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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 158-2017-VIVIENDA Disponen la publicación en el portal institucional del
5/09/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 158-2017-VIVIENDA Disponen la publicación en el portal institucional del
Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación del Reglamento Nacional de Tasaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2017-VIVIENDA Lima, 8 de mayo de 2017 VISTOS, el Memorando Nº 296-2017-VIVIENDA-VMCS-DGPRCS, por el cual el Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento hace suyo el Informe Nº 229-2017-VIVIENDAVMCS-DGPRCS-DC; y el Informe Nº 672-2017-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2017-VIVIENDA
Lima, 8 de mayo de 2017
VISTOS, el Memorando Nº 296-2017-VIVIENDA-VMCS-DGPRCS, por el cual el Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento hace suyo el Informe Nº 229-2017-VIVIENDAVMCS-DGPRCS-DC; y el Informe Nº 672-2017-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que este Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional y tiene entre otras competencias exclusivas el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución de las políticas nacionales y sectoriales;
Que, el numeral 6 del artículo 9 de la citada Ley establece que entre las funciones exclusivas del MVCS es normar, aprobar y efectuar las tasaciones de bienes que soliciten las entidades y empresas estatales de derecho público o de derecho privado;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 172-2016-VIVIENDA se aprueba el Reglamento Nacional de Tasaciones, el cual consta de diez (10) Títulos, doscientos ocho (208) artículos y dos (02) anexos, cuyo objeto es establecer los criterios, métodos y procedimientos técnicos normativos para la tasación de bienes inmuebles, muebles e intangibles;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1192, que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, incorporada por Decreto Legislativo Nº 1330, establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en un plazo no mayor de noventa (90) días, modificará el Reglamento Nacional de Tasaciones y aprobará mediante Resolución Ministerial, las disposiciones complementarias que correspondan para el ejercicio de las funciones previstas en las normas antes mencionadas;
Que, con el documento del visto, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento propone la aprobación de la modificación del Reglamento Nacional de Tasaciones, a consecuencia de las modificaciones y precisiones a los criterios para determinar el valor de tasación, tanto para el valor comercial de los bienes inmuebles, como para el valor del perjuicio económico, además de definirse los parámetros y requisitos para determinar el valor de la tasación en los procesos de adquisición o expropiación de inmuebles, efectuadas por el Decreto Legislativo Nº 1330 que modifica el Decreto Legislativo Nº 1192, Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; asimismo se justifica la propuesta en las modificaciones efectuadas en las normas que sirven de fuente y con la finalidad que concuerden con estas, respecto a su tratamiento, naturaleza, aplicación, objeto y finalidad, a fin que se constituya en el instrumento técnico óptimo que permita al perito conocer las definiciones, parámetros, criterios y elementos para elaborar adecuadamente los Informes Técnicos de Tasación; por lo que debe procederse a la modificación del Reglamento Nacional de Tasaciones;
Que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, este requiere ser sometido a consulta a efectos de recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo
Nº 001-2009-JUS;
Que, en consecuencia resulta necesario disponer su publicación, y el plazo para la recepción de comentarios que los interesados formulen sobre el particular, en atención a lo indicado en los documentos del visto;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación del Reglamento Nacional de Tasaciones, en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www. vivienda.gob.pe), a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de las entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez (10)
días útiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el diario oficial "El Peruano".
Artículo 2.- Consolidación de información La Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es la encargada de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, los comentarios y/o sugerencias al proyecto señalado en el artículo precedente, que se recibirán a través del portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, www.vivienda.gob.pe, en el link "Proyecto de modificación del Reglamento Nacional de Tasaciones" (www3.vivienda.gob.pe/ proyecto_reglamento/ Proyecto_de_modificacion_del_
Reglamento_Nacional_de_Tasaciones.pdf)
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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