9/05/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 252-2017-MINAM Aprueban el Reglamento del Premio Nacional Ambiental "

Aprueban el Reglamento del Premio Nacional Ambiental " Antonio Brack Egg" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2017-MINAM Lima, 1 de septiembre de 2017 Vistos; el Memorando Nº 515-2017-MINAM/VMGA e Informes Nº 020-2017-MINAM/VMGA/DGECIA y Nº 070-2017-MINAM-VMGA-DGECIA-DECA, de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Memorando Nº 453-2017-MINAM/SG/ OGPP e Informe Nº 199-2017-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº
Aprueban el Reglamento del Premio Nacional Ambiental " Antonio Brack Egg"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2017-MINAM
Lima, 1 de septiembre de 2017
Vistos; el Memorando Nº 515-2017-MINAM/VMGA
e Informes Nº 020-2017-MINAM/VMGA/DGECIA y Nº 070-2017-MINAM-VMGA-DGECIA-DECA, de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Memorando Nº 453-2017-MINAM/SG/ OGPP e Informe Nº 199-2017-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
el Informe Nº 335-2017-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, dispone que las entidades públicas establecen medidas para promover el debido cumplimiento de las normas ambientales y mejores niveles de desempeño ambiental, tales como los reconocimientos públicos;

Que, asimismo, el artículo 150 de la citada Ley, señala que constituyen conductas susceptibles de ser premiadas con incentivos, aquellas medidas o procesos que por iniciativa del titular de la actividad son implementadas y ejecutadas con la finalidad de reducir y/o prevenir la contaminación ambiental y la degradación de los recursos naturales, más allá de lo exigido por la normatividad aplicable o la autoridad competente y que responda a los objetivos de protección ambiental contenidos en la Política Nacional, Regional, Local o Sectorial, según corresponda;

Que, el numeral 28.3 del artículo 28 de La Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, dispone que los organismos públicos de alcance nacional, los Gobiernos Regionales y Locales impulsarán el otorgamiento de compensaciones y gratificaciones honoríficas para aquellos ciudadanos que colaboren activamente en la defensa y protección del patrimonio ambiental y los recursos naturales;

Que, bajo este marco normativo, mediante Resolución Ministerial Nº 218-2014-MINAM, concordante con la Resolución Ministerial Nº 416-2014-MINAM, se crea el Premio Nacional Ambiental "Antonio Brack Egg", como reconocimiento al desempeño ambiental de personas naturales o jurídicas a efectos de generar un mayor impacto en el desarrollo de acciones apropiadas para la protección ambiental, el manejo sostenible de los recursos naturales y la conservación; y de promover el fomento de una cultura de responsabilidad ambiental en el país;

Que, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 152-2015-MINAM, se aprueba el Reglamento del Premio Nacional Ambiental "Antonio Brack Egg", siendo posteriormente modificado por la Resolución Ministerial
Nº 164-2016-MINAM;

Que, con Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, en el cual se establece la nueva estructura orgánica y las funciones de los órganos y unidades orgánicas de la entidad;

Que, según lo dispuesto en el literal d) del artículo 76 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, tiene como función dirigir la implementación y coordinación de los mecanismos formales de registro y reconocimiento público de buenas prácticas ambientales del sector público, privado y de la sociedad civil;

Que, mediante Informes Nº 070-2017-MINAM-VMGA-DGECIA-DECA y Nº 020-2017-MINAM/VMGA/ DGECIA, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental señala que el actual Reglamento del Premio Nacional Ambiental "Antonio Brack Egg", regula lo referido a las categorías, menciones, premios y el proceso de postulación, los cuales deberían estar contenidos en las bases;

Que, en ese sentido, propone la aprobación de un nuevo Reglamento acorde a la nueva estructura
orgánica del Ministerio del Ambiente, que contenga disposiciones generales, la estructura organizativa, el procedimiento para la aprobación de las bases, entre otras disposiciones;

Que, mediante Memorando Nº 453-2017-MINAM/ SG/OGPP e Informe Nº 199-2017-MINAM/SG/OGPP/ OPM, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para la aprobación de un nuevo Reglamento del Premio Nacional Ambiental "Antonio Brack Egg";

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Resolución Ministerial Nº 218-2014-MINAM y la Resolución Ministerial Nº 416-2014-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 152-2015-MINAM y la Resolución Ministerial Nº 164-2016-MINAM.

Artículo 2.- Aprobar el Reglamento del Premio Nacional Ambiental "Antonio Brack Egg", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELSA GALARZA CONTRERAS
Ministra del Ambiente

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