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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2017-MIMP Disponen la publicación en el portal institucional del
4/07/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2017-MIMP Disponen la publicación en el portal institucional del
Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio del Proyecto del Plan Nacional para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA 2017 - 2021) y su exposición de motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2017-MIMP Lima, 6 de abril de 2017 Vista, la Nota Nº 069-2017-CONADIS/PRE de fecha 28 de marzo de 2017, emitida por la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30150 - Ley de protección de
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2017-MIMP
Lima, 6 de abril de 2017
Vista, la Nota Nº 069-2017-CONADIS/PRE de fecha 28 de marzo de 2017, emitida por la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30150 - Ley de protección de las personas con trastorno del espectro autista (TEA), tiene por objeto establecer un régimen legal que fomente la detección y diagnóstico precoz, la intervención temprana, la protección de la salud, la educación integral, la capacitación profesional y la inserción laboral y social de las personas con trastorno del espectro autista (TEA), al amparo de lo dispuesto por el artículo 7 de la Constitución Política del Perú y de la Ley Nº 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad;
Que, la Ley Nº 30150 en el numeral 3.1 del artículo 3 establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) en el marco de la Ley Nº 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad, elabora el Plan Nacional para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en coordinación con los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo e Inclusión Social, Trabajo y Promoción del Empleo y Transportes y Comunicaciones; la Municipalidad Metropolitana de Lima; los gobiernos regionales; la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE); y con los representantes de las personas jurídicas registradas en el CONADIS, precisando en el numeral 3.2 del referido artículo que el mencionado Plan Nacional es aprobado por decreto supremo;
Que, el Reglamento de la Ley Nº 30157, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MIMP, en el numeral 3.27 del artículo 3 define al Plan Nacional para las Personas con Trastorno del Espectro Autista como un Instrumento técnico-normativo que establece los principios, enfoques, objetivos, políticas y acciones que guían la acción del Estado, en sus tres niveles de gobierno, para la atención de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA);
Que, el artículo 63 de la Ley Nº 29973 establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad;
Que, en cumplimiento con lo dispuesto en las citadas normas, el CONADIS ha elaborado el Proyecto del Plan Nacional para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA 2017-2021);
Que, la Dirección de Políticas en Discapacidad del CONADIS en el Informe Nº 074-2017-CONADIS/ DPD ha señalado que la propuesta de Plan ha sido elaborada de conformidad con la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico de CEPLAN, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2014-CEPLAN, con la Ley Nº 30150 y su Reglamento, con las acciones y estrategias del Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021, así como del Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias 2016-2021;
Que, en el Informe Nº 015-2017-CONADIS/OAJ la Oficina de Asesoría Jurídica del CONADIS señala que el numeral 12.1 del artículo 12 del Reglamento de la Ley de la Ley Nº 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, dispone que en el marco del derecho a la consulta, previamente a la adopción de normas
legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad, éstas deben ser difundidas por un plazo no menor de treinta (30) días, conforme a lo establecido en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, período en el cual la ciudadanía en general formula las observaciones correspondientes;
Que, en tal sentido, resulta necesario disponer la publicación del Proyecto del Plan Nacional para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA 2017-2021), a efectos de permitir que las personas interesadas formulen comentarios y/o sugerencias que consideren pertinentes;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, de la Secretaria General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 30150 - Ley de protección de las personas con trastorno del espectro autista (TEA), su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MIMP, la Ley Nº 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, el Decreto Legislativo Nº 1098 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del Proyecto del Plan Nacional para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA 2017-2021)
Dispóngase la publicación del Proyecto del Plan Nacional para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA 2017-2021) y la exposición de motivos de la referida propuesta en el portal institucional de Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www. mimp.gob.pe), a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Mecanismo de Participación El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS queda encargado de recibir, procesar, evaluar y consolidar, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del Plan Nacional para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA
2017-2021), que serán remitidas a la siguiente dirección electrónica: derechodeconsulta@conadisperu.gob.pe, para posteriormente elaborar el texto definitivo del mismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
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