11/10/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 544-2017-PRODUCE Prorrogan vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial

Prorrogan vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial denominado "Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 544-2017-PRODUCE Lima, 8 de noviembre de 2017 VISTOS: El Memorando Nº 1931-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, el Memorando Nº 1936-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, y el Informe Nº 1594-2017-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que,
Prorrogan vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial denominado "Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 544-2017-PRODUCE
Lima, 8 de noviembre de 2017
VISTOS: El Memorando Nº 1931-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, el Memorando Nº 1936-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, y el Informe Nº 1594-2017-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 432-2016-PRODUCE, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial denominado "Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME" de naturaleza temporal, en adelante la Mesa Técnica, con el objetivo de alinear esfuerzos a nivel intersectorial para generar una estrategia común que permita destrabar las barreras que impiden la creación, fortalecimiento y promoción de herramientas de financiamiento dirigidas principalmente a los segmentos empresariales que representan un motor de crecimiento de la economía, como un medio para mejorar sostenidamente su productividad;

Que, los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 432-2016-PRODUCE, señalan que la Secretaría Técnica es ejercida por la Dirección General de Desarrollo Productivo y que la Mesa Técnica tiene un plazo de vigencia de un (01) año contado a partir de su instalación, respectivamente;

Que, teniendo en cuenta que con fecha 11 de noviembre de 2016 se instaló la Mesa Técnica, mediante el Acta Nº 008-2017 de fecha 16 de octubre de 2017, los representantes de las entidades e instituciones que conforman la Mesa Técnica, acordaron realizar las gestiones necesarias para ampliar por un año el plazo de vigencia de la misma;

Que, con el Memorando Nº 1931-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGDE, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Empresarial hace suyo el Informe Nº 0069-2017-PRODUCE/DIF-hchavez, de la Dirección de Instrumentos Financieros de la citada Dirección General, en el cual concluye que la prórroga de la vigencia de la Mesa Técnica por un año permitirá continuar con las acciones de articulación y coordinación que se vienen realizando, a fin de generar sinergias y promover la competitividad del ecosistema de financiamiento dirigido a la MIPYME;
y, que corresponde precisar que la Secretaría Técnica se encuentra a cargo de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prórroga de vigencia Prorrogar la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial denominado "Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME", constituido mediante la Resolución Ministerial Nº 432-2016-PRODUCE, hasta el 10 de noviembre de 2018.

Artículo 2.- Secretaría Técnica La referencia a la Dirección General de Desarrollo Productivo efectuada en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 432-2016-PRODUCE, debe entenderse realizada a la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción.

Artículo 3.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a las entidades e instituciones que conforman la Mesa Técnica constituida mediante la Resolución Ministerial Nº 432-2016-PRODUCE, así como a su Secretaría Técnica, para los fines pertinentes.

Artículo 4.- Publicidad Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN
Ministro de la Producción

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