3/18/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0068-2017-JUS Delegan facultades en el Presidente del Consejo Nacional

Delegan facultades en el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, durante el Año Fiscal 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0068-2017-JUS Lima, 17 de marzo de 2017 VISTOS, el Oficio Nº 0144-2017-INPE/01 del Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario; el Oficio Nº 470-2017-JUS/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 282-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Delegan facultades en el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, durante el Año Fiscal 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0068-2017-JUS
Lima, 17 de marzo de 2017
VISTOS, el Oficio Nº 0144-2017-INPE/01 del Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario; el Oficio Nº 470-2017-JUS/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 282-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, el Despacho Ministerial está a cargo del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, quien es la más alta autoridad política y ejecutiva del Sector Justicia y Derechos Humanos y es el Titular del Pliego Presupuestal;

Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, dispone que el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario constituye la más alta autoridad de la entidad y ejerce las facultades ejecutivas según lo establecido por el Código de Ejecución Penal, su Reglamento y demás normas legales conexas, quien además es titular del pliego presupuestal;

Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 se aprueba el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2017
a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, agrupados en Gobierno Central e instancias descentralizadas; y con Resolución Presidencial Nº 462-2016-INPE/P, el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario, aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2017 del Pliego Instituto Nacional Penitenciario;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, responsable en materia presupuestaria, facultando a dicha Autoridad a delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo disponga expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable con el delegado;

Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1252 señala que el Ministro o las más alta autoridad ejecutiva del Sector, Gobierno regional o Gobierno Local, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas el Programa Multianual de Inversiones Sectorial Regional o Local según corresponda antes del 30 de marzo de cada año y lo aprueba conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Que, el literal g) del artículo 6 del Reglamento de Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2017-EF señala que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, en los Gobiernos Regionales, es el Gobernador Regional y en los Gobiernos Locales es el Alcalde. Correspondiéndole, en el caso del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Ministro, "autorizar la ejecución de las inversiones de su Sector, y la elaboración de expedientes técnicos o equivalente. Dicha autorización se entiende ya realizada respecto a los proyectos aprobados en la Ley de Presupuesto o en el Presupuesto Institucional Modificado. Estas competencias pueden ser objeto de delegación";

Que, asimismo el numeral 7.6 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2011-EF-68.01, dispone que son funciones y responsabilidades del Órgano Resolutivo, entre otras, la autorización de elaboración de expedientes técnicos o estudios definitivos, así como la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública - PIP declarados viables, pudiendo realizar ambas autorizaciones en un solo acto, señalando además que los proyectos viables aprobados en su Presupuesto Institucional de Apertura se consideran ya autorizados y por lo tanto no requieren una autorización expresa, salvo para aquellos PIP que implican modificación presupuestaria, agregando la norma acotada que esta función puede ser objeto de delegación;

Que, para agilizar la implementación de las políticas penitenciarias del Instituto Nacional Penitenciario, aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 0419-2007-JUS, es conveniente delegar en el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario, la facultad de autorizar la elaboración de expedientes técnicos o equivalentes que no sean de competencia de la Oficina de Gestión de Inversiones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables no aprobados en el Presupuesto Institucional de Apertura del Instituto Nacional Penitenciario, pudiéndose realizar ambas autorizaciones en un solo acto, y;

Estando a lo informado mediante los documentos de vistos y contando con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, Decreto Legislativo Nº 1252 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF y la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2011-EF-68.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación de facultades Delegar en el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, durante el Año Fiscal 2017, las siguientes facultades:
a) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o equivalentes, que no sean de competencia de la Oficina de Gestión de Inversiones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
b) Autorizar la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables no aprobados en el Presupuesto Institucional de Apertura del Instituto Nacional Penitenciario, que no sean de competencia de la Oficina de Gestión de Inversiones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Artículo 2.- Obligación de dar cuenta El Presidente del Consejo Nacional Penitenciario deberá informar al Despacho Ministerial cada treinta (30)
días calendario, acerca de las gestiones y resultados a que se refiere el ejercicio de la delegación indicada en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial al Instituto Nacional Penitenciario, para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos

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