12/14/2017

DECRETO SUPREMO N° 363-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO Nº 363-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 026: Ministerio de Defensa y 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, los artículos 165 y 171 de la Constitución
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 363-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 026:

Ministerio de Defensa y 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, los artículos 165 y 171 de la Constitución Política del Perú establecen, entre otros, que las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea; las cuales tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República; así como la participación en el desarrollo económico y social del país;

Que, mediante Oficio Nº 3292-2017-MINDEF/SG, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales, entre otros, por la suma de CIENTO TREINTA MILLONES
NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS
DIECINUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 130 986 219,00), a favor de dicho pliego, para financiar en el presente año fiscal, la continuación de la ejecución de dos (02) proyectos de inversión denominados "Buque Multipropósito" y "Patrulleras Marítimas" de la Marina de Guerra del Perú, lo cual permitirá mejorar las capacidades de respuesta para la Defensa Nacional, afianzar la lucha contra actividades ilícitas y brindar apoyo oportuno a la población en general ante desastres naturales, en el marco de las metas y objetivos institucionales priorizadas por el Ministerio de Defensa;

Que, mediante Oficio Nº 957-2017-MTC/01, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Memorando Nº 2078-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 313-2017-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, en el cual comunica el saldo de libre disponibilidad al cierre del ejercicio fiscal 2017, en actividades y proyectos, por un monto ascendente de MIL QUINIENTOS TRES
MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL
SETECIENTOS VEINTITRES Y 00/100 SOLES (S/ 1 503
247 723,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;

Que, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto señala que para efecto de las acciones orientadas al cierre del Presupuesto del Sector Público, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público, se aprueban las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional necesarias, durante el mes de diciembre, con cargo a los saldos disponibles según proyección al cierre del año fiscal respectivo del Presupuesto del Sector Público, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios;

Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente y de acuerdo a lo informado por el pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según su proyección de gastos al cierre del Año Fiscal 2017, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se han determinado saldos de libre disponibilidad, hasta por la suma total de MIL QUINIENTOS TRES MILLONES
DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS
VEINTITRES Y 00/100 SOLES (S/ 1 503 247 723,00), los cuales permitirán financiar los fines señalados en los considerandos precedentes, previa incorporación a la Reserva de Contingencia;

Que, el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar una transferencia de recursos de los saldos disponibles, según proyección al cierre del Año Fiscal 2017 del Presupuesto del Sector Público, hasta por la suma total de MIL QUINIENTOS TRES MILLONES DOSCIENTOS
CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTITRES Y
00/100 SOLES (S/ 1 503 247 723,00), del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, asimismo, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas, proveniente de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de CIENTO TREINTA MILLONES
NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS
DIECINUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 130 986 219,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, para financiar la continuación de la ejecución de dos (02) proyectos de inversión denominados "Buque Multipropósito" y "Patrulleras Marítimas" de la Marina de Guerra del Perú, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del referido pliego;

De conformidad con lo establecido en el numeral 64.2 del artículo 64 y del artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

DECRETA:

Artículo 1.- Transferencia de saldos disponibles Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017
hasta por la suma de MIL QUINIENTOS TRES MILLONES
DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS
VEINTITRES Y 00/100 SOLES (S/ 1 503 247 723,00), con cargo a los saldos disponibles según proyección al cierre del Año Fiscal 2017, en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES 211 582 615,00
GASTOS DE CAPITAL 1 291 665 108,00
------------------------ TOTAL: 1 503 247 723,00
==============
A LA: En Soles PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 1 503 247 723,00
------------------------ TOTAL: 1 503 247 723,00
==============
Artículo 2.- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma total de CIENTO TREINTA MILLONES
NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS
DIECINUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 130 986 219,00), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, para financiar la continuación de la ejecución de dos (02) proyectos de inversión denominados "Buque Multipropósito" y "Patrulleras Marítimas" de la Marina de Guerra del Perú, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.0 Reserva de Contingencia 130 986 219,00
---------------------- TOTAL PLIEGO 009: 130 986 219,00
============
TOTAL EGRESOS: 130 986 219,00
============
A LA: En Soles
PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 130 986 219,00
---------------------- TOTAL PLIEGO 026: 130 986 219,00
============
TOTAL EGRESOS: 130 986 219,00
============
Artículo 3.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los Titulares de los pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas,
aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refieren el artículo 1 y el artículo 2 de la presente norma, según corresponda, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 2 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas

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