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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 271-2017-MINEDU Modifican la R.M. N° 061-2017-MINEDU, que aprobó padrones
5/06/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 271-2017-MINEDU Modifican la R.M. N° 061-2017-MINEDU, que aprobó padrones
Modifican la R.M. Nº 061-2017-MINEDU, que aprobó padrones nominales de Instituciones Educativas focalizadas para intervenciones pedagógicas y metas de contratación (PEAS) del personal bajo el Régimen Laboral Especial del D. Leg. Nº 1057 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 271-2017-MINEDU Lima, 5 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, el numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en adelante la Ley, autoriza al Ministerio de Educación a efectuar
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 271-2017-MINEDU
Lima, 5 de mayo de 2017
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en adelante la Ley, autoriza al Ministerio de Educación a efectuar modificaciones presupuestarias en nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de S/ 724 000 000,00 (SETECIENTOS
VEINTICUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES), mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a propuesta de esta última, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los Gobiernos Regionales, referidas a la implementación de la Jornada Escolar Completa en las Instituciones Educativas Públicas de nivel Secundaria de Educación Básica Regular y enseñanza del idioma inglés en instituciones educativas públicas; el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular; la implementación de las acciones de soporte y acompañamiento pedagógico en los niveles de educación inicial, primaria y secundaria en instituciones educativas públicas; funcionamiento de los Centros Rurales de Formación en Alternancia (CRFA); fortalecimiento de la gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL); realización de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales y Juegos Florales; pago de propinas de los Promotores Educativos Comunitarios y el pago de pasajes, viáticos y/o movilidad local de Profesores Coordinadores en el marco de los programas no escolarizados de educación inicial de gestión directa del ciclo I y II; el fortalecimiento de los servicios pedagógicos en los centros y programas de Educación Básica Especial, escuelas inclusivas así como en las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces; el fortalecimiento de las acciones comunes del PP 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular; y de las acciones del PP 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular, y del PP 0106:
Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica; a través de la contratación de personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 1057 y la adquisición de bienes y servicios; la atención de condiciones básicas de las instituciones educativas regulares, institutos superiores de educación pedagógica y Colegios de Alto Rendimiento; la distribución de materiales y/o recursos educativos a las Instituciones Educativas públicas a su cargo, a través de las unidades de Gestión Educativa Local; el Plan de Fortalecimiento de los Institutos Pedagógicos; implementación de las evaluaciones o concursos previstos en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, así como el pago de viáticos y movilidad local para los integrantes de los Comités de Evaluación que se constituyan en los Gobiernos Regionales; y la implementación del Monitoreo Local de las instituciones educativas públicas y escolarizadas de Educación Básica Regular a cargo de las Unidades de Gestión Educativa Local;
Que, el numeral 27.2 del artículo 27 de la Ley establece que las modificaciones presupuestarias autorizadas para el financiamiento de las intervenciones y acciones pedagógicas a las que se hace referencia en el considerando precedente se efectúan progresivamente hasta el 31 de julio del Año Fiscal 2017, salvo para lo
dispuesto en los literales j) y k), referidos a la atención de condiciones básicas de las instituciones educativas regulares, institutos superiores de educación pedagógica y Colegios de Alto Rendimiento, y la distribución de materiales y/o recursos educativos a las Instituciones Educativas públicas a su cargo, a través de las unidades de Gestión Educativa Local, que se podrá transferir hasta el 30 de setiembre del 2017; asimismo, señala que las transferencias se efectúan en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales y de la ejecución de la última transferencia efectuada para las mencionadas intervenciones. Finalmente, el numeral 27.3 del citado artículo dispone que el Ministerio de Educación emite, según corresponda, las condiciones o disposiciones complementarias que se deberán cumplir para la transferencia y ejecución de los recursos a que hace referencia el artículo bajo comentario, en el marco de la normatividad de la materia;
Que, en este marco, mediante la Resolución Ministerial Nº 061-2017-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial Nº 152-2017-MINEDU, se aprobaron los padrones nominales de Instituciones Educativas focalizadas para las intervenciones pedagógicas y las metas de contratación (PEAS) del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, para las intervenciones y acciones pedagógicas, a los que se hace referencia en los considerandos precedentes;
Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante el Informe Nº 282-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPP
señala que en los padrones nominales de Instituciones Educativas focalizadas para las intervenciones pedagógicas y las metas de contratación (PEAS) del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, para las intervenciones y acciones pedagógicas, aprobados con la Resolución Ministerial Nº 061-2017-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial Nº 152-2017-MINEDU, se han consignado a las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) Camaná, Caravelí, Castilla, Condesuyos, Islay y La Joya del Pliego Gobierno Regional del Departamento de Arequipa como parte de las Unidades Ejecutoras 300: Educación Arequipa y 302: Educación Arequipa Norte del Pliego 443: Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, lo cual a la fecha no resulta correcto, dado que estas UGEL han sido comprendidas dentro de las Unidades Ejecutoras 304, 305, 306, 307, 308 y 311, respectivamente; por lo que, considera pertinente realizar la modificación respectiva en los Anexos 1.1, 1.3, 1.4, 1.6, 1.7 y 1.8, correspondientes a los padrones nominales de Instituciones Educativas focalizadas para las intervenciones pedagógicas, y en los Anexos 2.1, 2.2, 2.5, 2.7, 2.8, 2.9, 2.10 y 2.14, correspondientes a las metas de contratación (PEAS) del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, para las intervenciones y acciones pedagógicas, de la acotada Resolución Ministerial y modificatoria; asimismo, refiere que mediante Resolución Ministerial Nº 213-2017-MINEDU, se excluyó del listado de las 604 instituciones educativas en las cuales se implementa el modelo de servicio educativo "Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria", durante el año 2016, aprobada por Resolución Ministerial Nº 389-2015-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial Nº 537-2015-MINEDU, a la institución educativa "Belén de Osma y Pardo" (Código Modular 0236323), del distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, correspondiente a la UGEL Andahuaylas, Unidad Ejecutora 301: Educación Chanka, Pliego Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, en atención a que no reúne las condiciones necesarias para seguir implementando dicho modelo; por lo que, resulta necesario excluir dicha institución educativa de los Anexos 1.1, 2.1 y 2.2 antes mencionados. Finalmente, señala que resulta necesario rectificar el error material consignado en el Anexo 2.18 de la citada Resolución Ministerial, respecto a que en él se repite la información sobre la institución educativa "22346
San Martín de Porras", con código modular 0821488, y no se ha considerado a la institución educativa "22626 San Antonio de Padua", con código modular 0286211, ambos dependientes de la Unidad Ejecutora 300: Educación Ica, del Gobierno Regional del Departamento de Ica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510;
y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo
Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los Anexos 1.1, 1.3, 1.4, 1.6, 1.7 y 1.8, correspondientes a los padrones nominales de Instituciones Educativas focalizadas para las intervenciones pedagógicas aprobados por el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 061-2017-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial Nº 152-2017-MINEDU, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Modificar los Anexos 2.1, 2.2, 2.5, 2.7, 2.8, 2.9, 2.10, 2.14 y 2.18, correspondientes a las metas de contratación (PEAS) del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 para las intervenciones y acciones pedagógicas, aprobadas por la Resolución Ministerial Nº 061-2017-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial Nº 152-2017-MINEDU, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARILÚ MARTENS CORTÉS
Ministra de Educación
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