12/19/2017

RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 0081-2017-BCRP-N Aprueban medidas de austeridad que serán de aplicación

Aprueban medidas de austeridad que serán de aplicación en el BCRP para el ejercicio 2018 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0081-2017-BCRP-N Lima, 18 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO QUE: De acuerdo a lo normado por los artículos 84º y 86º de la Constitución Política, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) es una persona jurídica de derecho público con autonomía, dentro de su Ley Orgánica, gobernado por un Directorio de siete miembros, cuya finalidad es preservar la estabilidad monetaria; Según
Aprueban medidas de austeridad que serán de aplicación en el BCRP para el ejercicio 2018
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0081-2017-BCRP-N
Lima, 18 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo a lo normado por los artículos 84º y 86º de la Constitución Política, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) es una persona jurídica de derecho público con autonomía, dentro de su Ley Orgánica, gobernado por un Directorio de siete miembros, cuya finalidad es preservar la estabilidad monetaria;

Según el artículo 3 de su Ley Orgánica, el BCRP, en el ejercicio de su autonomía en el cumplimiento de su finalidad y funciones, se rige exclusivamente por las normas de dicha Ley y su Estatuto;

Por otra parte, el literal ñ) del artículo 24 de la Ley Orgánica del BCRP dispone que le corresponde al Directorio aprobar, modificar y supervisar su presupuesto anual;

Asimismo, el artículo 86 de la Ley Orgánica establece que el BCRP cuenta con autonomía presupuestal.

Este es responsable de la programación, formulación, aprobación, ejecución, ampliación, modificación y control del presupuesto institucional;

En concordancia con lo anterior, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, señala que el BCRP rige su proceso presupuestario de conformidad con su Ley Orgánica, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 84 de la Constitución Política;

En esa misma línea, el literal b) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 señala que, para el caso del Banco Central, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal a aplicarse en el año 2018 son aprobadas y dictadas mediante acuerdo de su Directorio, las mismas que deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano.

El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en concordancia con la Constitución y la Ley, en ejercicio de la autonomía que éstas le otorgan, ha dispuesto mantener una política de austeridad en el gasto, que a su vez coadyuve a las mejoras en la eficiencia y procesos de la institución.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las medidas de austeridad siguientes, que serán de aplicación para el ejercicio 2018:
a. Establecer un máximo de 923 plazas permanentes para el Cuadro de Asignación de Personal del Banco para el período enero - diciembre 2018.
b. La contratación de nuevo personal se realizará mediante concurso público, lo que incluye a los cursos de extensión universitaria de Economía y Finanzas.
c. Los concursos públicos para la contratación de personal y la convocatoria y selección de practicantes se publicarán en el Portal Institucional.
d. El monto para la contratación por locación de servicios que se celebre con personas naturales de manera directa o indirecta no sobrepasará la remuneración máxima del puesto de gerente del Banco por el tiempo de contratación. Las excepciones a este tope son aprobadas por el Gerente General.
e. No están autorizados los gastos de publicidad, salvo los requeridos por las normas legales y los vinculados al ejercicio de las funciones que la Constitución Política le asigna al Banco.
f. Los viajes que se autorizan en el Banco se realizarán en categoría económica, pudiendo exceptuarse los casos previstos para el Sector Público.
g. En las adquisiciones de insumos para la fabricación de monedas, la composición entre cospeles y fl ejes deberá decidirse en función de los costos relativos y la seguridad de abastecimiento.
h. La Gerencia General emitirá una norma interna con disposiciones de austeridad adicionales.

Artículo 2.- La presente Resolución de Directorio rige a partir del 1 de enero del 2018.

Artículo 3.- La Resolución de Directorio Nº077-2016-BCRP-N regirá hasta el 31 de diciembre del 2017.

Publíquese.

JULIO VELARDE
Presidente

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