7/12/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 536-2017/MINSA Aprueban modificación de la Norma T écnica de Salud de

Aprueban modificación de la Norma T écnica de Salud de Planificación Familiar RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 536-2017/MINSA Lima, 10 de julio del 2017 Visto, el Expediente Nº 17-048518-001, que contiene la Nota Informativa Nº 727-2017-DGIESP/MINSA y la Nota Informativa Nº 0200-2017-DSARE-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General
Aprueban modificación de la Norma T écnica de Salud de Planificación Familiar
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 536-2017/MINSA
Lima, 10 de julio del 2017
Visto, el Expediente Nº 17-048518-001, que contiene la Nota Informativa Nº 727-2017-DGIESP/MINSA y la Nota Informativa Nº 0200-2017-DSARE-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas;

Que, el artículo 4 de la referida Ley establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, asimismo los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, disponen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, dispone que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública, entre otros, en materia de Salud Sexual y Reproductiva;

Que, por Resolución Ministerial Nº 652-2016/MINSA
se ha aprobado la NTS Nº 124-2016-MINSA-V.01:
"Norma Técnica de Salud de Planificación Familiar", con la finalidad de contribuir a que las personas ejerzan sus derechos de manera responsable, libre e informada respecto a la decisión del número y espaciamiento de los hijos que deseen procrear; brindando servicios de planificación familiar de calidad;

Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha propuesto modificar la referida norma técnica de salud, señalando que es importante realizar las precisiones con la finalidad que las acciones que comprenden la atención integral en planificación familiar queden claramente establecidas para su implementación por parte del personal de salud de los establecimientos de salud a nivel nacional;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

Que, mediante el Informe Nº 402-2017-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido la opinión legal correspondiente;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación de la NTS Nº 124-2016-MINSA-V.01: Norma Técnica de Salud de Planificación Familiar aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 652-2016/MINSA, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Precisar que toda referencia efectuada al "Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS", en la NTS Nº 124-2016-MINSA-V.01: Norma Técnica de Salud de Planificación Familiar aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 652-2016/MINSA, debe ser modificada y entendida por la denominación de Ministerio de Salud.

Artículo 3.- Eliminar los literales: l) Manejo de los posibles efectos o complicaciones más frecuentes, k) Manejo de los posibles efectos o complicaciones más frecuentes, l) Programación de seguimiento, k)
Programación de seguimiento, l) Manejo de los posibles efectos o complicaciones más frecuentes, y ll) Otras formas de realizar de esterilización femenina, contenida en las páginas 68, 69 y 70, de la NTS Nº 124-2016-MINSA-V.01:

Norma Técnica de Salud de Planificación Familiar aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 652-2016/MINSA;
dejando subsistente el Formato de "Consentimiento Informado y Solicitud de Intervención para Ligadura de Trompas", contenido en la página 70 de la norma referida.

Artículo 4.- Dejar subsistentes los demás extremos de la NTS Nº 124-2016-MINSA-V.01: Norma Técnica de Salud de Planificación Familiar, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 652-2016/MINSA.

Artículo 5.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud

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