9/24/2017

DECRETO SUPREMO N° 276-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA DECRETO SUPREMO Nº 276-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, a través de la Ley Nº 30520, Ley de
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
DECRETO SUPREMO Nº 276-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA;

Que, a través de la Ley Nº 30520, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprueba, entre otros, los montos máximos y destinos generales de las operaciones de endeudamiento externo e interno que puede acordar el Gobierno Nacional para el Sector Público durante el Año Fiscal 2017;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 398-2016-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), hasta por la suma de $ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y
00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional"; y en virtud del cual se suscribió el respectivo Contrato de Préstamo Nº 8680-PE;

Que, asimismo, con el Decreto Supremo Nº 158-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Japan International Cooperation Agency - JICA, hasta por la suma de ¥ 4 396 000 000,00 (CUATRO MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100
YENES JAPONESES), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco";

Que, el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 30519, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de financiamiento recursos por operaciones oficiales de crédito considerados en el artículo 1 de la referida Ley, resulte necesario realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, se aplica el mecanismo de aprobación legal establecido en el numeral 4.1 de esta misma Ley, el cual señala que su aprobación se efectúa mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, a través del Oficio 181-2017-OEFA/SG, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental solicita al Ministerio del Ambiente evaluar la disponibilidad de saldos en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, que permitan financiar para el año 2017 las actividades del Programa de Inversión Pública Nº 011-2014-SNIP "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional", conforme al requerimiento realizado por la Unidad Coordinadora del citado Programa de Inversión Pública;

Que, mediante Informe Nº 198-2017-MINAM/SG/ OGPP/OPPMI, la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, comunica que cuenta con marco presupuestal disponible hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y OCHO MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES
(S/ 168 349,00), del "Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco", derivado del financiamiento acordado con el Japan International Cooperation Agency - JICA y aprobado mediante Decreto Supremo Nº 158-2012-EF , para financiar los componentes 1 y 2 del Programa de Inversión Pública Nº 011-2014-SNIP "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional", en el presente Año Fiscal 2017; en virtud de lo cual con el Oficio Nº 455-2017-MINAM/DM, el Ministerio del Ambiente solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor del pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y
OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y
00/100 SOLES (S/ 168 349,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 30519, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias, y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, del pliego Ministerio del Ambiente, hasta por la suma de CIENTO
SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 168 349,00), a favor del pliego Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, destinada a financiar los componentes 1 y 2 del Programa de Inversión Pública Nº 011-2014-SNIP "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional", conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 005 : Ministerio del Ambiente UNIDAD EJECUTORA 003 : Gestión Integral de la Calidad Ambiental PROGRAMA PRESUPUESTAL 0036 : Gestión Integral de Residuos Solidos PROYECTO 2160590 : Proyecto de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 168 349,00
--------------- TOTAL EGRESOS 168 349,00
=========
A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 051 : Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental-OEFA
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración - OEFA
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0144 : Conservación y uso sostenible de Ecosistemas para la Provisión de Servicios Ecosistémicos PROYECTO 2281508 : Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Control de la Calidad Ambiental a Nivel Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 145 389,00
PROYECTO 2300605 : Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Información para el Control de la Calidad Ambiental a Nivel Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 22 960,00
--------------- TOTAL EGRESOS 168 349,00
=========
Artículo 2.- Transferencia de Partidas 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado, en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el artículo 23.2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados en la presente Transferencia de Partidas, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Actividades Componentes, Finalidades de metas y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra del Ambiente.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas
ELSA GALARZA CONTRERAS
Ministra del Ambiente

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