el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el principio de simplicidad, por el cual los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1246, aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, estableciendo en el artículo 5, la prohibición de la exigencia de cierta documentación a los administrados o usuarios, en el marco de un procedimiento o trámite administrativo;
Que, asimismo, lo dispuesto en la Tercera, Cuarta y Quinta Disposición Complementaria Modificatoria y la Única Disposición Complementaria Derogatoria, de la norma citada en el párrafo anterior, conlleva a la eliminación y modificación de procedimientos administrativos del TUPA;
Que, la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en coordinación con los Órganos y Unidades Orgánicas de la entidad, ha procedido a identificar el sustento legal de cada procedimiento y evaluar los requisitos que deben cumplir los administrados para la tramitación de cada procedimiento; así como, evaluar si los requisitos establecidos por cada trámite son necesarios, aportan valor y suministran información indispensable al objetivo del trámite;
Que, mediante el Oficio Nº 1068-2016-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto adjunta el Informe Técnico Nº 085-2016-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización, que propone la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el sentido de eliminar veinticuatro (24) procedimientos administrativos consignados en los numerales Nº 16, Nº 19, Nº 24, Nº 26, Nº 28, Nº 38, Nº 43, Nº 57, Nº 71, Nº 72, Nº 73, Nº 74, Nº 84, Nº 87, Nº 93, Nº 108, Nº 109, Nº 110, Nº 111, Nº 112, Nº 113, Nº 114, Nº 115 y Nº 116;
eliminar requisitos innecesarios y prohibidos en dieciocho (18) procedimientos administrativos consignados en los numerales Nº 1, Nº 8, Nº 18, Nº 33, Nº 42, Nº 46,
Nº 53, Nº 55, Nº 58, Nº 61, Nº 70, Nº 78, Nº 81, Nº 85, Nº 86, Nº 94, Nº 98 y Nº 99; reducir plazos de atención en dos (2) procedimientos administrativos consignados en los numerales Nº 39 y Nº 81; fusionar doce (12)
procedimientos administrativos consignados en los numerales Nº 15 y Nº 16, Nº 18 y Nº 19, Nº 23 y Nº 24, Nº 25 y Nº 26, Nº 27 y Nº 28, Nº 42 y Nº 43; y reducir costos en cuatro (4) procedimientos administrativos consignados en los numerales Nº 4, Nº 48, Nº 86 y Nº 70;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Secretario General, de las Oficinas Generales de la Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d del artículo 7 del Reglamento de Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; el Decreto Legislativo Nº 1246 y en el marco del enunciado del numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- De la modificación Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- De la eliminación de procedimientos Elimínese veinticuatro (24) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominados: 16) Comunicación de reforma de Estatutos de las Federaciones y Confederaciones, de la nómina de la representación sindical y de sus cambios que en éstas se produzcan, 19) Inscripción de Federaciones y Confederaciones, 24) Registro de Federaciones o Confederaciones de Servidores Públicos, ante el ROSSP, 26) Registro de Juntas Directivas para Federaciones y Confederaciones de Servidores Públicos (ROSSP), 28)
Registro de Modificaciones de Estatutos de Federaciones y Confederaciones de Servidores Públicos (ROSSP), 38)
Registro de contratos de trabajo sujetos a modalidad, 43)
Aprobación de Prorroga o Modificaciones del Contrato de Trabajo del personal extranjero, 57) Observación del trabajador a la liquidación de la compensación por tiempo de servicios, efectuada por el empleador, 71) Solicitud de Pensión de Cesantía, 72) Solicitud de Pensión de Sobrevivientes - Viudez, 73) Solicitud de Pensión de Sobrevivientes - Orfandad, 74) Solicitud de Pensión de Sobrevivientes - Ascendientes, 84) Comunicación de la apertura de sucursales, oficinas, centros de trabajo u otros establecimientos y de desarrollo de actividades, de las entidades que desarrollan actividades de Intermediación Laboral, 87) Presentación de la declaración jurada en la que debe constar la nómina de trabajadores destacados en la empresa usuaria; para el caso de las Cooperativas de Trabajadores, 93) Comunicación de interposición de las demandas laborales por incumplimiento del pago de derechos y beneficios por parte de las entidades de intermediación laboral, 108) Autorización, Registro y Prórroga de convenios de Jornada Formativa en Horario Nocturno, 109) Registro y Prórroga de Convenio de Aprendizaje, 110) Registro y prórroga de Convenios de Prácticas Profesionales, 111) Registro y prórroga de Convenios de Capacitación Laboral Juvenil, 112) Registro y prórroga de Convenio de Pasantía, 113) Registro y Prórroga de Convenios de la Actualización para la Reinserción Laboral, 114) Registro de Programa Anual de Capacitación Laboral Juvenil, 115) Registro de Programa Extraordinario de Capacitación Laboral Juvenil y 116)
Registro del Plan de Actualización para la Reinserción Laboral y de sus modificaciones.
605716 NORMAS LEGALES
Sábado 3 de diciembre de 2016 / El Peruano Artículo 3.- De la eliminación de requisitos Elimínese los requisitos innecesarios y prohibidos en dieciocho (18) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominados:
1) Inscripción en el Registro Nacional de Empresas Administradoras y Empresas Proveedoras de Alimentos, 8) Solicitud de entrega del expediente de negociación colectiva al Árbitro Unipersonal o Presidente del Tribunal Arbitral, 18) Inscripción en el Registro de sindicatos, 33) Autorización de planillas de pago en libros u hojas sueltas, 42) Aprobación de Contrato de Trabajo de Personal Extranjero, 46) Designación de representantes de créditos laborales ante la Junta de Acreedores de deudores sometidos al procedimiento concursal, 53)
Verificación de cierre de centro de trabajo, 55) Verificación de despido arbitrario, 58) Otorgamiento de la constancia de cese, 61) Autorización de trabajo para adolescentes, 70) Acceso a la Información que poseen o producen los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, 78) Fraccionamiento y/o Aplazamiento de la deuda, 81) Inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral, 85) Renovación de Inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral, 86) Presentación de contratos de locación de servicios celebrados con las empresas usuarias, 94)
Inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad, 98) Comunicación de remanente de utilidades y 99) Inscripción en el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo; conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial.
Artículo 4.- De la reducción de costos Redúzcase los costos en cuatro (4) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominados: 41) Registro de Contratos de trabajo sujeto a modalidad, de personas naturales o jurídicas que desarrollan cultivos o crianza con excepción de la avicultura, la agroindustria y la industria forestal, 48) Registro de Contratos de trabajo de trabajadores destacados de empresas y entidades que realizan actividades de Intermediación Laboral - Presentación extemporánea, 86) Presentación de contratos de locación de servicios celebrados con las empresas usuarias- Presentación Extemporánea y 70)
Acceso a la información que poseen o producen los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo- c) Copia certificada por cara y d) Por medios físicos o magnéticos (CD);
conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial Artículo 5.- De la reducción de plazos Redúzcase los plazos de atención de dos (2)
procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominados:
39) Aprobación de contratos de trabajo del régimen de exportación no tradicional y 81) Inscripción en el Registro Nacional de Empresas y entidades que realizan actividades de Intermediación Laboral; conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial.
Artículo 6.- De la fusión de procedimientos Fusiónese doce (12) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominados: 15) Comunicación de reforma de los Estatutos de la Organización Sindical, de la nómina de la Junta Directiva y de los cambios que en ella se produzcan, 16) Comunicación de reforma de Estatutos de las Federaciones y Confederaciones, de la nómina de la representación sindical y de sus cambios que en éstas se produzcan, 18) Inscripción en el registro de sindicatos, 19) Inscripción de Federaciones y Confederaciones, 23)
Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos (ROSSP) y Mixtos, 24) Registro de Federaciones o Confederaciones de Servidores Públicos, ante el ROSSP , 25) Registro de Juntas Directivas para Sindicatos de Servidores Públicos o cambios que en ella se produzcan (ROSSP), 26) Registro de Juntas Directivas para Federaciones y Confederaciones de Servidores Públicos (ROSSP), 27) Registro de modificación de Estatutos de Sindicatos de Servidores Públicos. (ROSSP), 28)
Registro de modificación de Estatutos de Federaciones y Confederaciones de Servidores Públicos (ROSSP), 42) Aprobación de Contrato de Trabajo de Personal Extranjero y 43) Aprobación de prórroga o modificaciones del contrato de trabajo de personal extranjero; conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial.
Artículo 7.- De la publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe)
y en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción, el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1460073
{E}TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Secretaria Ejecutiva del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 992-2016 MTC/01.02
Lima, 1 de diciembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2000-MTC se aprobó el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, cuyo Texto Único Ordenado se aprobó por Decreto Supremo
Nº 024-2002-MTC;
Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, modificada por Decreto Supremo Nº 034-2011-MTC, conformó el Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que estará administrado por un Comité de Administración, el cual contará con una Secretaría Ejecutiva;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2004-MTC
se aprobó el Reglamento del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, estableciendo en su artículo 9, literal a), como una de las funciones del Comité, proponer la designación del Secretario Ejecutivo; disponiendo en su artículo 10, que la Secretaría Ejecutiva estará dirigida por un Secretario Ejecutivo designado mediante Resolución Ministerial;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 458-2012-MTC/02 de fecha 23 de agosto de 2012, se encargó al señor Fernando Javier Mateo Yataco las funciones de Secretario Ejecutivo del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
605717 NORMAS LEGALES
Sábado 3 de diciembre de 2016
El Peruano / Que, la Resolución Ministerial Nº 893-2016-MTC/01.04 de fecha 31 de octubre de 2016, en su artículo 1, dio por concluida la designación del señor Fernando Javier Mateo Yataco, al cargo público de confianza de Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración;
Que, con el Memorándum Nº 967-2016-MTC/10, la Directora General de la Oficina General de Administración, manifiesta que mediante Acta Nº 03-2016, de fecha 14 de noviembre de 2016, el Comité de Administración del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, acordó la designación de la señora Ana Clery Carrasco Barboza, como Secretaria Ejecutiva del referido Fondo;
Que, en consecuencia, debe disponerse la designación de la persona propuesta como Secretaria Ejecutiva del referido Fondo;
De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 29370 y Nº 27594 y los Decretos Supremos Nº 024-2004-MTC y Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a la señora ANA CLERY
CARRASCO BARBOZA como Secretaria Ejecutiva del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 458-2012-MTC/02, de fecha 23 de agosto de 2012.
Artículo 3.- Notifíquese la presente Resolución Ministerial al Comité de Administración del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como a la señora Ana Clery Carrasco Barboza, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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