11/24/2017
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 275-2017/RE
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 275-2017/RE Lima, 23 de noviembre de 2017 VISTO: El Oficio Nº 503-2017-MINCETUR-DM, de 24 de octubre de 2017, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Organización Internacional de Turismo Social - OITS; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 275-2017/RE
Lima, 23 de noviembre de 2017
VISTO:
El Oficio Nº 503-2017-MINCETUR-DM, de 24 de octubre de 2017, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Organización Internacional de Turismo Social - OITS;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2017, siendo que de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 de dicha Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores;
Que, en el presupuesto del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor de la Organización Internacional de Turismo Social - OITS; por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en la Ley Nº 30518 -
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR a efectuar el pago de la cuota ascendente a CAD 6 750.00 (Seis mil setecientos cincuenta y 00/100 dólares canadienses) a favor de la Organización Internacional de Turismo Social - OITS.
Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR.
Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.
Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
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