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RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y
3/17/2017
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 014-2017-OS/GRT Lima, 14 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el principio de participación previsto en el Artículo IV, numeral 1.12, del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades permitirán la posibilidad de participación de los administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones públicas que les puedan afectar,
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 014-2017-OS/GRT
Lima, 14 de marzo de 2017
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el principio de participación previsto en el Artículo IV, numeral 1.12, del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades permitirán la posibilidad de participación de los administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones públicas que les puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusión, el servicio de acceso a la información y la presentación de opinión;
Que, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 16.3 de la Norma "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas", aprobada mediante Resolución Osinergmin Nº 187-2014-OS/CD, luego de presentadas las propuestas de Costos Estándares Unitarios por parte de las Distribuidoras Eléctricas, Osinergmin las revisará y procederá a publicar el proyecto de resolución;
Que, en atención a lo señalado en los considerandos precedentes, corresponde publicar el proyecto de resolución que aprueba los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del Programa FISE;
Que, se ha emitido el Informe Técnico Nº 0124-2017-GRT elaborado por la División de Distribución Eléctrica y el Informe Legal Nº 123-2017-GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM; y en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de resolución que aprueba los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del Programa FISE, que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Definir un plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas (GRT) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá Nº 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico Nº 224-0491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: distribucionelectrica@osinergmin. gob.pe La recepción de las opiniones y/o sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra.
Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios hasta las 18:00 horas.
Artículo 3º.- Encargar a la División de Distribución Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas el análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de resolución a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución.
Artículo 4º.- La presente Resolución y su Anexo deberán ser publicadas en el diario oficial El Peruano, y consignadas, conjuntamente con los Informes Nº 0124-2017-GRT y Nº 123-2017-GRT, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe.
VICTOR ORMEÑO SALCEDO
Gerente Gerencia de Regulación de Tarifas
ANEXO
{N}RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN Nº XXX-2017-OS/GRT
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29852 creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3º un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg;
Que, las Empresas Distribuidoras Eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley Nº 29852, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, participan en la implementación del mecanismo de descuento; para tal fin, se dispone que Osinergmin establezca los costos administrativos y operativos en que incurran estas empresas para el cumplimiento de las funciones asignadas en dichas normas, debiendo estos costos ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador;
{G}PROYECTO
{G}ORGANISMOS REGULADORES
{E}ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen la publicación del proyecto de resolución que aprueba los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del Programa FISE
34
Viernes 17 de marzo de 2017 / El Peruano Que, mediante Resolución Osinergmin Nº 187-2014-OS/CD se aprobó la norma "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas", en base a la cual se reconocen los costos en que incurren las Empresas de Distribución Eléctrica (en adelante "Norma Costos FISE") y en cuyo Artículo 14.1 se dispone que los Costos Estándares Unitarios considerarán las diferentes condiciones que las empresas desarrollan en sus actividades relacionadas con el Programa FISE y se estructurarán como costos eficientes que se reconocerán para cada una de dichas actividades;
Que, si bien la aprobación de Costos Estándares Unitarios se prevé en la referida norma para una vigencia de dos años, sin embargo por efecto del Decreto Supremo 033-2016-EM, publicado el 16 de diciembre del 2016, tratándose de empresas concesionarias de propiedad del Estado, el Encargo Especial que han recibido para las actividades operativas de la compensación social y promoción para el acceso al GLP , concluye el 31 de diciembre del 2018; en consecuencia, sin exceder los límites del plazo previsto en la Norma Costos FISE, la nueva fijación debe establecerse para el periodo comprendido entre el 16 de mayo del 2017
y 16 de mayo del 2019 o cuando concluya el Encargo Especial, según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de propiedad del Estado, respectivamente.
Que, mediante la Resolución Nº 012-2015-OS/ GRT se aprobaron los Costos Estándares Unitarios aplicables hasta el 15 de mayo del 2017, siendo necesaria la aprobación de los Costos Estándares Unitarios para el periodo siguiente, según los plazos indicados en el considerando precedente;
Que, en cumplimiento de lo previsto en el numeral 15.1 de la Norma Costos FISE, diversas empresas han presentado su propuesta de Costos Estándares Unitarios. Por su parte, la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin procedió a revisar, analizar y sistematizar la información recibida, habiendo determinado los Costos Estándares Unitarios que corresponde ser aprobados para cada una de las Empresas Distribuidoras Eléctricas;
Que, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 16.3 de la Norma Costos FISE, mediante Resolución Osinergmin Nº .....-2017-OS/GRT, se dispuso la publicación en el diario oficial El Peruano y en la página web de Osinergmin, del proyecto de resolución que aprueba los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del FISE; estableciéndose en dicha resolución un plazo de diez días hábiles para que los interesados remitieran sus opiniones y sugerencias sobre el referido proyecto;
Que, los comentarios y sugerencias presentados han sido analizados en los Informes Nº .... y ......-2017-GRT, habiéndose acogido aquellos que contribuyen con el objetivo de la presente resolución, correspondiendo la aprobación final de los Costos Estándares Unitarios;
Que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 14.1 de la Norma Costos FISE, para el reconocimiento de las actividades vinculadas con el Programa FISE, con excepción de Desplazamiento de Personal y Actividades Extraordinarias, Osinergmin aprobará los Costos Estándares Unitarios de cada una de las Zonas de Atención FISE a que se refiere el Artículo 5º de la citada norma, los cuales serán aplicables a cada Empresa Distribuidora Eléctrica;
Que, finalmente se han emitido el Informe Técnico Nº ....-2017-GRT y el Informe Legal Nº ....-2017-GRT de la División de Distribución Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, respectivamente, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3º, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM; y en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del FISE, de acuerdo al detalle contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- La presente resolución será vigente para el periodo comprendido entre el 16 de mayo del 2017 y 16 de mayo del 2019 o cuando concluya el Encargo Especial asignado a las empresas estatales, según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de distribución de energía eléctrica del Estado, respectivamente.
Artículo 3º.- La presente resolución y su Anexo deberán ser publicados en el diario oficial El Peruano y consignados conjuntamente con los Informes Nº 0124-2017-GRT y Nº 123-2017-GRT en la página web de
OSINERGMIN.
ANEXO
COSTOS ESTÁNDARES UNITARIOS POR ZONA DE
ATENCIÓN FISE
1. Zona Rural Costos Estándares Unitarios Fijado para zona Rural (Soles)
Empresa
FISE-14A
Costo Unitario por Empadronamiento Costo Unitario por Agente GLP
Adinelsa 9.25 32.60
Chavimochic 2.66 0.00
Eilhicha 2.55 164.04
Electro Dunas 1.74 26.00
Electro Oriente Amazonas Cajamarca 1.79 73.55
Electro Oriente Loreto 3.58 197.50
Electro Oriente San Martín 3.42 0.00
Electro Pangoa 2.24 14.00
Electro Puno 8.72
Electro Puno Sandia 8.72
Electro Sur Este 8.69 39.45
Electro Sur Este Chumbivilcas 14.79 52.45
Electrocentro 9.41 261.00
Electronoroeste 10.04 100.00
Electronorte 9.39 164.36
Emseusac 0.01 0.00
Hidrandina 10.48 245.44
Seal 7.75
Seal Condesuyos 12.92
{G}PROYECTO
35
Viernes 17 de marzo de 2017
El Peruano / Costos Estándares Unitarios Operativos - Mensual: Zona Rural (Soles)
Empresa
FISE-14B
Costo Unitario por Impresión de Vales Costo Unitario por Reparto de Vales a Domicilio Costo Unitario por Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica Costo Unitario por Canje y Liquidación de Vales Físicos Costo Unitario por Canje de Vales Digitales mediante Banca Celular Costo Unitario por Atención Costo Total por Gestión Administrativa Adinelsa 0.20 0.29 0.29 0.25 0.80 1.11 8,130.00
Chavimochic 0.10 0.12 0.13 0.00 0.80 0.06 0.00
Eilhicha 0.06 0.80 4,994.30
Electro Dunas 0.18 0.24 0.80 0.12 0.00
Electro Oriente Amazonas Cajamarca 0.07 0.33 0.12 0.80 0.06 19,536.66
Electro Oriente Loreto 0.07 0.60 0.80 2,133.49
Electro Oriente San Martín 0.08 0.46 0.80 0.00
Electro Pangoa 0.10 0.16 0.13 0.03 0.80 0.06 0.00
Electro Puno 0.05 0.60 0.08 0.80 16,997.92
Electro Sur Este 0.12 0.00 0.06 0.00 0.80 23,023.15
Electrocentro 0.02 0.60 0.59 0.80 1.24 30,704.49
Electronoroeste 0.15 0.29 0.07 0.80 1.24 45,034.73
Electronorte 0.12 1.20 0.02 0.80 1.11 28,749.24
Emseusac 0.80 0.00
Hidrandina 0.10 1.44 0.20 0.80 1.09 72,084.51
Seal 0.06 0.06 0.80 0.00
2. Zona Urbano Provincias Costos Estándares Unitarios Fijado para zona Urbano Provincia (Soles)
Empresa
FISE-14A
Costo Unitario por Empadronamiento Costo Unitario por Agente GLP
Chavimochic 1.62 7.77
Coelvisac 4.19 75.00
Electro Dunas 1.74 26.00
Electro Oriente Amazonas Cajamarca 0.30 20.00
Electro Oriente Loreto 3.00 53.00
Electro Oriente San Martín 2.30 18.50
Electro Pangoa 2.24 14.00
Electro Puno 8.12
Electro Sur Este 7.80 39.49
Electro Sur Este Chumbivilcas 7.80 52.45
Electro Tocache 0.65 40.00
Electro Ucayali 5.19 16.25
Electrocentro 8.28 261.00
Electronoroeste 8.86 70.00
Electronorte 7.59 164.36
Electrosur 0.77 20.50
Emseusac 0.00 14.00
Hidrandina 10.36 245.44
Luz del Sur 8.87
Seal 7.75 33.24
Sersa 1.82 2.31
{G}PROYECTO
36
Viernes 17 de marzo de 2017 / El Peruano
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