9/05/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 187-2017-MIDIS Modifican la R e solución Ministerial N° 260-2014-MIDIS

Modifican la R e solución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 187-2017-MIDIS Lima, 4 de setiembre de 2017 VISTOS: Los Oficios Nº 644-2017-MIDIS-FONCODES/DE, Nº 686-2017-MIDIS-FONCODES/DE, Nº 771-2017-MIDIS-FONCODES/DE y Nº 887-2017-MIDIS-FONCODES/ DE, emitidos por la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES; el Memorando Nº 523-2017-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe
Modifican la R e solución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 187-2017-MIDIS
Lima, 4 de setiembre de 2017
VISTOS:

Los Oficios Nº 644-2017-MIDIS-FONCODES/DE, Nº 686-2017-MIDIS-FONCODES/DE, Nº 771-2017-MIDIS-FONCODES/DE y Nº 887-2017-MIDIS-FONCODES/ DE, emitidos por la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES;
el Memorando Nº 523-2017-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe Nº 308-2017-MIDIS/VMPS/DGACPS, emitido por la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales; el Informe Nº 273-2017-MIDIS/ SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 074-2017-MIDIS/VMPS/DGACPS/DAPS, emitido por la Dirección de Articulación de Prestaciones Sociales;

CONSIDERANDO:

Que, a través de los numerales 13.1 al 13.3 del artículo 13 del Decreto de Urgencia Nº 004-2014, que establece medidas extraordinarias para estimular la economía, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar modificaciones presupuestarias hasta por el monto de S/ 230 000 000,00 con cargo a su presupuesto institucional, a favor del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el objeto de financiar la reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en ámbitos rurales, para cuyo efecto se autoriza al FONCODES a constituir Núcleos Ejecutores de alcance departamental;

Que, el numeral 13.4 del artículo 13 del citado Decreto de Urgencia Nº 004-2014 dispuso que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Resolución Ministerial, determine el número de representantes, el mecanismo de designación del presidente del Núcleo Ejecutor y miembros, así como los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los Núcleos Ejecutores;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 271-2014-MIDIS, Nº 216-2015-MIDIS, Nº 113-2016-MIDIS y Nº 187-2016-MIDIS, se reguló la conformación y representatividad de los Núcleos Ejecutores, y los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los Núcleos Ejecutores de alcance departamental;

Que, el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, mediante los Oficios Nº 644-2017-MIDIS-FONCODES/DE, Nº 686-2017-MIDIS-FONCODES/DE, Nº 771-2017-MIDIS-FONCODES/DE
y Nº 887-2017-MIDIS-FONCODES/DE, y sus anexos, sustenta la necesidad de modificar el numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, referido al porcentaje a ser destinado a los gastos de gestión, de los recursos transferidos a los Núcleos Ejecutores de alcance departamental correspondientes a Amazonas, Ancash, Apurímac, Cusco, Huánuco, Puno, Ayacucho, La Libertad, Loreto, Pasco, Ucayali y Madre de Dios;

Que, el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, mediante Memorando Nº 523-2017-MIDIS/ VMPS, la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales, con el Informe Nº 308-2017-MIDIS/VMPS/DGACPS, y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Informe Nº 273-2017-MIDIS/SG/OGPPM, emiten su conformidad sobre la modificación del numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, a efectos de garantizar la operatividad en la gestión de los aludidos núcleos ejecutores de alcance departamental;

Que, en ese sentido, atendiendo a los sustentos técnicos y las conformidades expresadas en los documentos de Vistos, corresponde emitir la Resolución Ministerial correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificación del segundo párrafo del numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS
Modifícase el segundo párrafo del numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, conforme al texto siguiente:
"2.6 (...)
En el supuesto que el Núcleo Ejecutor requiera de un porcentaje superior al señalado en el párrafo anterior, podrá solicitar su incremento, teniendo en consideración los siguientes topes:
- Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Cajamarca, hasta el 3%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Amazonas, hasta el 4%, - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Ancash, Apurímac, Huancavelica y San Martín, hasta el 5%,
- Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Huánuco, Puno y Piura, hasta el 6%, - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Cusco, La Libertad y Loreto, hasta el 7%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Ayacucho, hasta el 8%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Ucayali, hasta el 9%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Pasco, hasta el 10%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Madre de Dios, hasta el 15%.".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FIORELLA MOLINELLI ARISTONDO
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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