8/03/2017

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 119-2017-PCM Modifican la R.S. N° 246-2016-PCM, modificada por R.S. N°

Modifican la R.S. Nº 246-2016-PCM, modificada por R.S. Nº 003-2017-PCM, en lo referido a conformación de Comisión Multisectorial encargada de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 119-2017-PCM Lima, 2 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 246-2016-PCM, modificada mediante la Resolución Suprema Nº 003-2017-PCM, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente de la Presidencia
Modifican la R.S. Nº 246-2016-PCM, modificada por R.S. Nº 003-2017-PCM, en lo referido a conformación de Comisión Multisectorial encargada de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 119-2017-PCM
Lima, 2 de agosto de 2017
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 246-2016-PCM, modificada mediante la Resolución Suprema Nº 003-2017-PCM, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú;

Que, se ha considerado pertinente modificar el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 246-2016-PCM, a fin de incorporar al Ministro de la Producción como miembro de la mencionada Comisión Multisectorial;

De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158-Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 246-2016-PCM, modificada mediante la Resolución Suprema Nº 003-2017-PCM, el que queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2.- Conformación La Comisión Multisectorial está conformada por los siguientes miembros:
a) El Presidente del Consejo de Ministros, quien lo preside;
b) El Ministro de Relaciones Exteriores;
c) El Ministro de Economía y Finanzas;
d) El Ministro de Educación;
e) El Ministro de Cultura;
f) El Ministro de la Producción;

A propuesta de cualquiera de los integrantes de la Comisión, y por acuerdo de este adoptado por mayoría simple, se puede incorporar otros miembros a la Comisión.

Los integrantes de la Comisión Multisectorial ejercen el cargo ad honórem".

Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Producción.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO OLAECHEA ÁLVAREZ CALDERÓN
Ministro de la Producción

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