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RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 5050-2016-MP-FN Conforman Equipo Especial de Fiscales,
1/03/2017
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 5050-2016-MP-FN Conforman Equipo Especial de Fiscales,
Conforman Equipo Especial de Fiscales, para que se avoquen a las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 5050-2016-MP-FN Lima, 26 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Los graves actos de corrupción que son de conocimiento público, referidos a los sobornos que habrían realizado desde hace varios años la empresa brasileña ODEBRECHT y otras, para ser favorecidas en diversas licitaciones de obras públicas realizadas en el territorio nacional. La
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 5050-2016-MP-FN
Lima, 26 de diciembre de 2016
CONSIDERANDO:
Los graves actos de corrupción que son de conocimiento público, referidos a los sobornos que habrían realizado desde hace varios años la empresa brasileña ODEBRECHT y otras, para ser favorecidas en diversas licitaciones de obras públicas realizadas en el territorio nacional.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, prescribe que cada Estado Parte otorgará los recursos materiales y el personal especializado que sean necesarios para el desempeño de sus funciones en la lucha contra la corrupción.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional señala que cada Estado Parte, en la medida en que proceda y sea compatible con su ordenamiento jurídico, adoptará medidas eficaces para prevenir, detectar y castigar la corrupción de funcionarios públicos.
La Convención Interamericana contra la Corrupción establece en su artículo segundo que, corresponde a cada Estado Parte promover y fortalecer el desarrollo de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción.
El Ministerio Público, como titular del ejercicio de la acción penal, de acuerdo a la Constitución Política del Perú, es quien conduce desde su inicio la investigación del delito.
En ese contexto, artículo 80ºA de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Legislativo Nº052, faculta al Fiscal de la Nación a designar un Equipo de Fiscales Provinciales y Adjuntos Provinciales para que se avoquen a la investigación preliminar y participen en el proceso penal, cuando las circunstancias lo requieran y por la complejidad que presenten los casos.
Dada la magnitud y trascendencia de los hechos antes mencionados, se hace necesario la conformación y designación de un Equipo Especial que se avoque en forma exclusiva al conocimiento de los casos antes señalados, los mismos que al comprender diversas formas delictivas, debe ser integrado por fiscales de diversas especialidades.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Conformar un Equipo Especial de Fiscales, para que se avoquen a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habrían incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, las mismas que estarán dirigidas por el Fiscal Provincial del Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios a cargo del doctor Hamilton Castro Trigoso.
Artículo Segundo.- Disponer que el Equipo Especial de Fiscales estará integrado por Fiscales Provinciales y Adjuntos Provinciales a propuesta del Fiscal Provincial del Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
Este Equipo Especial contará con el apoyo de personal administrativo del sistema fiscal, peritos, analistas, traductores y otros, en número suficiente de acuerdo a los hechos materia de investigación, y el apoyo logístico necesario para el debido cumplimiento de sus funciones.
Artículo Tercero.- Disponer que el Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos 38 NORMAS LEGALES
Martes 3 de enero de 2017 / El Peruano de Corrupción de Funcionarios realice un inventario a nivel nacional sobre los casos que tendrían vinculación con estos hechos, a efectos de adoptarse las medidas más apropiadas, con arreglo a la estrategia de investigación fiscal y disposición de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº1423-2015-MP-FN.
Para tal efecto, se dispone que todos los Fiscales del Subsistema Especializado Anticorrupción y de los demás Subsistemas Especializados comuniquen, a través de los Fiscales Coordinadores Nacionales, en el término de la distancia, los casos que guarden conexión con los hechos descritos en la presente resolución, bajo responsabilidad funcional.
Artículo Cuarto.- Disponer que la carga procesal del Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con excepción de los casos de Pérdida de Dominio y/o Decomiso que conoce actualmente, sea reasignado a los otros despachos Fiscales del Subsistema Anticorrupción, a través de la Fiscalía Superior Nacional Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento de la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, a la Fiscalía Suprema de Control Interno, al Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, al Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, al Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, al Fiscal Provincial del Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Jefe de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones, y a la Gerencia General.
Regístrese y comuníquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
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