12/15/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 314-2017-ANA Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto

Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo" del Gobierno Regional de Arequipa, de aguas superficiales de la parte alta de la cuenca del río Tambo RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 314-2017-ANA Lima, 14 de diciembre de 2017 VISTO: El Oficio Nº 965-2017-GRA/GR de fecha 10 de octubre de 2017, del Gobierno Regional de Arequipa, solicitando prórroga de la reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo"; y, CONSIDERANDO: Que,
Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo" del Gobierno Regional de Arequipa, de aguas superficiales de la parte alta de la cuenca del río Tambo
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 314-2017-ANA
Lima, 14 de diciembre de 2017
VISTO:

El Oficio Nº 965-2017-GRA/GR de fecha 10 de octubre de 2017, del Gobierno Regional de Arequipa, solicitando prórroga de la reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo"; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5 del artículo 15 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece como función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado, cuando así lo requiera el interés de la Nación;

Que, el numeral 208.1 del artículo 208 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo Nº 01-2010-AG, señala que la reserva de recursos hídricos se otorga por un periodo de dos (02)
años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motivan;

Que, con Decreto Supremo Nº 042-2005-AG se reservó a favor del Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo", las aguas superficiales procedentes de la parte alta de la cuenca del río Tambo, provenientes de los ríos Fundición, Quemillone y Paltiture, por un volumen anual de 30.00 hm3; reserva que fue prorrogada mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-AG, así como
por las Resoluciones Jefaturales Nº 0005-2011-ANA, Nº 031-2013-ANA y Nº 041-2015-ANA, habiéndose vencido la última prórroga el 15 de enero de 2017;

Que, con documento del visto, el Gobierno Regional de Arequipa solicitó la prórroga de la reserva de recursos hídricos para el desarrollo del Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo";

Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con Informe Técnico Nº 055-2017-ANA-DCPRH-ERH-SUP/CAC, refiere que:
a) El Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo" del Gobierno Regional de Arequipa, tiene reserva de recursos hídricos por un volumen anual de 30.00 hm3 de agua superficial procedente de la parte alta de la cuenca del río Tambo, proveniente de los ríos Fundición, Quemillone y Paltiture.
b) El Gobierno Regional de Arequipa presenta una memoria descriptiva que menciona los convenios marco de cooperación interinstitucional entre el Ministerio de Agricultura y el Gobierno Regional de Arequipa; el primero involucra el proyecto de la presa Huayrondo y el segundo, el proyecto de la presa Paltiture, sustentando la prórroga de la reserva de agua del Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo".
c) La Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña, informa que no ha otorgado licencias de uso de agua superficial de los afl uentes de los ríos Fundición, Quemillone y Paltiture, con cargo a la reserva de agua del Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo".

Que, el citado informe concluye que es procedente prorrogar la reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo" del Gobierno Regional de Arequipa, por el plazo de dos (02) años adicionales, puesto que no se ha realizado modificaciones y se mantienen las condiciones con las que se otorgó la reserva;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica con Informe Legal Nº 1856-2017-ANA-OAJ refiere que al haberse vencido el plazo de la última prórroga y conforme a lo previsto en el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, corresponde otorgar la prórroga con eficacia anticipada;

Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con el visto de la Secretaria General y la Oficina de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-2010-AG.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Prórroga de la reserva de recursos hídricos Prorrogar, por el plazo de dos (02) años, con eficacia anticipada al 16 de enero de 2017, la reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto "Afianzamiento Hídrico del Valle de Tambo" del Gobierno Regional de Arequipa, de las aguas superficiales de la parte alta de la cuenca del río Tambo, provenientes de los ríos Fundición, Quemillone y Paltiture, por un volumen anual de 30.00 hm3.

Artículo 2º.- Supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Caplina Ocoña y la Administración Local de Agua Tambo - Alto Tambo, son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos hídricos.

Regístrese, comuníquese y publíquese,
ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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