Inicio
Interior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1812-2016-IN Aprueban Plan Estratégico Institucional - PEI 2017 - 2019
1/04/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1812-2016-IN Aprueban Plan Estratégico Institucional - PEI 2017 - 2019
Aprueban Plan Estratégico Institucional - PEI 2017 - 2019 del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1812-2016-IN Lima, 29 de diciembre de 2016 VISTOS: El Informe Nº 000850-2016/IN/DGPP/ DPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; el Informe Técnico Nº 47-2016-CEPLAN/DNCP-FI, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN; el Oficio Nº 004682-2016/ IN/DGPP, de la Dirección General de Planificación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1812-2016-IN
Lima, 29 de diciembre de 2016
VISTOS: El Informe Nº 000850-2016/IN/DGPP/ DPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto;
el Informe Técnico Nº 47-2016-CEPLAN/DNCP-FI, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN; el Oficio Nº 004682-2016/ IN/DGPP, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; y, el Informe Nº 002005-2016/IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, en el numeral 1 del artículo 25º de la citada Ley dispone que los Ministros de Estado tienen entre sus funciones, la de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación;
y asignar los recursos necesarios para su ejecución dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM);
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2014-CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, en cuyo artículo 17º establece que el Plan Estratégico Institucional (PEI) es el documento elaborado por las entidades de la Administración Pública y que se redacta en la Fase Institucional, y utiliza la información generada en la Fase Estratégica del sector al que pertenece o del territorio al que está vinculado. Este documento desarrolla las acciones estratégicas de la entidad para el logro de los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Sectorial Multianual-PESEM o Plan de Desarrollo Concertado-PDC, según sea el caso; precisa que el PEI contiene la síntesis de la fase estratégica, la misión, los objetivos estratégicos institucionales, indicadores, metas anuales, las acciones estratégicas y la ruta estratégica;
Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, que aprueba el "Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021", dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el citado Plan;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1805-2016-IN, del 29 de diciembre de 2016, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021, el cual fue elaborado sobre la información generada en la Fase de Análisis Prospectivo y se articula con las políticas y prioridades de gestión del Gobierno peruano, así como con los objetivos del Plan de Desarrollo Nacional denominado Plan Bicentenario;
Que, a través del Informe Nº 000850-2016/IN/DGPP/ DPP, del 23 de diciembre de 2016, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto propone el proyecto de Plan Estratégico Institucional 2017-2019 del Ministerio del Interior, para opinión técnica de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN;
Que, mediante Informe Técnico Nº 47-2016-CEPLAN/ DNCP-FI, del 27 de diciembre de 2016, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, comunica que el Plan Estratégico Institucional - PEI 2017-2019 del Ministerio del Interior, cumple con 17 NORMAS LEGALES
Miércoles 4 de enero de 2017
El Peruano / lo establecido en la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico y sus modificaciones, emitida por CEPLAN;
Que, la propuesta de Plan Estratégico Institucional 2017-2019 del Ministerio del Interior ha sido validada por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, mediante Oficio Nº 004682-2016/IN/DGPP, del 28 de diciembre de 2016;
Que, el Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 del Ministerio del Interior, elaborado a través de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto es un documento que se articula con el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021, y recoge los lineamientos dispuestos en el Plan de Gobierno, el discurso dado por el Presidente Constitucional del Perú el 28 de julio de 2016, el discurso de Investidura del Primer Ministro ante el Congreso de la República y las acciones para los primeros 100 días de gestión del gobierno, así como a los Objetivos de Desarrollo Sostenible;
Con la visación del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, del Despacho Viceministerial de Orden Interno, de la Secretaría General, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el "Plan Estratégico Institucional - PEI 2017-2019 del Ministerio del Interior" el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Planificación y Presupuesto la difusión, el seguimiento y la evaluación del Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 del Ministerio del Interior.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", así como la publicación de la Resolución y su Anexo en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)