Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000229-2017-JN/ONPE Aprueban modelos definitivos y especificaciones
10/04/2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000229-2017-JN/ONPE Aprueban modelos definitivos y especificaciones
Aprueban modelos definitivos y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y Votación Manual para las Elecciones Municipales Diciembre 2017 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000229-2017-JN/ONPE Lima, 3 de octubre de 2017 VISTOS: el Oficio Nº 03129-2017-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe Nº 000059-2017-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 001037-2017-SGOE-GGE/ONPE de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000229-2017-JN/ONPE
Lima, 3 de octubre de 2017
VISTOS: el Oficio Nº 03129-2017-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones;
el Informe Nº 000059-2017-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 001037-2017-SGOE-GGE/ONPE de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral; así como el Informe Nº 000396-2017-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Mediante Decreto Supremo Nº 044-2017-PCM se convocó a Elecciones Municipales para el día domingo 10 de diciembre de 2017, con la finalidad de elegir Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales de dieciocho (18) distritos creados en los años 2015 y 2016;
De conformidad con el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE) en concordancia con el literal c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es función de la ONPE
planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo;
Asimismo, en virtud a lo dispuesto en el artículo 165º de la Ley Nº 26859, LOE: "(...) El diseño y procedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas y candidatos dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas. La ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público";
Mediante las Resoluciones Jefaturales Nº 000217-2017-JN/ONPE y Nº 000218-2017-JN/ONPE, ambas emitidas el 12 de setiembre de 2017, publicadas en el diario oficial El Peruano el 13 de setiembre de 2017, se aprobaron las "Instrucciones para el Sorteo de Asignación de Números a las Organizaciones Políticas Locales de las Elecciones Municipales Diciembre 2017"
y las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Diciembre 2017"; así como los diseños y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y para Votación Manual correspondientes a las Elecciones convocadas, respectivamente;
Asimismo, según consta en el Acta Notarial de fecha 13 de setiembre de 2017, se realizó la presentación de las referidas Instrucciones; así como de los diseños y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y Votación Manual correspondientes a las Elecciones Municipales Diciembre 2017, acto en el cual, la representante de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones, "recomendó que el Modelo Definitivo de la Cédula de Sufragio sea horizontal, toda vez que el número de listas en proceso de inscripción oscila entre uno y cinco". Cabe precisar que hasta la fecha de emisión de la Resolución Jefatural Nº 000218-2017-JN/ONPE
antes citada, no se contaba con la información sobre el número de listas en proceso de inscripción, por lo que el diseño se presentó en formato vertical considerando ocho organizaciones políticas;
Por otro lado, el primer párrafo del artículo 167º de la LOE, estipula que los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones.
Dichas impugnaciones o reclamaciones deben estar debidamente sustentadas y ser presentadas por escrito dentro de los tres (3) días después de efectuada la publicación a que se refiere el artículo 165º;
Asimismo, el artículo 168º de la LOE, establece que: "resueltas las impugnaciones o reclamaciones que se hayan formulado, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la ONPE publica y divulga el modelo definitivo y procedimiento que debe seguirse" (...);
La Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, mediante el Oficio Nº 03129-2017-SG/JNE, respecto al diseño de las Cédulas de Sufragio para votación electrónica y votación manual correspondiente a las Elecciones Municipales Diciembre 2017, aprobadas por Resolución Jefatural Nº 000218-2017-JN/ONPE, hace de conocimiento de la ONPE, que: (...)
"vencido el plazo de tres días para la presentación de impugnaciones, en aplicación del artículo 167º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, se ha verificado que no se presentó ninguna impugnación ante la mesa de partes del Jurado Nacional de Elecciones, ni ante las Oficinas Desconcentras, ni ante los Jurados Electorales Especiales";
De acuerdo a lo señalado y teniendo en cuenta lo establecido en los literales d), e) y m) del artículo 68º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, señala que el modelo de diseño definitivo de la Cédula de Sufragio ha sido considerado en formato horizontal, toda vez que el número de listas en proceso de inscripción oscila entre uno y cinco, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 1.1 del Anexo 4, de las Especificaciones Técnicas del Diseño de Cédula de Sufragio para las Elecciones Municipales Diciembre 2017, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución, por lo que proponen a la Gerencia General la aprobación de los modelos definitivos y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y Votación Manual, así como de la aprobación definitiva de las instrucciones precitadas; en consecuencia, es necesario emitir la Resolución Jefatural correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales n), o) y s) del artículo 11º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;
Con los visados de la Secretaría General, de la Gerencia General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Gestión Electoral, de Informática y Tecnología Electoral, respectivamente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el modelo definitivo de la cédula de votación electrónica para las Elecciones Municipales Diciembre 2017, cuyo formato aparece en los Anexos Nº 2 y 3; y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Aprobar el modelo definitivo de la cédula de votación manual para las Elecciones Municipales Diciembre 2017, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 5, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 4, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Aprobar de manera definitiva las "Instrucciones para el Sorteo de Asignación de Números a las Organizaciones Políticas Locales de las Elecciones Municipales Diciembre 2017" y las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Diciembre 2017", aprobadas para su presentación en acto público, mediante la Resolución Jefatural Nº 000217-2017-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el 13 de setiembre de 2017.
Artículo Cuarto.- Poner el contenido de la presente resolución y sus anexos en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de las Organizaciones Políticas participantes.
Artículo Quinto.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, www.onpe.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ADOLFO CARLO MAGNO CASTILLO MEZA
Jefe
ANEXO Nº 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE VOTACIÓN
ELECTRÓNICA PARA LAS ELECCIONES
MUNICIPALES DICIEMBRE 2017
1. MEDIDAS:
1.1 La cédula de votación electrónica será visualizada en la superficie de un dispositivo electrónico con una dimensión mínima de 10 pulgadas en diagonal.
2. DESCRIPCIÓN:
2.1 Encabezado: conformado por el texto:
"ELECCIONES MUNICIPALES DICIEMBRE 2017" en letras de color negro, el Escudo Nacional va en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va en el extremo derecho ambos de color negro, todo sobre un fondo de color blanco.
2.2 Subtítulo: conformado por una fila en fondo de color blanco, consignando el nombre del distrito a la que pertenece escrito con letras en color negro.
2.3 Instrucciones para el elector: Lleva el texto:
"PRESIONE SOBRE EL SÍMBOLO, NUMERO U OPCIÓN
DE SU PREFERENCIA", en letras de color blanco y fondo de color negro.
2.4 Cuerpo de la cédula: cada una de las secciones o celdas presenta 2 partes claramente diferenciadas:
2.4.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.
2.4.2 Opción de respuesta: símbolos o números de las Organizaciones Políticas (los símbolos se muestran a todo color y los números de color negro); voto en blanco y voto nulo en letras de color negro al lado derecho, cada opción dentro de un recuadro de fondo de color blanco.
Para efectos de la publicación, y de acuerdo a la cantidad de organizaciones políticas, se han considerado dos opciones de diseño:
a. Anexo 2, el diseño será con fondo de color celeste, a una columna cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea menor a 10.
b. Anexo 3, el diseño será con fondo de color celeste, a dos columnas cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea igual o mayor a 10.
2.5 Pie de página: consta de una franja horizontal en fondo de color blanco, en donde se visualiza un recuadro con fondo de color verde con el texto: "SIGUIENTE" en letras de color blanco.
&e'8/$3$5$927$&,Ï1(/(&75Ï1,&$ &2/801$ $1(;21
&e'8/$3$5$927$&,Ï1(/(&75Ï1,&$ &2/801$6 $1(;21 (/(&&,21(6081,&,3$/(6',&,(0%5(
ANEXO Nº 4
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO PARA
LAS ELECCIONES MUNICIPALES DICIEMBRE 2017
1. MEDIDAS:
1.1 La cédula de sufragio tendrá las siguientes medidas: Cuando incluya de 01 a 05 organizaciones políticas esta será de 21.00 cm de ancho por 16.00 cm de largo, en formato horizontal. A partir de 06 organizaciones políticas la cédula será en formato vertical, el largo tendrá un mínimo de 26.00 cm y hasta un máximo de 32.00 cm.
El ancho se mantendrá constante, siendo este de 16.00
cm.
2. ANVERSO:
2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este, centrado en dos líneas, el texto:
"ELECCIONES MUNICIPALES DICIEMBRE 2017", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho, ambos de color negro.
2.2 Subtítulo: se muestra un recuadro en fondo de color negro, donde se consigna el nombre del distrito al que pertenece, en letras de color blanco.
2.3 Instrucciones al elector: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto: "MARQUE CON UNA
CRUZ + O UN ASPA x DENTRO DEL RECUADRO DEL
SÍMBOLO O NUMERO DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.
2.4 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 05 filas con la participación de 05 organizaciones políticas. Cada fila consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color celeste con las siglas: "JNE ONPE RENIEC", caladas con letras de color blanco en forma diagonal. Cada una de estas filas presenta 2 secciones claramente diferenciadas:
2.4.1 Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.
2.4.2 Símbolos o números de las Organizaciones Políticas al lado derecho (los símbolos están impresos a todo color y los números impresos de color negro), dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.
2.5 Pie de página: se muestra un recuadro en fondo de color gris, donde se indica el nombre del departamento en letras de color blanco ubicado al extremo del lado derecho. Debajo de este fondo, presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina inferior izquierda.
3. REVERSO:
3.1 Fondo de color gris, con las siglas: "JNE ONPE
RENIEC" caladas con letras de color blanco en forma diagonal, y repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.
3.2 El encabezado muestra en dos líneas el siguiente texto: "ELECCIONES MUNICIPALES DICIEMBRE 2017".
En un segundo bloque: "ORGANISMOS ELECTORALES", "JNE - ONPE - RENIEC", uno debajo del otro en letras de color negro. Inmediatamente después se muestra el Escudo Nacional, impreso en color negro.
3.3 Se ha consignado el título: "CÉDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisan las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE
DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS
QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE
INSTALACIÓN", en letras de color negro.
3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo se ubica el área asignada para las firmas de los personeros de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.
Los Movimientos y Organizaciones Políticas Locales (provincial y distrital) y los Partidos Políticos, están agrupados en bloques, los mismos que fueron establecidos por el resultado del sorteo de ubicación de bloques de las Organizaciones Políticas en la cédula de sufragio correspondiente a las Elecciones Municipales Diciembre 2017, realizado el 17 de agosto de 2017, conforme con el procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural
Nº 000199-2017-JN/ONPE.
El diseño de cédula publicado mide 21.00 cm. de ancho x 16.00 cm. de largo, es de formato horizontal a todo color en el anverso y 01 color en el reverso.
Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.
4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)