Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 915-2017 MTC/01 Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en
9/14/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 915-2017 MTC/01 Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en
Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 915-2017 MTC/01 Lima, 13 de setiembre de 2017 VISTOS: El Informe Nº 297-2017-MTC/09.01 y el Memorándum Nº 1497-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Oficio Nº 298-2017/ PROINVERSION/DE de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada-PROINVERSION; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 915-2017 MTC/01
Lima, 13 de setiembre de 2017
VISTOS: El Informe Nº 297-2017-MTC/09.01 y el Memorándum Nº 1497-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Oficio Nº 298-2017/ PROINVERSION/DE de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada-PROINVERSION; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 254-2017-EF, en adelante el TUO del Decreto Legislativo Nº 1224; tiene por objeto establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos;
Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, modificado por los Decretos Supremos Nº 068-2017-EF y Nº 243-2017-EF , en adelante el Reglamento, establece que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas, en adelante el Informe Multianual, es el instrumento de gestión elaborado, entre otros, por cada Ministerio, que tiene como finalidad identificar los potenciales proyectos de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, a fin de ser incorporados al proceso de promoción de la inversión privada en los siguientes tres (03) años a su emisión, para lo cual puede solicitar asistencia técnica a PROINVERSIÓN o al Ministerio de Economía y Finanzas;
además, dicho Informe tiene una vigencia de tres (03)
años contados a partir de su aprobación;
Que, el numeral 14.2 del artículo 14 del Reglamento, señala que la propuesta del Informe Multianual es realizada por el órgano encargado de planeamiento del Ministerio, considerando su Programación Multianual de Inversiones en el marco de las normas que regulan el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y los lineamientos para el desarrollo del Informe Multianual de Inversiones en APP que emite el Ministerio de Economía y Finanzas;
siendo responsabilidad del Comité de Promoción de la Inversión Privada la elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas, para lo cual da conformidad a la propuesta presentada por el órgano encargado de planeamiento;
Que, el numeral 14.3 del artículo 14 del Reglamento, indica que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas y sus modificaciones, es aprobado mediante Resolución Ministerial del Sector a más tardar el 01 de agosto del año respectivo; fecha que para el año fiscal 2017 ha sido modificada mediante Decreto Supremo Nº 243-2017-EF, estableciendo que el referido Informe Multianual debe aprobarse a más tardar el 30 de setiembre del presente año;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por los numerales 15.2
y 15.3 del artículo 15 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1224, previamente a la aprobación del Informe Multianual, el Ministerio solicita opinión a PROINVERSIÓN sobre la modalidad de Asociación Público Privada o Proyecto en Activos, la cual se basa en un análisis preliminar de los beneficios de desarrollar el proyecto bajo la modalidad de Asociación Público Privada en comparación con la modalidad de obra pública, en función a los criterios establecidos en el Reglamento; para el caso del informe a cargo de los Ministerios, dicha opinión es vinculante para la inclusión de proyectos bajo la modalidad de Asociaciones Público Privadas o Proyectos en Activos;
Que, por Resolución Ministerial Nº 008-2016-MTC/01, se designa a los miembros de los Comités de Inversiones del Sector Transportes y del Sector Comunicaciones; los que, según el artículo 6 del Reglamento, actúan como: i) Organismos Promotores de la Inversión Privada para los proyectos bajo su competencia, ejerciendo las funciones para conducir y concluir el proceso; y, ii) Órganos de coordinación, siendo responsables de las coordinaciones de la entidad pública con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada-PROINVERSION, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último;
Que, por Resolución Directoral Nº 001-2017-EF/68.01, se aprueban los Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2017, que constituyen una herramienta metodológica de apoyo para las entidades públicas que requieran elaborar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2017;
Que, mediante los documentos del Vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que ha elaborado la propuesta de Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017, respecto del cual los Comités de Promoción de la Inversión Privada del Sector Transportes y del Sector Comunicaciones han opinado que cumple con las disposiciones contenidas en las normas legales de la materia y en los Lineamientos antes citados, por lo que otorgan su conformidad;
Que, con Oficio 298-2017-PROINVERSION/DE, el Director Ejecutivo de PROINVERSION ha emitido opinión favorable respecto de la calificación de los proyectos, en la modalidad de Asociación Público Privada o Proyectos en Activos, contenidos en la propuesta de Informe Multianual de Inversiones;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 254-2017-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF y sus modificatorias;
los Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2017, aprobados por Resolución Directoral Nº 001-2017-EF/68.01; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017.
Aprobar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publicación.
El Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017, aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución, se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese
BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de Transportes y Comunicaciones
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)