Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 431-2017-VIVIENDA Aprueban Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo
11/10/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 431-2017-VIVIENDA Aprueban Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo
Aprueban Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 431-2017-VIVIENDA Lima, 8 de noviembre de 2017 VISTOS: el Informe Nº 367-2017/VIVIENDA/ VMCS/DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Memorándum Nº 980-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento;
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 431-2017-VIVIENDA
Lima, 8 de noviembre de 2017
VISTOS: el Informe Nº 367-2017/VIVIENDA/ VMCS/DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Memorándum Nº 980-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y, el Informe Nº 1608-2017-VIVIENDA/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el artículo 5 de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento aprobada por Decreto Legislativo Nº 1280 (en adelante, la Ley Marco), establecen que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es el órgano rector en materia de saneamiento y como tal, le corresponde planificar, diseñar, normar y ejecutar las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización y en todo el territorio nacional;
Que, conforme al literal b) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y sus modificatorias, la Dirección General de Políticas
y Regulación en Construcción y Saneamiento es competente para proponer normas de alcance nacional en materia de saneamiento, en el marco de las políticas y normas que se vinculen;
Que, la Política Nacional de Saneamiento, aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2017-VIVIENDA y el Plan Nacional de Saneamiento 2017-2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-VIVIENDA, prevén como uno de los principios que sustentan la gestión y prestación de los servicios de saneamiento, el Buen Gobierno Corporativo y la rendición de cuentas.
Específicamente el "Eje de Política 3: Fortalecimiento de los Prestadores" establece como uno de sus lineamientos de política, el implementar modelos de gestión que involucran los principios básicos de gobierno corporativo, así como mecanismos de transparencia en los prestadores;
Que, el Capítulo IV del Título III de la Ley Marco y el Capítulo IX del Título III del Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº019-2017-VIVIENDA (en adelante, el Reglamento), bajo la denominación de "Consideraciones de Gobernabilidad y Gobernanza", establecen disposiciones que consolidan un nuevo modelo de gobierno corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal;
Que, en efecto, el artículo 41 de la Ley Marco, establece que las empresas prestadoras tienen la obligación de aprobar su Código de Buen Gobierno Corporativo en base a los lineamientos del Ente rector; mientras que el artículo 152 del Reglamento comprende, entre los instrumentos de Buen Gobierno Corporativo aplicables a las empresas prestadoras, al Modelo del Código de Buen Gobierno Corporativo, cuya aprobación le corresponde al Ente rector a través de una Resolución Ministerial;
Que, en atención a lo indicado, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento propone la aprobación del Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal, el cual contiene una Sección denominada "Marco de Desempeño de las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal"; seis (6) Pilares referidos a Derechos de propiedad, Directorio u órgano directivo, Gestión, Cumplimiento y gestión de riesgos, Ética y confl icto de interés, así como Transparencia y comunicación; y, cincuenta y uno (51) Estándares que corresponden a las mejores prácticas vigentes;
Que, la estructura del Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal, coincide con aquella prevista en el artículo 151 del Reglamento, y como tal puede ser aplicado por los demás prestadores de servicios de saneamiento en el ámbito urbano, a que se refiere la Ley Marco y su Reglamento, en lo que le resulte aplicable;
Que, la asimilación de los Estándares de gobierno corporativo por parte de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal, es un aspecto medular en el refl otamiento del Sector; en la medida en que se adopten buenas prácticas de gobierno corporativo, las funciones, roles y responsabilidades de los diferentes actores se encontrarán más claramente definidas y se instaurarán adecuados mecanismos de supervisión y control; configurándose un escenario propicio para mejorar la gestión de las empresas prestadoras, la capacidad de relacionarse con sus grupos de interés y, a la postre, obtener mejores resultados financieros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y sus modificatorias;
en el Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo Apruébese el Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Plazo para la aprobación del Código de Buen Gobierno Corporativo por las empresas prestadoras Otórguese al Directorio de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal u órgano directivo que haga sus veces, el plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para la aprobación de su Código de Buen Gobierno Corporativo, acorde al Modelo aprobado por la presente Resolución.
Artículo 3.- Implementación del Código de Buen Gobierno Corporativo Dispóngase que mediante Resolución de Gerencia General, cada Empresa Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal conforma un Equipo de Gobierno Corporativo, el cual lidera la implementación del Código de Buen Gobierno Corporativo, así como de los instrumentos de Gobierno Corporativo que apruebe el Ente rector.
Artículo 4.- Comunicación y difusión Dispóngase que la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento implemente una estrategia de comunicación y difusión sobre el Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo, aprobado por la presente Resolución.
Artículo 5.- Publicación La presente Resolución y su Anexo, se publican en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 6.- Derogación Deróguese el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 426-2007-VIVIENDA, que aprueba el modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- noviembre 2025 (29)
- octubre 2025 (81)
- septiembre 2025 (36)
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)