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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 145-2017-EF/41 Aprueban desagregacion de recursos y autorizan
4/08/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 145-2017-EF/41 Aprueban desagregacion de recursos y autorizan
Aprueban desagregacion de recursos y autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado conforme al artículo 4 de la Ley Nº 30458 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2017-EF/41 Lima, 7 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 413-2016-EF/41 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al pliego 009-Ministerio de Economía
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2017-EF/41
Lima, 7 de abril de 2017
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 413-2016-EF/41
se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2017, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017 que aprueba medidas para estimular la economía así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, autoriza la incorporació n de recursos ví a Cré dito Suplementario en el Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2017, hasta por CUATRO
MIL CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 4
400 000 000,00), con cargo a mayores ingresos provenientes de la Fuente de Financiamiento 1-Recursos Ordinarios, que incluye, según el Anexo 3 "Crédito Suplementario a favor del MEF para el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales", la habilitación de recursos al pliego 009
- Ministerio de Economía y Finanzas por el monto de UN MIL
TRESCIENTOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS SETENT A
Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100
SOLES (S/ 1 310 375 987,00);
Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del citado dispositivo legal dispone que los recursos autorizados en el Anexo 3 mencionado en el considerando precedente, se incorporan en el presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, a fin que sean transferidos al "Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales", creado por el artículo 4 de la Ley Nº 30458, para los fines de dicho Fondo, bajo el mecanismo establecido en el segundo párrafo del numeral 7.4 del artículo 7 del citado Decreto de Urgencia;
Que, además, el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017 establece que los Titulares de los pliegos habilitados en el referido Cré dito Suplementario aprueban, mediante resolució n, la desagregació n de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del artículo 2 del referido Decreto de Urgencia, a nivel programá tico;
Que, el segundo párrafo del numeral 7.4 del artículo 7 del mencionado Decreto de Urgencia establece que el pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a realizar transferencias financieras a favor del "Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales", aprobando dicha transferencia mediante resolución del titular, la cual se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, conforme a las disposiciones normativas antes citadas, es necesario efectuar, previa a la transferencia financiera que se menciona en el considerando precedente, la desagregació n de los recursos autorizados en el Anexo 3 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017, en el nivel programático, de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General, hasta por la suma de UN MIL TRESCIENTOS DIEZ MILLONES
TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 1 310 375 987,00), a favor de la Actividad 5005970 - Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales;
Que, asimismo, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001 -
Administración General, Actividad 5005970 - Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, hasta por dicho importe, a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado conforme al artículo 4 de la Ley Nº 30458;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 004-2017 y la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, Estando a lo informado por la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Desagregación de recursos Apruébese la desagregacion de recursos autorizados en el Anexo 3 "Crédito Suplementario a favor del MEF para el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales", que señala el Decreto de Urgencia Nº 004-2017, por la suma de UN MIL TRESCIENTOS DIEZ MILLONES
TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS
OCHENT A Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 1 310 375 987,00), a favor del pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2017, con cargo a la Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:
EGRESOS En Soles
SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5005970 : Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales
GASTO CORRIENTE 1 310 375 987,00
2.4. Donaciones y Transferencias 1 310 375 987,00
TOTAL EGRESOS: 1 310 375 987,00
------------------------Artículo 2 .- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar la transferencia financiera del pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001 - Administración General, hasta por el monto de UN
MIL TRESCIENTOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS
SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y
SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 1 310 375 987,00), en la Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado conforme al artículo 4 de la Ley Nº 30458.
Artículo 3 .- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial se realizará con cargo al Presupuesto aprobado en el presente año fiscal del pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001 - Administración General, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Actividad 5005970 - Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, Finalidad 0195490 Transferencia al fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, Categoria de Gasto 5 Gasto Corriente, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica 2.4.1.3.1.5 A Fondos Públicos.
Artículo 4 .- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 5 .- Remisión Copia de la presente Resolución se presenta, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público y a la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
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