5/11/2017

DECRETO SUPREMO N° 134-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI DECRETO SUPREMO Nº 134-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprueba entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 002 Instituto Nacional de Estadística e Informática y 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que,
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI
DECRETO SUPREMO Nº 134-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprueba entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 002 Instituto Nacional de Estadística e Informática y 035
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Que, de acuerdo con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior y de turismo, siendo responsable en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Economía y Finanzas y los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias y está encargado de la regulación del comercio exterior;

Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), establece que dicha entidad es el organismo central de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística e informática oficiales del país, estando dentro del ámbito de competencia del Sistema Nacional de Estadística los levantamientos censales, estadísticas continuas, las encuestas por muestreo, las estadísticas de población, los indicadores e índices en general, las cuentas nacionales y regionales, entre otros, correspondiendo a dicho Sistema las tareas técnicas y científicas que se desarrollan con fines de cuantificar y proyectar los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas oficiales del país;

Que, con fecha 13 de marzo de 2017, se suscribió el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), con el objeto de realizar el "Censo Nacional de Franquicias 2017", con la finalidad de contar con información estadística a nivel nacional de las empresas del rubro franquicias (nacionales y extranjeras), información estadística sobre la estructura del negocio de franquicias, y la actividad de estas empresas; en tal sentido y conforme a lo señalado en la Cláusula Séptima del referido Convenio, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo se compromete en transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática el monto de CIENTO
CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NUEVE Y
00/100 SOLES (S/ 154 809,00);

Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias, establece, entre otros, que las entidades que cuentan con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, salvo para las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación del desempeño en el marco del presupuesto por resultados, estableciendo que cada pliego presupuestario que transfiera recursos en el marco del referido numeral, es responsable del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo
financiero de los recursos; asimismo, señala que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, mediante Memorándum Nº 043-2017-MINCETUR/VMCE, el Viceministerio de Comercio Exterior, solicita tramitar la aprobación de una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, del pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para financiar la realización del "Censo Nacional de Franquicias 2017", con la finalidad de contar con información estadística a nivel nacional de las empresas del rubro franquicias (nacionales y extranjeras), información estadística sobre la estructura del negocio de franquicias, y la actividad de estas empresas, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y
CUATRO MIL OCHOCIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 154 809,00);

Que, mediante Informe Nº 69-2017-MINCETUR/ SG/OGPPD, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo señala que el pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cuenta con los recursos presupuestales en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para efectuar la Transferencia de Partidas a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, en el marco del numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, destinado a financiar un Censo a nivel nacional de franquicias, el cual se denominará "Censo Nacional de Franquicias 2017", en virtud de lo cual, mediante Oficio Nº 213-2017-MINCETUR/SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 del pliego 035:

Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA
Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NUEVE Y 00/100
SOLES (S/ 154 809,00), para financiar la realización del "Censo Nacional de Franquicias 2017";

De conformidad con lo establecido en el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y modificatorias;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, del pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA
Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NUEVE Y 00/100
SOLES (S/ 154 809,00) para financiar la realización del "Censo Nacional de Franquicias 2017", conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección General de Administración - MINCETUR
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0065 : Aprovechamiento de las oportunidades comerciales brindadas por los principales socios comerciales del Perú PRODUCTO 3000661 : Actores del sector comercio exterior disponen de información especializada ACTIVIDAD 5004443 : Elaboración y difusión de información especializada FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 154 809,00
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TOTAL EGRESOS 154 809,00
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A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 002 : Instituto Nacional de Estadística e Informática UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e Informática
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001972 : Encuesta de empresas y establecimientos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 154 809,00
=========
TOTAL EGRESOS 154 809,00
=========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas

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