11/23/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 290-2017-ANA Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor de la

Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, para el "Proyecto Regulación de las aguas del río Chonta mediante la presa Chonta" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 290-2017-ANA Lima, 22 de noviembre de 2017 VISTA: La carta s/n presentada por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del artículo 15 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece como función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo
Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, para el "Proyecto Regulación de las aguas del río Chonta mediante la presa Chonta"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 290-2017-ANA
Lima, 22 de noviembre de 2017
VISTA:

La carta s/n presentada por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajamarca; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5 del artículo 15 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece como función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación;

Que, el inciso 208.1 del artículo 208 del Reglamento de la Ley Nº29338, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-2010-AG, establece que la reserva de recursos hídricos se otorga por un período de dos años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motivan;

Que, mediante Ley Nº 29216, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de abril del 2008, se declaró de interés y necesidad pública la construcción de la Presa Chonta en el departamento de Cajamarca;

Que, por Resolución Jefatural Nº 0361-2009-ANA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 02 de julio del 2009, se otorgó a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, la reserva de recursos hídricos que provienen de la cuenca del río Chonta, para el desarrollo del "Proyecto Regulación de las aguas del río Chonta mediante la presa Chonta",
para uso poblacional, por un volumen de 11.67 hm3 y agrícola en 55.15 hm3;

Que, la reserva de recursos hídricos fue prorrogada mediante Resoluciones Jefaturales Nºs. 677-2011-ANA, 088-2014-ANA, 252-2016-ANA, habiendo vencido la última prórroga el 07 de octubre del 2017;

Que, con carta del visto recepcionada el 05 de octubre del 2017, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, solicita la prórroga de la reserva de recursos hídricos otorgada y refiere que el Municipio como unidad formuladora y ejecutora del Proyecto de Inversión Pública, actualizó el expediente técnico en cuanto a su aspecto presupuestal;

Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con Informe Técnico Nº 100-2017-ANA-DCPRH-ERH-SUP/SEF refiere que:
a) El Proyecto de Inversión Pública Nº 76288
"Construcción - regulación de las aguas del río Chonta mediante la presa Chonta, Cajamarca - Cajamarca", de acuerdo a la base de datos de proyectos del Ministerio de Economía y Finanzas, se encuentra en la etapa de inversión, con la elaboración del expediente técnico, habiendo culminado la etapa de estudios de perfil y factibilidad.
b) Mediante Resolución de Gerencia Nº 096-2017-GI-MPC se aprueba el expediente técnico actualizado del proyecto.
c) No se han otorgado derechos de uso de agua a cuenta de la reserva de recursos hídricos.

Que, el citado Informe concluye que es factible prorrogar por el plazo de dos (02) años adicionales y en las mismas condiciones en las que se otorgó la reserva de recursos hídricos, puesto que aún no se ejecutan las obras hidráulicas contempladas en el proyecto;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica con Informe Legal Nº 1782-2017-ANA-OAJ refiere que al haberse vencido el plazo de la última prórroga y conforme a lo previsto en el artículo 17 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, corresponde otorgar la prórroga con eficacia anticipada;

Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con el visto de Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-2010-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prórroga de la reserva de recursos hídricos Prorrogar, con eficacia anticipada al 08 de octubre de 2017, por el plazo de dos (02) años, a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, la reserva de recursos hídricos provenientes de la cuenca del río Chonta, por un volumen anual de 11.67 hm3 y 55.15 hm3, para los usos poblacional y agrícola respectivamente, para el "Proyecto Regulación de las aguas del río Chonta mediante la presa Chonta".

Artículo 2.- Supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Marañón y la Administración Local de Agua Cajamarca son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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