11/10/2017

RESOLUCION MINISTERIAL N° 0298-2017-JUS Conforman la Unidad Funcional "UNIDU3", encargada de

Conforman la Unidad Funcional "UNIDU3", encargada de implementar y ejecutar las disposiciones establecidas en el D.U. Nº 003-2017 y normas complementarias RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0298-2017-JUS Lima, 9 de noviembre de 2017 VISTOS; el Informe Nº 111-2017-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y los Informes Nº 1241-2017-JUS/OGAJ y Nº 1247-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley
Conforman la Unidad Funcional "UNIDU3", encargada de implementar y ejecutar las disposiciones establecidas en el D.U. Nº 003-2017 y normas complementarias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0298-2017-JUS
Lima, 9 de noviembre de 2017
VISTOS; el Informe Nº 111-2017-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y los Informes Nº 1241-2017-JUS/OGAJ
y Nº 1247-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el numeral 1 del artículo II del Título Preliminar de La Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que la Eficacia es un principio de servicio al ciudadano, el cual consiste en que la gestión se organiza para el cumplimiento oportuno de los objetivos y las metas gubernamentales;

Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 003-2017
se aprobaron medidas orientadas a evitar la paralización de la ejecución de obras públicas o asociaciones público privadas y la ruptura de la cadena de pagos que ponen en grave riesgo el desempeño económico del país, como consecuencia de actos de corrupción efectuados por o a través de las empresas concesionarias o contratistas, o de sus socios o partes del consorcio, que hayan sido condenadas o hayan admitido la comisión de delitos contra la administración pública o de lavado de activos, a fin de coadyuvar a la sostenibilidad económica, así como cautelar los intereses del Estado en el marco de la Constitución y las leyes;

Que, el mencionado Decreto de Urgencia determina atribuciones y funciones cuya ejecución corresponde al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, teniendo en cuenta el marco legal señalado en el acotado Decreto de Urgencia, corresponde determinar y asignar dichas funciones y atribuciones en base a la compatibilidad funcional existente en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efecto que exista independencia y autonomía en la toma de decisiones en los procesos operativos de carácter especializado, complejos o de gran magnitud, estableciendo el nivel de responsabilidad funcional;

Que, la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos establece que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos es la más alta autoridad política y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio y tiene entre sus funciones;
orientar, dirigir, formular, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales del sector Justicia y Derechos Humanos a su cargo;

Que, el artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS establece que la Secretaría General es la más alta autoridad administrativa del Ministerio, asiste y asesora al Ministro en los sistemas de administración del Ministerio;

Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, y;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 003-2017; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformar con carácter temporal la Unidad Funcional del Decreto de Urgencia Nº 003-2017
- denominada en adelante "UNIDU3" encargada de implementar y ejecutar las disposiciones establecidas en el Decreto de Urgencia Nº 003-2017 y normas complementarias, con dependencia funcional de la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Artículo 2.- Otorgar un plazo máximo de diez (10)
días hábiles a partir de la publicación de la presente Resolución para la aprobación del Manual de Operaciones de la "UNIDU3".

Artículo 3.- Establecer que la "UNIDU3" contará con un Coordinador Ejecutivo, cuyas funciones están establecidas en el Manual de Operaciones correspondiente.

Artículo 4.- Otorgar un plazo máximo de cinco (5) días hábiles a partir de la publicación de la presente Resolución para el inicio de las actividades de la "UNIDU3".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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