1/04/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1812-2016-IN Aprueban Plan Estratégico Institucional - PEI 2017 - 2019

Aprueban Plan Estratégico Institucional - PEI 2017 - 2019 del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1812-2016-IN Lima, 29 de diciembre de 2016 VISTOS: El Informe Nº 000850-2016/IN/DGPP/ DPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; el Informe Técnico Nº 47-2016-CEPLAN/DNCP-FI, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN; el Oficio Nº 004682-2016/ IN/DGPP, de la Dirección General de Planificación
Aprueban Plan Estratégico Institucional - PEI 2017 - 2019 del Ministerio del Interior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1812-2016-IN
Lima, 29 de diciembre de 2016
VISTOS: El Informe Nº 000850-2016/IN/DGPP/ DPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto;
el Informe Técnico Nº 47-2016-CEPLAN/DNCP-FI, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN; el Oficio Nº 004682-2016/ IN/DGPP, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; y, el Informe Nº 002005-2016/IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, en el numeral 1 del artículo 25º de la citada Ley dispone que los Ministros de Estado tienen entre sus funciones, la de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación;
y asignar los recursos necesarios para su ejecución dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM);

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2014-CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, en cuyo artículo 17º establece que el Plan Estratégico Institucional (PEI) es el documento elaborado por las entidades de la Administración Pública y que se redacta en la Fase Institucional, y utiliza la información generada en la Fase Estratégica del sector al que pertenece o del territorio al que está vinculado. Este documento desarrolla las acciones estratégicas de la entidad para el logro de los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Sectorial Multianual-PESEM o Plan de Desarrollo Concertado-PDC, según sea el caso; precisa que el PEI contiene la síntesis de la fase estratégica, la misión, los objetivos estratégicos institucionales, indicadores, metas anuales, las acciones estratégicas y la ruta estratégica;

Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, que aprueba el "Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021", dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el citado Plan;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1805-2016-IN, del 29 de diciembre de 2016, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021, el cual fue elaborado sobre la información generada en la Fase de Análisis Prospectivo y se articula con las políticas y prioridades de gestión del Gobierno peruano, así como con los objetivos del Plan de Desarrollo Nacional denominado Plan Bicentenario;

Que, a través del Informe Nº 000850-2016/IN/DGPP/ DPP, del 23 de diciembre de 2016, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto propone el proyecto de Plan Estratégico Institucional 2017-2019 del Ministerio del Interior, para opinión técnica de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN;

Que, mediante Informe Técnico Nº 47-2016-CEPLAN/ DNCP-FI, del 27 de diciembre de 2016, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, comunica que el Plan Estratégico Institucional - PEI 2017-2019 del Ministerio del Interior, cumple con 17 NORMAS LEGALES
Miércoles 4 de enero de 2017
El Peruano / lo establecido en la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico y sus modificaciones, emitida por CEPLAN;

Que, la propuesta de Plan Estratégico Institucional 2017-2019 del Ministerio del Interior ha sido validada por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, mediante Oficio Nº 004682-2016/IN/DGPP, del 28 de diciembre de 2016;

Que, el Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 del Ministerio del Interior, elaborado a través de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto es un documento que se articula con el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021, y recoge los lineamientos dispuestos en el Plan de Gobierno, el discurso dado por el Presidente Constitucional del Perú el 28 de julio de 2016, el discurso de Investidura del Primer Ministro ante el Congreso de la República y las acciones para los primeros 100 días de gestión del gobierno, así como a los Objetivos de Desarrollo Sostenible;

Con la visación del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, del Despacho Viceministerial de Orden Interno, de la Secretaría General, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el "Plan Estratégico Institucional - PEI 2017-2019 del Ministerio del Interior" el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Planificación y Presupuesto la difusión, el seguimiento y la evaluación del Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 del Ministerio del Interior.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", así como la publicación de la Resolución y su Anexo en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior

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