Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN N° 086-A-2017-JNE Dejan sin efecto credenciales y restablecen vigencia de credencial de
3/14/2017
RESOLUCIÓN N° 086-A-2017-JNE Dejan sin efecto credenciales y restablecen vigencia de credencial de
Dejan sin efecto credenciales y restablecen vigencia de credencial de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pariahuanca, provincia de Huancayo, departamento de Junín RESOLUCIÓN Nº 086-A-2017-JNE Expediente Nº J-2015-00156 PARIAHUANCA - HUANCAYO - JUNÍN ACREDITACIÓN Lima, veintidós de febrero de dos mil diecisiete. VISTOS la solicitud presentada el 1 de febrero de 2017 por Mesías Quispe Gamarra, y el Oficio Nº 0224-2017-P-CSJJU/PJ, recibido el 17 de febrero de 2017, remitido por el presidente
RESOLUCIÓN Nº 086-A-2017-JNE
Expediente Nº J-2015-00156
PARIAHUANCA - HUANCAYO - JUNÍN
ACREDITACIÓN
Lima, veintidós de febrero de dos mil diecisiete.
VISTOS la solicitud presentada el 1 de febrero de 2017 por Mesías Quispe Gamarra, y el Oficio Nº 0224-2017-P-CSJJU/PJ, recibido el 17 de febrero de 2017, remitido por el presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín.
CONSIDERANDOS
1. Mediante Resolución Nº 15, del 30 de marzo de 2015 (fojas 55 a 81), recaída en el Expediente Nº 00385-2015-27-1501-JR-PE-02, la Sala Penal de
Apelaciones, sede central, de la Corte Superior de Justicia de Junín revocó la Resolución Nº 5, del 23 de febrero de 2015, y, reformándola, declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva solicitada contra Mesías Quispe Gamarra, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pariahuanca, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por el plazo de nueve meses, en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de peculado doloso y otros.
2. Merced a dicho pronunciamiento judicial, los miembros del Concejo Distrital de Pariahuanca, a través del acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 014-2015-MDP, del 3 de agosto de 2015 (fojas 116 a 118), aprobaron, por unanimidad, suspender al alcalde Mesías Quispe Gamarra, por la causal contemplada en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
3. En mérito a dicha decisión, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0243-2015-JNE, del 7 de setiembre de 2015 (fojas 136 a 138), aprobó la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la suspensión del alcalde Mesías Quispe Gamarra, y, asimismo, dejó sin efecto su credencial y convocó a Roberto Pérez Aisanoa y a Margarita Chávez Aysona para que asuman, provisionalmente, el cargo de alcalde y regidora, respectivamente, de dicha comuna, mientras se resolvía la situación jurídica del referido burgomaestre.
4. Sin embargo, de autos se advierte que por medio del escrito recibido el 1 de febrero de 2017 (fojas 156 a 157), la autoridad cuestionada solicita que se deje sin efecto las credenciales de alcalde y regidora concedidas provisionalmente, bajo el alegato de que el Juzgado de Investigación Preparatoria de Junín ha dispuesto su inmediata libertad.
5. Al respecto, mediante el Oficio Nº 0224-2017-P-CSJJU/PJ, recibido el 17 de febrero de 2017, Nick Olivera Guerra, presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín (fojas 179) pone en conocimiento que, a través de la Resolución Número Cinco, del 24 de enero de 2017 (sentencia de habeas corpus), cuya copia certificada obra en autos (fojas 181
a 197), el Juzgado de Investigación Preparatoria, sede central, de la Corte Superior de Justicia de Junín, entre otras disposiciones, ordenó la inmediata libertad de Mesías Quispe Gamarra.
6. Así, en razón de la información remitida, de la cual se desprende que, a la fecha, no existe mandato de prisión preventiva vigente impuesta a Mesías Quispe Gamarra, corresponde a este colegiado electoral restablecer la vigencia de la credencial que lo reconoce como alcalde de la Municipalidad Distrital de Pariahuanca, sin perjuicio de lo que posteriormente disponga el órgano jurisdiccional penal correspondiente en el proceso penal que se le sigue en el Expediente Nº 00385-2015-27-1501-JR-PE-02, por el delito de peculado doloso y otros.
7. En atención a lo expuesto, corresponde dejar sin efecto las credenciales concedidas a Roberto Pérez Aisanoa y a Margarita Chávez Aysona, quienes habían asumido, de forma provisional, el cargo de alcalde y regidora, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Pariahuanca y que fueron convocados a través de la Resolución Nº 243-2015-JNE. Por consiguiente, se debe restablecer la vigencia de la credencial de burgomaestre otorgada a Mesías Quispe Gamarra.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Roberto Pérez Aisanoa, con la cual asumió, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pariahuanca, provincia de Huancayo, departamento de Junín, conforme fuera dispuesto por la Resolución Nº 243-2015-JNE.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Margarita Chávez Aysona, con la cual asumió provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Huancayo, departamento de Junín, conforme fuera dispuesto por la Resolución Nº 243-2015-JNE.
Artículo Tercero.- RESTABLECER la vigencia de la credencial que le fuera otorgada a Mesías Quispe Gamarra como alcalde de la Municipalidad Distrital de Pariahuanca, provincia de Huancayo, departamento de Junín.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHANAMÉ ORBE
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Marallano Muro Secretaria General (e)
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)