10/08/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0667/RE-2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0667/RE-2017 Lima, 2 de octubre de 2017 VISTA: La Circular CPPS/SG/138/2017, de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), de 16 de agosto de 2017, mediante la cual la Secretaría General de la Comisión Permanente del Pacifico Sur (CPPS), hace una convocatoria a los Presidentes de las Secciones Nacionales, entre ellos el Perú, para participar del Taller "Fortalecimiento de la coordinación regional para la lucha contra la pesca ilegal no declarada y no reglamentada en aguas bajo jurisdicción

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0667/RE-2017
Lima, 2 de octubre de 2017
VISTA:

La Circular CPPS/SG/138/2017, de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), de 16 de agosto de 2017, mediante la cual la Secretaría General de la Comisión Permanente del Pacifico Sur (CPPS), hace una convocatoria a los Presidentes de las Secciones Nacionales, entre ellos el Perú, para participar del Taller "Fortalecimiento de la coordinación regional para la lucha contra la pesca ilegal no declarada y no reglamentada en aguas bajo jurisdicción nacional de los Estados miembros de la CPPS", a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 15 al 17 de noviembre de 2017;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la VII Asamblea Extraordinaria de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), realizada el 25 de enero de 2017, la Sección Nacional Peruana, en coordinación con el Viceministerio de Pesca y Acuicultura del Perú, solicitó se incluya en el Plan Operativo de la organización, la actividad:
"Fortalecimiento de la coordinación regional para la lucha contra la pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR), en las áreas marinas bajo jurisdicción nacional de los Estados Miembros de la CPPS y en las zonas adyacentes fuera de las áreas de jurisdicción nacional de nuestros países";

Que, el objetivo principal de la actividad planteada por el Perú, es coordinar con las autoridades del sector pesca de los cuatro países que integran la CPPS, el establecimiento de un mecanismo para el control de la pesca INDNR, actividad que se ha venido intensificando en los últimos años en la región. Por esta razón, la propuesta peruana se enfoca en establecer una mayor y estrecha coordinación entre los entes encargados del control y fiscalización de esta actividad ilegal, para evitar la depredación de nuestros recursos marinos;

Que, la propuesta peruana fue acogida con beneplácito por los países Miembros de la CPPS, coincidiendo además, con los intereses de la Sección Nacional Chilena, por lo que la delegación de este país propuso ser sede de este taller;

Que, se estima importante la participación del Director General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a fin de coordinar la emisión de una declaración política de la CPPS sobre la lucha contra la pesca INDNR, mantener el liderazgo de nuestro país en el pacífico Sur en la lucha contra la pesca INDNR, así como establecer un diálogo en asuntos específicos con la Cancillería chilena a fin de abordar materias propias del Sistema del Tratado Antártico;

Que, la participación del Secretario General de la Sección Nacional Peruana de la CPPS, será financiada por la Comisión Permanente del Pacífico Sur;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2659, del Despacho Viceministerial, de 4 de septiembre de 2017; la Memoranda (DSL) Nº DSL00442/2017, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 31 de agosto de 2017; y (OPR) Nº OPR00297/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 21 de septiembre de 2017, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; y, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 15 al 17 de noviembre de 2017, en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 14
al 18 de noviembre de 2017:
- Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Hernán Seminario Portocarrero, Director General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y, - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Jesús Raúl Ponce Bravo, Director de Asuntos Marítimos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y, Secretario General de la Sección Nacional Peruana de la CPPS.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, respecto a la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Hernán Seminario Portocarrero, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175
Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje aéreo Clase económica
US$
Viáticos por día
US$
N.º
de días Total de viáticos
US$
Roberto Hernán Seminario Portocarrero 886.40 370.00 3+1 1,480.00
Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, respecto a la participación del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jesús Raúl Ponce Bravo, serán cubiertos por los organizadores del evento.

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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